Estimados padres de familia/acudientes y estudiantes. Publicamos hoy nuestro MANUAL DE CONVIVENCIA, ACUTALIZADO, esperamos seguir complementando información puntual al respecto, para que puedas hacer uso asertivo del mismo y comprendas a fondo la filosofía institucional ,cunado todos procuramos el desarrollo de nuestro ser, saber y saber hacer en contexto. Un abrazo fraterno
INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL “SAN BENITO”
Integrada y aprobado por la Resolución 3747 de septiembre 17 de 2003 desde preescolar hasta el grado noveno de la Educación Básica Secundaria.
La Resolución 004146 de agosto 1 de 2006 en Educación Media.
La Resolución 011405 de diciembre 19 de 2007 en Educación
Formal de Adultos Ciclos Lectivos III y IV de la Educación Básica Opción SAT, jornada sabatina.
La Resolución 008822 de diciembre 17 de 2008 en Educación Formal de Adultos Ciclos Lectivos V y VI de la Educación Media Opción SAT, jornada Sabatina.
LEMA
“SER, SABER, SABER HACER Y CONSTRUIR UN MUNDO MEJOR”.
MANUAL DE CONVIVENCIA
2023
CARACTERIZACIÓN INSTITUCIONAL
1. IDENTIFICACIÓN
NOMBRE: Institución Educativa Departamental Rural San Benito
DIRECCIÓN: Vereda San Benito Municipio de Sibaté
SEDES: San Benito, San Eugenio y Santa Rosa
FUNDACIÓN: 1966, DEPARTAMENTALIZADO 1996
PÁGINA WEB: www.iedsanbenito.edu.co
CORREO ELECTRÓNICO: colsanbenito1@gmail.com
Código DANE: 2225740000146.
NIT: 832010017-6
CÓDIGO ICFES: 734541 Educación Media jornada única
CÓDIGO ICFES: 137976 Educación Media jornada sabatina
HORARIO DE ATENCIÓN: lunes a viernes de 7:30 de la mañana a la 1:30 de la tarde
2. APROBACIÓN DE ESTUDIOS
INTEGRACIÓN DE LA INSTITUCIÓN: Resolución No 3747 de septiembre 19 de 2000.
EDUCACIÓN MEDIA ACADEMICA: Resolución 004146 de agosto 1 de 2006.
EDUCACIÓN DE ADULTOS CICLOS III – IV SAT (SABATINO): Resolución 011405 de diciembre 19 de 2007
EDUCACIÓN DE ADULTOS CICLOS V – VI SAT (SABATINO): Resolución 008822 de diciembre 17 de 2008.
3. UBICACIÓN LOCALIZACIÓN FÍSICA
DEPARTAMENTO: Cundinamarca
MUNICIPIO: Sibaté
VEREDA SAN BENITO: Sede Principal
VEREDA SAN EUGENIO: Sede Escuela Nueva San Eugenio
VEREDA SANTA ROSA: Sede Escuela Nueva Santa Rosa
PROPIEDAD JURÍDICA: Departamento de Cundinamarca
JORNADA: Mañana, única y sabatina
GÉNERO DE POBLACIÓN: Niños – Niñas - adultos
NIVELES DE ENSEÑANZA:
SEDE PRINCIPAL: preescolar, básica primaria, básica secundaria y media académica y Educación para adultos
SEDE SAN EUGENIO: Preescolar y Básica Primaria en modalidad de Escuela Nueva
SEDE SANTA ROSA: Preescolar y Básica Primaria en modalidad de Escuela Nueva
CARÁCTER: OFICIAL
MODELO EDUCATIVO: Holístico Trasformador
RECTOR: LIC. CRISTINA MARIN LOPEZ
ARTÍCULO PRIMERO: FILOSOFÍA INSTITUCIONAL. La Filosofía Institucional debe tener al ser humano y especialmente al educando como centro y de referencia con un concepto claro del hombre integral, es decir de ser PERSONA como un ser con sus capacidades, sentimientos y habilidades para aprender es decir el saber saber SABER y luego aplicar los conocimientos a través del saber hacer HACER y finalmente como serSER, siente, piensa y actúa para buscar su vocación.
I. PRINCIPIOS DE LA INSTITUCIÓN: Con base en las consideraciones anteriores y en los fines de la educación establecidos en el Artículo 67 de la Constitución Política de Colombia, los principios filosóficos de la acción educativa de la Institución Educativa son:
1. HUMANISMO: El centro de atención en la acción educativa de la Institución es el educando, considerado como persona, sujeto de derechos y deberes en formación de una sociedad más fraterna y justa.
2. PRINCIPIO DE TRASCENDENCIA: La educación en la Institución se entiende como acción del educando y su medio, sobre el hombre en búsqueda de la liberación.
3. PRINCIPIO DE VALORES O AXIOLÓGICO: Educar en los valores es tarea prioritaria de la vida activa que se programe y se realice en la Institución garantizando su cohesión y continuidad en el espacio y el tiempo. Por lo tanto, se hace énfasis en los siguientes valores: Amor, Tolerancia, Sinceridad, Humildad, Respeto, Responsabilidad, Orden, Honestidad, Dignidad y Superación
4. PRINCIPIOS ANTROPOLÓGICOS: La Institución se fundamenta en una filosofía humanista en la cual se tiene en cuenta el hombre en todas sus dimensiones: Económicas, sociales, culturales y religiosas para el proceso de la educación en la búsqueda de la madurez y transformación de la sociedad para alcanzar una sana convivencia.
5. PRINCIPIOS EPISTEMOLÓGICOS: El hombre siempre se ha preocupado por el conocimiento de lo que lo rodea__SMC__ a través de su inteligencia ha tratado de dar diferentes respuestas elaborando conceptos, organizando y estructurando su pensamiento. Dicho saber se debe utilizar en actividad práctica para transformar el mundo, manifestando en diferentes teorías, actitudes, comportamientos y los conocimientos que le han permitido hacerse dueño de sí mismo, de sus circunstancias y de su mundo mediante la búsqueda de soluciones justas y apropiadas. Afrontando los problemas cotidianos que crea el entorno, le exige al hombre un esfuerzo diario para ampliar la objetividad y universalidad de sus conocimientos
6. PRINCIPIOS PSICOLÓGICOS De un lado la identificación de la naturaleza y las características del aprendizaje__SMC__ resolviendo interrogantes vinculados con los mecanismos del aprendizaje y el olvido, el papel de la comprensión en este proceso y la posibilidad que tienen de ser transferidos los conocimientos adquiridos en una disciplina particular
7. PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS. Entendemos por educación el proceso de formación integral del hombre, considerado como uno de los aspectos más importantes en la transformación de la sociedad. Tal proceso de educación exige una labor formativa sistemática, orientada hacia un fin concreto y su éxito depende de su nexo con la vida de los sujetos de la educación, de sus necesidades, expectativas y con el desempeño en pro de la sociedad.
8. PRINCIPIOS RELIGIOSOS Y MORALES La religión es un fenómeno universal, ya se trate de pueblos primitivos o de pueblos modernos, de culturas rudimentarias o culturas tecnificadas, la religión aparece siempre como un elemento central que invade la vida personal y social del hombre, el hombre es un ser que piensa y que busca el sentido de lo que sucede, al instinto de supervivencia añade la razón de vivir, quiere saber por qué vive y para qué vive, se interroga sobre lo que puede esperar y sobre el fundamento de sus esperanzas.
II. VALORES INSTITUCIONALES: es un concepto amplio que puede referirse a la importancia, el precio o la utilidad de algo__SMC__ a una cualidad, una virtud o un talento personal__SMC__ al coraje o el descaro de una persona, así como a un bien o a la validez de una cosa. Como tal, proviene del latín valor, val?ris. En este sentido, como valor se puede designar la cualidad o virtud atribuidas a una persona que influyen en que sea apreciada y considerada. Puede tratarse de un talento especial__SMC__ los valores de nuestra Institución son:
1. AMOR: El amor es el sentimiento más importante de los seres humanos. El amor es comprender, servir, dar, compartir, querer, respetar y convivir. A través del amor podemos compartir cosas buenas y malas con lo que nos rodean. No sólo sentimos amor por nuestros padres, sino también por nosotros mismos, por nuestros semejantes y por el medio ambiente que nos rodea. En nuestra familia, gracias al amor, participamos de las alegrías y fracasos,
del mismo modo como lo haríamos con un amigo... cuando nos sentimos apreciados, respetados y comprendidos, mejoramos la convivencia y fomentamos el espíritu.
2. TOLERANCIA: Es aceptación y respeto de la diversidad de opiniones, social, étnica, cultural y religiosa. Es la capacidad de saber escuchar y aceptar a los demás, valorando las distintas formas de entender y posicionarse en la vida, siempre que no atenten contra los derechos fundamentales de la persona.
3. LA PAZ: Es el fruto de la sana convivencia entre los seres humanos. Para hacerla posible es necesario un ordenamiento social justo, en el que todos los ciudadanos tengan las mismas oportunidades independientes de su raza, credo religioso, condición económica, de desarrollarse como personas y les sean respetados sus derechos fundamentales. Los que practican la paz saben que ésta no es simplemente la ausencia de conflictos, pues los hombres siempre han sido y serán conflictivos, sino que también implica la capacidad de manejar dichos conflictos y superarlos por medio de métodos no violentos como la protesta pacífica, el diálogo y la negociación.
4. LA SOLIDARIDAD: es uno de los valores humanos por excelencia, que se define como la colaboración mutua en las personas, como aquel sentimiento que mantiene a las personas unidas en todo momento, sobre todo cuando se vivencian experiencias difíciles. Se encuentra muy ligada al amor. ¿En qué se basa la solidaridad? La solidaridad se apoya en varios motivos que podemos reunir en dos grupos: Razones humanas: igualdad de naturaleza, necesidad de apoyo y Motivos espirituales: fraternidad humana, común dignidad de hijos de Dios.
La solidaridad trasciende a todas las fronteras: políticas, religiosas, territoriales, culturales, y es más que nada un acto social, una acción que le permite al ser humano mantener y mantenerse en su naturaleza de ser social.
5. LA CONFIANZA: viene del latín y significa “con fe” y por tanto la confianza y la fe van siempre unidas. Confiar significa tener fe. Es tener fe en uno mismo y fe en los demás. Confiar es saber que lo vamos a conseguir y por tanto confiar es creer, muchas veces creer sin ver.
Y es que al igual que confiamos en nuestra familia y amigos, también podemos y debemos confiar en nosotros mismos. Es más, la mayor confianza viene de nuestro interior y es un aspecto que tenemos que afianzar, que tenemos que trabajar para desarrollar las herramientas y valores para seguir adelante, para caminar en la vida, para vencer y dominar los miedos, las dudas y las incertidumbres.
La confianza es un pensamiento positivo que nos hace seguir hacia adelante, pero también es un sentimiento muy profundo que surge desde nuestro corazón y aquí es fundamental como hemos dicho antes: la fe.
6. LA AMISTAD: significa entendimiento mutuo, afecto, respeto, comprensión, empatía. Los amigos disfrutan de la compañía mutua y se muestran leales los unos con los otros, hasta el punto de mostrar altruismo. Sus gustos o ideas pueden ser similares, y suponer un punto de encuentro entre ellos. De un amigo también se dice que es aquel que no está sólo cuando las cosas van bien, sino también en momentos de dificultad. Un verdadero amigo es aquel que se adhiere más estrechamente que un hermano, es constante en su lealtad y amistad, acude en ayuda de su compañero angustiado y lo aconseja con fidelidad.
7. HUMILDAD. Es la virtud que consiste en conocer las propias limitaciones y debilidades y actuar de acuerdo a tal conocimiento con sencillez con ausencia de arrogancia y superioridad
8. LA PERSEVERANCIA: es un esfuerzo continuo, supone alcanzar lo que se propone y buscar soluciones a las dificultades que puedan surgir, un valor fundamental en la vida para obtener un resultado concreto. Con perseverancia se obtiene la fortaleza y esto nos permite no dejarnos llevar por lo fácil y lo cómodo. El estudio siempre implica paciencia y perseverancia para su conclusión. Por esto es muy importante que los niños aprendan a ser perseverantes. Les brindará de estabilidad, confianza en sí mismos y madurez.
9. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad es un concepto bastante amplio, que guarda relación con el asumir las consecuencias de todos aquellos actos que realizamos en forma consciente e intencionada. Se trata de uno de los valores humanos más importantes, el que nace a partir de la capacidad humana para poder optar entre diferentes opciones y actuar, haciendo uso de la libre voluntad, de la cual resulta la necesidad que asumir todas aquellas consecuencias que de estos actos se deriven.
10. HONESTIDAD: es entre las cualidades humanas una de las más valiosas, nos hace sujetos de confianza y reconocimiento por parte de los demás. Una cualidad de calidad humana que consiste en comportarse y expresarse con coherencia y sinceridad (decir la verdad). Respetar la propiedad de nuestros compañeros.
ARTÍCULO TERCERO: MISIÓN INSTITUCIONAL. “¨La Institución educativa Departamental San Benito es de carácter oficial, sin ánimo de lucro, atiende el nivel de preescolar, básica, media académica y educación de adultos en un contexto rural de nivel socio –económico uno y dos, con el fin de brindar educación de calidad la cual forma personas competentes, tolerantes, respetuosas de la diversidad del ser, responsables, honestas y buscando la paz interior y la superación permanente. Desarrollando el ser humano el saber y el saber hacer. Para ello contamos con docentes idóneos, con sentido de desarrollo humano y pertenencia.
ARTÍCULO CUARTO: VISIÓN Que la Institución Educativa Departamental San Benito, para el año 2023 sea una institución pionera en el desarrollo humano de los estudiantes, brindando espacios en optimas calidades para alcanzar un desempeño académico de nivel superior en la mayoría de los estudiantes. Apoyados en la utilización correcta y eficiente de las innovaciones pedagógicas y tecnológicas a nivel interno y posea unas instalaciones apropiadas, tendrá un proyecto educativo con la prioridad en el desarrollo del ser humano en todas sus dimensiones, desarrollo del conocimiento una buena infraestructura con recursos didácticos suficientes para garantizar una educación de calidad, proyectada a alcanzar un desempeño superior en las pruebas de Estado y que los estudiantes y los egresados promuevan los valores Institucionales sintiéndose orgullosos de pertenecer y haber pertenecido a ella
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR |
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO
ACUERDO 002 del 26 de enero de 2023
Por el cual se adopta el Manual de Convivencia Escolar para la vigencia escolar 2023
La Rectora como Representante Legal de la Comunidad Educativa y el Consejo Directivo como instancia superior de la Institución Educativa Departamental San Benito y en uso de sus atribuciones legales y__SMC__
CONSIDERANDO:
1.Que es deber de la Comunidad Educativa dar cumplimiento y aplicación a la Ley de manera inexcusable y estricta en lo referente a las Leyes y los Derechos Universales del Niño, los acuerdos Internacionales de protección de la Infancia, las Leyes de la Constitución de 1991, tener en cuenta las disposiciones de la Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006 Ley de Infancia y la Adolescencia, la Ley 115 del 8 de febrero de 1994, Ley 87 de 1993, Ley 734 de 2002, Ley 1278 de 2002, Decreto 1883 de 2002, Decreto 3011 de 1997, Decreto 1290 de 2009, Decreto 1860 de 1994, Ley 715 de 2002, Decreto 1850 de 2002, Decreto 3020 de 2003, Decreto 3055 de 2002, Ley 1014 del 26 de enero de 2006 de fomento a la cultura del emprendimiento y demás reglamentaciones vigentes. Código del Menor, artículos 320 a 325.
2.Que se debe dotar a la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO de un Instrumento legal que complemente los criterios de convivencia, principios de dignidad, respeto a sus semejantes y al bien ajeno, responsabilidad y acato a las disposiciones de la Institución y a la vez se fijen estímulos para una formación integral, respetando los derechos y promoviendo los deberes para una sana convivencia integral. Dando estricto cumplimiento a la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia en sus artículos 18, 19 y también el 41, 42, 43, y 44 principalmente.
3.Que tantos estudiantes, como Padres de Familia y Docentes deben tomar conciencia de su responsabilidad en contribuir al desarrollo eficaz de los objetivos de la Institución en pro de la comunidad y por ende deben comprometerse en el proceso educativo.
4.Que es necesario conocer los derechos y deberes que le corresponden a todos y cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa, para velar por el obligatorio cumplimiento de éstos. Dando cumplimiento a la Ley 1098 de Infancia en especial los artículos mencionados en el numeral 2 y dando cumplimiento a la Ley de los garantes, artículo 25 del código penal de 2000, Ley 599.
5.Que la Institución debe procurar el bienestar de los estudiantes y velar por su integridad, su dignidad, su sano desarrollo y su ejemplar comportamiento en comunidad, además del cumplimiento en el área educativa y de su integral formación en las áreas estipuladas en la Ley 115 de 1994, su pleno desarrollo en el área, tanto física como psicológica, emocional, social y moral, fijando normas que así lo garanticen. Dando cumplimiento a la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia en sus artículos 41, 42, 43 y 44, además a la ley de convivencia 1620 del 15 de marzo de 2013.
6.Que se deben establecer los protocolos de atención a las situaciones de que tienen que ver con el acoso escolar tipificado en la ley de convivencia, así como las acciones de prevención, promoción y seguimiento en la comunidad educativa.
7.Que se debe buscar el cumplimiento de los fines y objetivos educativos, principios antropológicos - psicológicos, epistemológicos, sociales, democráticos y axiológicos del P.E.I. (Proyecto Educativo Institucional). Dando cumplimiento al Decreto 1860 de 1994.
8.Que se debe precisar los mecanismos de participación democrática. Dando cumplimiento a los artículos 31 y 32 de la Ley 1098 Ley de Infancia y Adolescencia.
9.Que es necesario incluir dentro del presente documento de Manual de convivencia un anexo que presente el SISTEMA DE EVALUACION INSTITUCIONAL, acorde a la reglamentación vigente y a los principios orientadores del perfil estudiantil BENITINO.
10. Que el Consejo Directivo como órgano de representación de los estamentos de la comunidad educativa (Rector, Estudiantes, Egresados, Padres de Familia, Docentes y Sector Productivo), es la instancia superior del Gobierno Escolar en la Institución).
11. Que el contenido del presente Acuerdo para la Convivencia, es fruto de la concertación democrática y planteamientos formulados por los representantes de toda la Comunidad Educativa: Directivos, Docentes, Estudiantes, Padres de Familia, Personal Administrativo, de Servicio General y Comunidad educativa y aprobado en Consejo Directivo según acta de febrero 2 de 2010.
ACUERDA:
Artículo Primero: Adoptar el siguiente MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO para la vigencia 2023
Artículo Segundo: Adoptar el Sistema de Evaluación Institucional de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO para la vigencia 2023, anexo al presenta MANUAL DE CONVIVENCIA
Artículo Tercero: Socializar le documento MANUAL DE CONVIVENCIA Y SIEE de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO para la vigencia 2023 con toda la comunidad educativa, una vez se de inicio al calendario académico escolar.
El presente acuerdo de convivencia rige a partir de su publicación.
Comuníquese y cúmplase
Dado en la rectoría de la Institución Educativa San Benito del municipio de Sibaté a los 26 días del mes de enero de 2023
CRISTINA MARIN LOPEZ
Rectora
INTRODUCCIÓN
El MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR es el conjunto de principios, directrices, normas y acuerdos que rigen las acciones de la vida escolar, cuya aceptación y ejercicio habilitan al educando para hacer un buen uso de su libertad, que permite fomentar la práctica del respeto a los derechos humanos, inculcar los valores de participación y organización ciudadana, promover el desarrollo de la personalidad para asumir con responsabilidad y autonomía los derechos y deberes de la comunidad educativa.
Para que en la Institución Educativa exista un ambiente apropiado y se logre el desarrollo de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa deben establecerse acuerdos para la Convivencia Escolar donde lo importante es el desarrollo armónico entre los integrantes de la comunidad educativa. Teniendo como propósito la promoción, prevención, el seguimiento y la atención de las diferentes situaciones que se presentan cotidianamente en el día a día dándole una atención apropiada, dentro de los parámetros de formación institucional en el SER, SABER SABER, SABER HACER y SABER SER. P para cumplir con los estos propósitos, debe ser conocido por todos los miembros de la comunidad, con el fin de que haya equilibrio y armonía en el desarrollo de los diferentes procesos y actividades que se realicen.
JUSTIFICACIÓN
Para la construcción de una sociedad más justa, civilizada, pacífica y democrática, la Constitución Política de 1991 contiene los principios básicos, para que cada hombre pueda desarrollar sus potencialidades, sin atropellar ni limitar las posibilidades de sus congéneres.
El aprendizaje de esos principios básicos de convivencia se inician en la familia y se perfeccionan durante la vida escolar__SMC__ por tanto es responsabilidad de la escuela diseñar y ejecutar estrategias que fomenten su práctica sistemática y permanente__SMC__ una de ellas es el presente Manual de Convivencia, el cual contiene las normas que han surgido luego de varias reflexiones y puestas en común de los participantes de la comunidad educativa sobre los acuerdos institucionales, así como para la regulación y conciliación de las relaciones entre los distintos estamentos de la comunidad educativa y cuya adopción es fruto del Gobierno Escolar y reflejo del ejercicio de la democracia participativa, al interior de nuestra Institución. Así el Manual de Convivencia es un documento donde especifica los derechos y deberes de estudiantes, docentes, padres de familia, funcionarios administrativos y personal operativo, y se indica los conductos regulares para ejercer el derecho a la defensa y los procedimientos que permitan conciliar, justa y equitativamente las diferencias entre las personas sin recurrir a la violencia en ninguna de sus formas. También se incluyen las funciones y reglamentación de las elecciones para la conformación del Gobierno Escolar y para el uso de servicios especiales ofrecidos por la Institución, que son los aspectos mínimos que debe contener de acuerdo con el Decreto 1860 de 1994. Este Manual responde a uno de los compromisos más importantes de cualquier colombiano, según el artículo 95 de la Constitución Política de Colombia “Propender al logro y mantenimiento de la paz”.
MARCO LEGAL
El Manual de Convivencia de la Institución Educativa Departamental San Benito asume la letra y el espíritu de la Constitución Política de Colombia, la Ley 115 General de Educación, Ley 1098 de infancia y adolescencia, ley 1146 prevención abuso sexual, ley 1581 tratamiento de datos personales, ley 1620 Sistema Nacional de convivencia, Ley 1761 protección de la mujer como base fundamental de la sociedad, Ley 1146 prevención de violencia sexual y atención de niños, y adolescentes, Ley 1257 prevención de una vida libre de violencia, Ley 1428 prevención de actos discriminatorios, Ley 2025 participación, derechos y obligaciones de los padres de familia y cuidadores, Ley 2170 uso de herramientas tecnológicas en los establecimientos educativos, Estatuto Docente 2277 de 1979, Estatuto de Profesionalización Docente 1278 de 2002 decreto único reglamentario de educación 1075, el Decreto 1860 de 1994, decreto 1290 evaluación del aprendizaje, decreto 1965 reglamenta la ley 1620, decreto 366 estudiantes en condición de discapacidad de los estudiantes, Decretos y sentencias pertinentes ordenados a desarrollar propuestas pedagógicas democráticas, ciudadanas y a i:Indicar derechos y deberes de todos los miembros de la Comunidad Educativa, Explicar los procedimientos y funciones de los distintos estamentos, Establecer los compromisos de los miembros de la Comunidad, Formar parte del Proyecto Educativo Institucional.
Capitulo 1. GENERALIDADES
ARTÍCULO PRIMERO: OBJETIVOS INSTITUCIONALES DEL MANUAL
1. Promover la pedagogía del cuidado en los integrantes de la Comunidad Educativa de San Benito por medio del desarrollo de la estrategia habilidades para la vida que contribuyan a la apropiación de los conceptos y desarrollo del proyecto de vida.
2. Propiciar un ambiente agradable con el desarrollo de las actividades apropiadas que coadyuven con el conocimiento y el cumplimiento de los derechos y deberes de cada integrante de la comunidad.
3. Prevenir actitudes de los integrantes de la comunidad que afecten la sana convivencia institucional a través del desarrollo de campañas que fortalezcan las habilidades para la vida.
4. Incentivar en los integrantes de la comunidad educativa el conocimiento de las rutas de atención de las situaciones relacionales a través de la apropiación del manual de convivencia.
5. Fortalecer la resolución de las situaciones tipo I mediante las mesas de conciliación lideradas por estudiantes de la Institución en el marco del programa HERMES de la cámara de comercio de Bogotá.
ARTÍCULO SEGUNDO: PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA: Son principios de sistema Nacional de Convivencia y por lo tanto deben ser de la Institución
1. Participación: En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad__SMC__ respondiendo a sus funciones misionales.
2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia.
3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones
4. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.
5. Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.
ARTÍCULO TERCERO: RESPONSABILIDADES SEGÚN LA LEY 1620 PARA LOS AGENTES QUE SE RELACIONAN DIRECTAMENTE CON LA INSTITUCIÓN.
LA INSTITUCIÓN |
EL DIRECTIVO |
El COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA |
EL DOCENTE |
1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2. Implementar el comité escolar de convivencia (CEC) y garantizar el cumplimiento de sus funciones 3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. 4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia e identificar factores de riesgo y protectores que incidan en la convivencia, protección de DDHH, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 6. Emprender acciones en un proceso de reflexión pedagógica frente al objeto de esta ley. 7. Desarrollar estrategias destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes. 8. Estimular actitudes entre los miembros que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. |
1. Liderar el comité escolar de convivencia 2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar 3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo. 4. Reportar casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, y hacer seguimiento a dichos casos.
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1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar acciones que fomenten la convivencia, ciudadanía, DDHH, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar. 3. Promover la vinculación de los Colegios a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región. 4. Convocar a conciliación, por solicitud de cualquiera de los miembros del Colegio o de oficio en procura de evitar perjuicios irremediables. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral por actos o información que no pueden ser resueltos por este comité (manual de convivencia), porque revistan las características de la comisión de una conducta punible, el cual debe ser atendido por otras instancias o autoridades. 6. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia y presentar informes 7. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio. Nota: Se da su propio reglamento así como la elección del Docente que lidera la convivencia
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1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo. 2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos y el respeto a la integridad física y moral de los estudiantes 3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo 4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.
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ARTÍCULO CUARTO: CONTEXTO ESCOLAR: La institución se encuentra en un contexto rural, en ella estudian aproximadamente 320 420 estudiantes la mayoría habitantes de las veredas de San Benito, San Eugenio y Santa Rosa, otros estudiantes proceden del casco urbano del municipio o del barrio Pablo Neruda, García, Jazmín Y Chacua. De acuerdo al estudio cartográfico realizado con la comunidad educativa para establecer el diagnóstico de la convivencia de la institución, se estableció situaciones que inciden de manera directa en el clima institucional, especialmente en las relaciones interpersonales entres los actores, de acuerdo al orden de frecuencia que se presenta cada una de ellas__SMC__ estas situaciones deben ser mitigadas por el componente de prevención el cual deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma. En el contexto escolar entre los factores que afectan el clima institucional tenemos:
1. Chismes: Entre los estudiantes se presenta con mucha frecuencia los chismes, generando situaciones de agresión verbal y en algunas ocasiones físicas, en el momento de verificar las causas se determina que todo inicio por una información sin fundamentación y sin sanas intenciones.
2. Vocabulario Inapropiado: En las relaciones interpersonales entre los estudiantes utilizan términos soeces o groserías en forma habitual, sin el reconocimiento de la situación por partes de las personas que los generan, afectando a los demás integrantes de la comunidad.
3. Agresión Verbal: Las diferencias que se presentan entre los estudiantes generan como solución agresiones verbales asumiendo que este es un mecanismo apropiado para su solución.
4. Humillaciones: Refiere a situaciones para hacer sentir mal a la otra persona cuando se presentan dificultades de relaciones interpersonales o como medida de control
5. Cuidado del Medio: Existen pocas acciones frente al cuidado del medio ambiente como botar basuras basura en áreas comunes, daños a las plantas ornamentales y a la infraestructura en general.
CAPÍTULO 2.
CARÁCTER, IDENTIDAD Y PERTENENCIA DEL ESTUDIANTE SAN BENITO
ARTÍCULO QUINTO. Uniformes: El uniforme de la Institución es expresión de identidad y exige postura, dignidad, recato y promueve relaciones de calidad humana, siendo el reflejo de la dinámica familiar. Atiende directamente a la normatividad establecida por la gobernación de Cundinamarca mediante Circular 096 de 8 septiembre de 2005, y por tal razón no admite variaciones en su diseño.
A además para distinguir particularmente a los estudiantes y las estudiantes de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO de los demás establecimientos educativos, es esencial el porte del escudo institucional.
A continuación por tal motivo, a continuación se relacionan las características referente específicas al uniforme de diario y el de educación física:, reiterando que es el cumplimiento de la normatividad establecida por la gobernación de Cundinamarca mediante el Decreto 00149 de 2005.
1. Uniforme oficial para uso diario Niñas y adolescentes:
a. Saco cerrado en material perchado poliéster cuello en V__SMC__ cuello, puños y pretina en tejido rectilíneo, material lana acrílica de color azul oscuro con línea roja en el cuello y los puños. Además, el escudo de la institución.
b. Jardinera en poliéster tejido a cuadros de color azul y blanco con tres prenses tipo tabla en el frente y tres en la parte posterior y cremallera atrás o en el costado.
c. Camisa blanca cuello sport.
d. Medias de color blanco abajo de la rodilla.
e. Zapatos colegial negros de amarrar, con cordones color blanco.
f. Accesorios discretos que combinen con el uniforme. No se permite utilizar piercings ni aretes extravagantes, que no muestre armonía y establezca diferencias en la uniformidad.
g. Puede utilizar esmalte transparente, o en tonos pastel, con el fin de guardar la uniformidad, el aseo e higiene personal
h. Los accesorios para el cabello deben ser azules, negros o blancos.
2. Uniforme oficial para uso diario Niños y Adolescentes:
a. Saco cerrado en material perchado poliéster cuello en V__SMC__ cuello, puños y pretina en tejido rectilíneo, material lana acrílica de color azul oscuro con línea roja en el cuello y los puños. Además, el escudo de la institución.
b. Camisa blanca cuello sport en dacrón, sin logos.
c. Pantalón de tela poliéster azul oscuro con bota recta.
d. Correa negra o azul oscura, que garantice el porte adecuado del pantalón.
e. Medias azul oscuro, largas
f. Zapato colegial negro de amarrar con cordones negros.
g. No se autoriza el uso de pircing, expansiones, decoloración o tintes de cabello, no solo por estética, sino por cuidado de si mismo y por evitar situaciones despectivo frente a la apariencia personal
3. Uniforme de Educación Física: niños y niñas.
a. Camiseta totalmente blanca, con cuello redondo
b. Pantaloneta azul oscura.
c. Medias deportivas de color blanco.
d. Zapato tenis totalmente blancos y de amarrar.
e. Pantalón de la sudadera color azul oscuro con cintas de color amarillo y blanco a los lados, con resorte en la pretina, sin entubar.
f. Buzo de sudadera según modelo con dos bolsillos laterales. Cremallera delantera a medio cuerpo, amarilla, con cintas de color amarillo y blanco en las dos mangas, con resorte en la cintura y en los puños__SMC__ además, el escudo de la institución de color amarillo.
Parágrafo 1°. Los y las estudiantes podrán usar chaqueta de acuerdo con el modelo aprobado por el Consejo Directivo. Esta chaqueta se debe utilizar cuando se requiera y no reemplaza a ninguna prenda del uniforme.
Parágrafo 2°. Se define para el presente Manual velar por la integridad, física, moral, psicológica y la dignidad de los y las estudiantes, se define, para el presente acuerdo, que el uso del uniforme de la Institución, de ninguna manera estará ligado a modas y/o tribus urbanas, o subculturas, considerando estos como conceptos pasajeros, que agreden en algunos casos, la integridad, la dignidad y el buen nombre de los estudiantes y las estudiantes y propician resultados nocivos para los mismos, como faltas de respeto, agresiones físicas y de cualquier otra índole, de cualquier modo, dando cumplimiento a los artículos 18, 19, 39, articulo 41 en sus numerales 8 y 9, artículo 42 en su numeral 3, artículo 43,articulo 44 en su numeral 4 de la ley de 1098 de Infancia y Adolescencia.
Parágrafo 3°. Los accesorios, maquillajes, decoloraciones o tintes de cabello, piercings, expansiones, aretes extravagantes y demás los estudiantes pueden usarlo fuera de los horarios académicos y con el respectivo permiso y bajo responsabilidad enteramente de sus padres o tutores. Reiteramos, esto no pretende afectar su libre desarrollo de la personalidad, pues las estudiantes y los estudiantes, pueden asumir estos vestuarios, accesorios, piercings y su propia estética de manera autónoma, siempre y cuando no sea dentro de la jornada educativa, ni usando el uniforme de la Institución, sino en su cotidiano vivir, con su vestuario de diario o particular y amparados y autorizados por sus padres y/o acudientes, para no permitir que se promueva que estas actitudes estéticas sean iconos de imitación propios de los estudiantes de grados inferiores que son primera infancia, y que no comprenden en su totalidad el uso de esta estética o accesorios a cabalidad, causando un efecto de coerción, inducción y manipulación en los menores más pequeños.
"La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentra expresamente consignada en el Manual de Convivencia que él y sus acudientes, de una parte, y las directivas del respectivo Colegio, por la otra, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como nadie puede forzarlo a ingresar al plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables sanciones, es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en vigor" (SU-641/98)
ARTÍCULO SEXTO: Utilización de uniformes. (Decreto 1860 de 1994, art. 17, numerales 6 y 11__SMC__ y arts. 57 y 58) Los estudiantes y las estudiantes de la Institución Educativa Departamental San Benito deberán cumplir con lo establecido por el Consejo Directivo:
1. Asistir a la institución con el uniforme de acuerdo con lo establecido en el horario de clases, la sudadera se debe portar únicamente el día que le corresponda educación física o el día que se solicite mediante circular informativa a los padres de familia.
2. Todos los estudiantes vestirán el uniforme establecido por la Institución a fin presentar una buena imagen, compromiso personal y social.
El uniforme es de uso obligatorio, se deben presentar en las mejores condiciones de aseo, orden y buen estado, portarlo con sencillez, pulcritud, elegancia, dejando la moda del momento. El uniforme es de uso exclusivo para el calendario académico y durante la jornada escolar de la Institución y no para los sitios públicos, por lo tanto, no debe usarse en horario diferente de la Institución, se sugiere no regalar cuando por su estado no se utilicen.Uniforme oficial para uso diario Niñas y adolescentes:
a. Saco cerrado en material perchado poliéster cuello en V__SMC__ cuello, puños y pretina en tejido rectilíneo, material lana acrílica de color azul oscuro con línea roja en el cuello y puños, además el escudo de la Institución.
a. Jardinera en poliéster tejido a cuadros de color azul y blanco con tres prenses tipo tabla en el frente y tres en la parte posterior y cremallera al lado izquierdo, el largo debe estar a la altura de la rodilla.
a. Camisa blanca cuello sport en dacron o tipo polo blanca. .
a. Medias de color blanco hasta donde comienza la rodilla debajo de ella. abajo de la rodilla, la media no puede cubrir la rodilla.
a. Zapatos negros de amarrar con cordones negros. blancos.
a. Accesorios discretos que combinen con el uniforme. No se permiten utilizar piercing, o aretes, collares, anillos, moñas de colores diferentes a azul oscuro, negro o blanco. extravagantes con el uniforme que no muestre armonía y establezca diferencias en la uniformidad.
a. Puede utilizar esmalte transparente con el fin de guardar la uniformidad, el aseo e higiene personal en la institución.
a. No está permitido el uso de tonos fantasía en el cabello.
1. Uniforme oficial para uso diario Niños y Adolescentes:
1. Saco cerrado en material perchado poliéster cuello en V__SMC__ cuello, puños y pretina en tejido rectilíneo, material lana acrílica de color azul oscuro con línea roja en la mitad y escudo de la Institución.
1. Camisa blanca cuello sport en dacron o polo blanca..
1. Pantalón de tela poliéster azul oscuro con bota recta.
1. Media media s azul oscuro, no está permitido el uso de media tobillera.
1. Zapatos negros de amarrar con cordones negros.
1. No se permiten utilizar piercing, aretes, collares, anillos, moñas de colores diferentes a azul oscuro, negro o blanco.
1. No está permitido el uso de tonos fantasía en el cabello.
1. Puede utilizar esmalte transparente con el fin de guardar la uniformidad, el aseo e higiene personal en la institución.
1. Uniforme de Educación Física: niños y niñas.
a. Camiseta blanca con cuello redondo.
a. Pantaloneta azul oscura.
a. Media medias deportivas de color blanco.
a. Zapato tenis totalmente blancos y de amarrar con cordones blancos.
a. Sudadera de color azul oscuro, sin entubar. Pantalón con cintas de color amarillo y blanco a los lados, resorte en la pretina.
a. Buzo de sudadera según modelo con dos bolsillos laterales. Cremallera de delantera a medio cuerpo de color amarillo, con cintas de color amarillo y blanco en las dos mangas, con resorte en la cintura, en los puños y el escudo de la Institución.
Parágrafo 1°. Los y las estudiantes podrán usar Chaqueta de acuerdo al modelo aprobado por el Consejo Directivo, esta se debe utilizar cuando se requiera y no reemplaza ninguna prenda del uniforme.
Parágrafo 2°. Se define para el presente acuerdo: Velar por la integridad, física, moral, psicológica y la dignidad de los y las estudiantes, que el uso del uniforme de la Institución, de ninguna manera estará ligado a modas y/o tribus urbanas, o subculturas, que agreden en algunos casos, la integridad, la dignidad y el buen nombre de los estudiantes y las estudiantes y propician resultados nocivos para los mismos, como faltas de respeto, agresiones físicas y de cualquier otra índole, de cualquier modo, dando cumplimiento a los artículos 18, 19, 39, articulo 41 en sus numerales 8 y 9, artículo 42 en su numeral 3, artículo 43,articulo 44 en su numeral 4 de la ley de 1098 de Infancia y Adolescencia.
Parágrafo 3°. Los accesorios, maquillajes, piercings, gorras, capotas y otros pueden usarlo demás los estudiantes pueden usarlo fuera de los horarios académicos escolares y con el respectivo permiso y bajo responsabilidad enteramente de sus padres o tutores. ReiteramosEn modo alguno, esto no pretende afectar su libre desarrollo de la personalidad, pues las estudiantes y los estudiantes, pueden asumir estos vestuarios , accesorios y piercings y su propia estética de manera autónoma, siempre y cuando no sea dentro de la jornada educativa, ni usando el uniforme de la Institución, sino en su cotidiano vivir, con su vestuario de diario o particular y amparados y autorizados por sus padres y/o acudientes, para no permitir que se promueva que estas actitudes estéticas sean iconos de imitación propios de los estudiantes de grados inferiores que son de primera infancia, y que no comprenden en su totalidad el uso de esta estética o accesorios a cabalidad, causando un efecto de coerción, inducción y manipulación en los menores más pequeños.
Parágrafo 4°. La presentación inapropiada del estudiante no es razón justificada para no permitir su ingreso a clase T839 de 2007, se debe realizar lo correspondiente de acuerdo con el debido proceso y lo estipulado en el presente manual.
ARTÍCULO DÉCIMO: Utilización de uniformes. La Utilización de los uniformes atenderá las siguientes condiciones:
1. Asistir a la institución con el uniforme de acuerdo a lo establecido en el horario de clases, la sudadera se debe portar únicamente el día que le corresponda educación física o cuando las actividades del día lo requieran, para lo que se informará a los estudiantes y padres mediante circular informativa.
1. Todos los estudiantes vestirán el uniforme establecido por la Institución a fin presentar una buena imagen, compromiso personal y social.
3. El uniforme es de uso obligatorio, se deben presentar en las mejores condiciones de aseo, orden y buen estado., portarlo con sencillez, pulcritud, elegancia, dejando la moda del momento. El uniforme es de uso exclusivo para el calendario académico y durante la jornada escolar de la Institución y no para usarlo como ropa de diario en horarios diferentes a los escolares, por lo tanto, no debe usarse en horario diferente de la Institución, la institución tendráse activará un banco de uniformes para quienes deseen donarlo y pueda ser usado por educandos que lo necesiten.
Parágrafo 1º. Para actividades culturales, jean day, de carácter institucional, se tendrá en cuenta la posibilidad de prendas de vestir diferentes al uniforme, siempre y cuando conserven las pautas normales de vestimenta con respecto a la actividad. No se permiten los accesorios adicionales descritos en el parágrafo 3 del artículo NOVENO.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Reglas de Higiene, Aseo y presentación personal.
1. Permanecer aseados y portar el uniforme bien vestido, seleccionado según el horario y sin adornos adicionales.
1. Las niñas presentarse sin maquillaje, sin uñas pintadas en colores diferentes al transparente, sin aretes grandes, ni prendas extrañas al uniforme.
2. Todos los estudiantes deben evitar traer joyas u otros elementos de valor. La Institución no responde por la pérdida de estos elementos
3. No utilizar zapatos sin medias, camiseta o camisa por fuera del pantalón.
1. Los estudiantes tendrán plazo máximo de 30 días calendario para tener y portar completo y adecuado del uniforme.
1. Hacer uso apropiado de los sanitarios de la Institución
1. Hacer uso apropiado del agua como recurso que se puede agotar.
4. Los y las estudiantes deberán tener el cabello recogido durante la jornada escolar.
CAPITULO III
DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD SAN BENITO
Todos los integrantes de la comunidad educativa as las personas, independientemente del la edad, el su origen, la cultura y de cualquier otra circunstancia, tenemos unos derechos que se deben respetar. Igualmente, todos, del estudiante más pequeño al docente más adulto, tenemos también unos deberes que cumplir y que forman parte sustancial del presente manual de convivencia. Tanto los derechos como los deberes son necesarios para vivir en sociedad y para convivir bien con los demás.
El componente de promoción de la Institución se centra en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores de instituciones de acuerdo con sus responsabilidades.
Los derechos establecidos en el presente manual buscan el pleno desarrollo de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa, haciendo la claridad que la aplicación de un derecho no puede afectar directa e indirectamente a otro miembro de la comunidad.
Cuando se habla de deberes se enfatiza en la responsabilidad de cada uno de los miembros de la comunidad educativa por el respeto a los demás y a las instalaciones de la institución y bienes, esperando una conducta o acción que favorezca, la sana convivencia cumplimiento de cada uno de los deberes establecidos, en caso contrario existen acciones correctivas (compromisos, correctivos pedagógicos), correctivos pedagógicos desescolarizados).
ARTICULO OCTAVO. DE LOS ESTUDIANTES:
1. EL CUIDADO DE SI MISMO.
EL CUIDADO DE SI MISMO |
|||
DERECHOS |
DEBERES |
||
Ser reconocido y respetado en su individualidad |
Autoconocerse y autorregularse para propender por su integridad física, emocional y mental. |
|
|
Recibir apoyo el proceso de enseñanza-aprendizaje con los profesionales expertos sobre salud mental para todos los miembros de la comunidad educativa |
Conocer los hábitos saludables y practicarlos permanentemente |
|
|
Recibir del restaurante y la tienda escolar alimentos nutritivos con la limpieza adecuada, y bajo las normas de salubridad pertinentes. |
Cuidar el cuerpo consumiendo alimentos saludables y nutritivos, evitando aquellos que son nocivos para el desarrollo armónico de mi cuerpo. |
|
|
Participar en los eventos organizados por la institución ya sea de carácter deportivo, cultural y recreativo entre otros. |
Mantener un comportamiento decoroso en todas las actividades de la Institución mediante el autocontrol de las emociones y sentimientos. |
|
|
Recibir formación frente a los cambios del ser humano en cuanto a la fisiología y su injerencia en el actuar en sociedad. |
Conocer y comprender el desarrollo fisiológico de mi cuerpo para controlar actitudes en el ambiente común que se comparte. |
|
|
Ser orientado integralmente en las diferentes áreas del conocimiento para desarrollar habilidades cognitivas |
Mantener una actitud proactiva para alcanzar los desempeños académicos y percibir el conocimiento como fuente de progreso. |
|
|
Recibir un trato digno por parte de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa |
Cumplir con las normas de convivencia establecidos por la comunidad educativa de la cual hago parte. |
|
|
A ser tratados de igual manera que cada uno de sus compañeros, independientemente de los resultados académicos o comportamientos inadecuados T02/92. |
Cumplir con las actividades académicas y las observaciones que realicen los docentes, directivos o administrativos de la institución. |
|
|
Ser orientado en la interpretación de las normas que regulan la ley 1098 |
Conocer la ley de infancia y adolescencia, ley de convivencia y los decretos reglamentarios afines con estas. |
|
|
Conocer el manual de convivencia y las responsabilidades en el cumplimiento y así gozar de un clima escolar adecuado. |
Respetar las normas establecidas sobre la presentación personal, uso del uniforme de la Institución y pautas convivenciales que permitan mi sando desarrollo |
|
|
Gozar de un ambiente sano donde se desarrollen y potencien mis habilidades y competencias a través de la construcción del proyecto de vida |
Propender por cuidar que el ambiente donde me desempeñe como miembro de la comunidad educativa sea sano |
|
|
Participar de las celebraciones religiosas y civiles organizadas por la institución |
Participar de forma activa y con respeto de las celebraciones de tipo religioso y cívico |
|
|
Ser orientado acerca del uso adecuado de implementos de bioseguridad que garanticen el autocuidado |
Utilizar adecuadamente los implementos de bioseguridad que garanticen el autocuidado. |
|
|
Conocer los valores institucionales y participar en las actividades para fortalecerlos en el proceso de formación personal. |
Practicar los valores institucionales para fortalecer la convivencia y los propósitos particulares del proyecto de vida. |
|
|
2. EL CUIDADO DEL OTRO
DERECHOS |
DEBERES |
Al libre desarrollo de la personalidad, conciencia de credo y de opinión sin más limitaciones que los derechos de los semejantes. |
Leer, conocer, apropiarse y divulgar el Manual de Convivencia de la Institución |
A no ser discriminado o discriminada por situación de raza, género, clase social o barrera para el aprendizaje y la participación. |
Respetar las opiniones de los demás a partir del reconocimiento de la diferencia del otro y permitir su libre expresión salvaguardando la diferencia y la dignidad de cada uno de los integrantes de la comunidad |
A elegir y ser elegido en los diferentes entes de participación del gobierno escolar de la Institución Educativa. |
Participar en los actos democráticos, comunitarios y académicos mostrando alto nivel de pertenencia por la institución |
A presentar peticiones respetuosas ante cualquier miembro de la Institución por motivos de interés general o particular y obtener respuesta en los plazos establecidos en las normas. |
Intervenir de manera directa en las situaciones presentadas buscando la restauración de los derechos vulnerados |
A gozar de un ambiente escolar adecuado donde se promueva el respeto mutuo entre los integrantes de la comunidad. |
Participar en el diseño de estrategias para la promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos |
A seguir el conducto regular establecido en la institución para la solución de cualquier conflicto. |
Observar una conducta publica acorde con su rol, bajo los principios pedagógicos de la institución. |
3. EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE
DERECHOS |
DEBERES |
A disfrutar de un ambiente sano agradable y en armonía con el medio que nos rodea. |
Propender por el cuidado y buen uso de los elementos propiedad de la institución Educativa |
Recibir formación y orientación acerca de la disposición adecuada de los residuos sólidos. |
Propender por el cuidado y buen uso de los elementos propiedad de los miembros de la comunidad Educativa. |
Recibir capacitación y orientación de la estrategia de las cinco “r” para la disposición final de los residuos sólidos generados en la institución y en la casa. |
Fomentar y participar activamente en las actividades de embellecimiento, aseo y orden de la Institución. |
A conocer los diferentes métodos y acciones para mejorar el clima Institucional. |
Informar oportunamente situaciones anómalas, daños y actos que atenten en contra del bienestar de la comunidad educativa y las instalaciones de la Institución. |
Disfrutar de un espacio que garantice la seguridad de cada uno de los miembros de la comunidad educativa y preservación del medio. |
Propender por el cuidado de los ambientes naturales y espacios físicos en los que se comparta para la formación y renovación de los recursos naturales existentes en la vereda San Benito. |
Disfruta de las instalaciones de la Institución en forma ordenada y aseada. |
Promover y participar en acciones de cuidado, conservación, aseo y recuperación de implementos e instalaciones de la institución. |
Poder utilizar los diferentes espacios que posee la institución para el desarrollo del proyecto de vida. |
Hacer uso adecuado de los diferentes espacios que posee la institución como son: sala de sistemas, laboratorios, restaurante, baños, tienda escolar entre otros. |
Promover ambientes sanos para el desarrollo de los proyectos de vida. |
Contribuir con la generación de un ambiente sano, agradable y en armonía a través del auto cuidado como miembro de la comunidad educativa. |
Conocer la importancia de la flora y fauna de la vereda y de la Institución Educativa. |
Reconocer y valorar la diversidad de flora y fauna presentes en nuestro entorno y su importancia en la cadena alimenticia. |
A conocer los procedimientos y las rutas de evacuación para cuando se realicen los simulacros de evacuación o los siniestros en la institución. |
Solicitar información acerca de acciones de prevención de siniestros, así como seguir indicaciones en simulacros y situaciones que atentan contra la integridad física de cualquier persona de la comunidad educativa. |
Ser reconocido y respetado en su individualidad |
Auto conocerse y autorregularse para propender por su integridad física, emocional y mental. |
Recibir la información que fortalezca los hábitos para mejorar la salud física y mental |
Conocer los hábitos saludables y practicarlos permanentemente |
Recibir del restaurante escolar y/o la cafetería tienda escolar alimentos nutritivos con la limpieza adecuada |
Cuidar el cuerpo consumiendo alimentos saludables y nutritivos, evitando aquellos que son nocivos para el desarrollo armónico. de su cuerpo. |
Participar en los eventos organizados por la institución ya sea de carácter deportivo, cultural y recreativo entre otros. |
Mantener un comportamiento decoroso apropiado en todas las actividades de la Institución mediante el autocontrol de actitudes que atenten contra el orden de la actividad prevista. |
Recibir información frente a los cambios del ser humano en cuanto a la fisiología y su injerencia en el mi actuar en sociedad |
Conocer, comprender el desarrollo fisiológico del cuerpo para controlar actitudes en el ambiente común que se comparte. |
Ser orientado integralmente en las diferentes áreas del conocimiento para desarrollar lami capacidad cognitiva |
Mantener una actitud proactiva para mejorar losmis desempeños académicos y el conocimiento como fuente de progreso. |
Recibir un trato digno por parte de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa |
Cumplir con los acuerdos de convivencia establecidos por la comunidad educativa de la cual hacego parte. |
A sSer tratados de igual manera que cada uno depor los compañeros independiente de los resultados académicos o comportamientos inadecuados T 02/92 |
Cumplir con las actividades académicas y las observaciones que realicen los docentes, directivos o administrativos de la institución. |
Ser orientado en la interpretación de las normas que regulan la ley 1098, la ley de convivencia y el código de policía. |
Conocer la ley de infancia y adolescencia, ley de convivencia y los decretos reglamentarios afines con estas. |
Conocer y apropiarse del manual de convivencia, sus normas y mis las responsabilidades para en el cumplimiento y así gozar de un clima convivencial apropiado |
Respetar lo establecido en el manual de convivencia de la institución el acuerdo establecido sobre la presentación personal, uso del uniforme y acuerdos de convivencia de la Institución. |
A queQue se brinde un ambiente sano donde se desarrollen y potencien mis habilidades y competencias a través de la construcción del proyecto de vida |
Propender por el cuidado delcuidar que el medio ambiente donde me se desempeñe como miembro de la comunidad educativa sea sano |
Participar de celebraciones religiosasen la realización de todas las actividades institucionales y civiles en forma periódica organizadas por la Institución |
Participar en forma activacon respeto y con respeto de las todas las actividades institucionales. celebraciones de tipo religioso y cívico. |
Conocer y apropiar los valores institucionales y participar en actividades para fortalecerlos en el proceso de formación |
Practicar los valores Institucionales para fortalecer, la convivencia y los propósitos particulares del proyecto de vida. |
EL CUIDADO DEL OTRO |
|
DERECHOS |
DEBERES |
Al libre desarrollo de la personalidad, conciencia de credo y de opinión sin más limitaciones que los derechos de los semejantes |
Leer, conocer, apropiarse y divulgar elRespetar las diferencias y actuar de acuerdo con el Manual de Convivencia de la Institución |
Al noNo ser discriminado o discriminada por situación de razasu procedencia étnica, genero, clase social o barrera para el aprendizaje y la participación |
Respetar las opiniones de los demás, a partir del reconocimiento de la diferencia del otro, permitir su libre expresión salvaguardando la diferencia y la dignidad de cada uno de los integrantes de la comunidad |
A elegir y ser elegido a los diferentes entes de participación del gobierno escolar de la Institución Educativa. |
Participar en los actos democráticos, comunitarios y académicos mostrando alto nivel de pertenencia por la institución |
A presentar peticiones respetuosas ante cualquier miembro de la Institución por motivos de interés general o particular y obtener respuesta en los plazos establecidos en las normas. |
Intervenir de manera directa y oportuna en las situaciones presentadas buscando la restauración de los derechos vulnerados.agredidos |
A gozar de un ambiente escolar adecuado donde se promueva el respeto mutuo entre los integrantes de la comunidad. |
Participar en el diseño de estrategias para la promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos |
A seguir el conducto regular establecido en la institución para la solución de cualquier conflicto |
Observar Tener una conducta publica acorde con su rol, bajo los principios pedagógicos de la institución |
EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE |
|
DERECHOS |
DEBERES |
A disfrutar de un ambiente sano, agradable y en armonía con el medio que nos rodea. |
Propender por el cuidado y buen uso de los elementos propiedad de la institución Educativa y de la comunidad en general. |
Recibir formación y orientación acerca de la disposición adecuada de los residuos solidos |
Propender por el cuidado y buen uso de los elementos propiedad de los miembros de la comunidad EducativaHacer uso adecuado de los residuos sólidos de acuerdo con las orientaciones del Proyecto Ambiental Escolar. |
Recibir capacitación y orientación de la estrategia de las tres “r” para la disposición final de los residuos solidos en la institución y el hogar |
Comprometerse con procesos de reciclaje, reutilización y reducción en el colegio y en los hogares, así como la mejora de ambientes. |
A conocer las diferentes estrategias métodos y acciones para mejorar los espacios el clima Institucionales |
Informar oportunamente situaciones anómalas, daños y actos que atente en contra del bienestar de la comunidad educativa. y las instalaciones de la Institución |
Disfrutar de un espacio que garantice la seguridad de cada uno de los miembros de la comunidad educativa y preservación del medio |
Propender por el cuidado de los ambientes naturales y los espacios físicos en los que se comparte para la formación y renovación de los recursos naturales existentes en la vereda de San Benito. |
Disfrutar de las instalaciones de la Institución en forma ordenada y aseada |
Promover y participar en acciones de cuidado, conservación, aseo y recuperación de implementos e instalaciones de la Institución |
Poder utilizar los diferentes espacios que posee la institución para el desarrollo personal y colectivo. |
Hacer uso adecuado de los diferentes espacios que posee la institución como son salones de clase, sala de sistemas, laboratorios, restaurante, baños, tienda escolar entre otros. |
A ser capacitado en los procesos de reducir, reciclar y reutilizar los diferentes materiales que sobran en la casa y el hogar |
Realizar los procesos de las tres “r” reducir, reciclar y reutilizar todos los elementos que apliquen a estos procesos. |
Promover Gozar de ambientes sanos para el desarrollo individual y colectivo de todos los integrantes de la Comunidad Educativa. |
Contribuir con la generación de un ambiente sano, agradable y en armonía a través del auto cuidado como miembro de la comunidad educativa |
Conocer la importancia de la flora y fauna de la vereda y de la Institución Educativa |
Reconocer y valorar la diversidad de flora y fauna presentes en nuestro entorno y su importancia en la cadena alimenticia y en la sostenibilidad ambiental |
A conocer todos los procedimientos para la prevención de riesgos, y rutas de evacuación para cuando se presente simulacros de evacuación o siniestros en la institución. |
Solicitar información acerca de acciones de prevención de de siniestrosriesgos así como seguir indicaciones en simulacros y demás situaciones que atenten contra la integridad física de cualquier persona de la Comunidad Educativa. |
ARTÍCULO NOVENO: SALIDAS PEDAGÓGICAS: Las Salidas pedagógicas constituyen una estrategia en la educación orientada a promover la comprensión del entorno y de la misma manera, permiten que el estudiante pueda construir activamente con los demás sus conceptos y su aprendizaje sobre determinado tema transformando los significados de su medio natural y desarrollando las concepciones pedagógicas, académicas y curriculares (Ojeda, 2004). Así mismo, las salidas pedagógicas tienen como finalidad motivar al estudiante hacia su propio conocimiento permitiéndole relacionar conceptos y encontrar la aplicabilidad de ellos en su vida cotidiana.
El sustento legal para las salidas pedagógicas, se encuentra en las directivas ministeriales 08 del 12 de junio de 2009 donde se imparten orientaciones relacionadas con la planeación, desarrollo y evaluación de las salidas pedagógicas y 30 del 31 de diciembre de 2009, con orientaciones complementarias a la directiva 08.
Requisitos que deben cumplir para asistir a las salidas pedagógicas:
1. Debe pertenecer a la comunidad educativa.
2. DebeTodo estudiante para participar de salida pedagógica debe contar con el seguro escolar.
3. Los padres de familia o acudientes que deseen quieran asistir a la salida deben presentar carta de solicitud acompañada de fotocopia de la cedula y certificación de afiliación a Entidad Promotora de Salud (EPS) descargada del Fosiga de máximo un mes de expedición.
4. Todo estudiante dDebe cumplir a cabalidad con el uniforme determinado acordado para la salida durante toda la jornada.
5. Se debe cancelar el valor acordado para la salida en el tiempo estipulado por los organizadores.
6. Presentar la autorización para la salida firmada por el acudiente.
7. Los estudiantes que durante el trimestre de la salida presenten proceso de convivencia en Rectoría no podrán asistir a la salida pedagógica.
CAPÍTULO IV
ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO DÉCIMO: Los estímulos a los estudiantes: El mejor de los estímulos será la «satisfacción del cumplimiento de nuestros deberes», para convertirse en iconos y ejemplo frente a la comunidad en general, que ve en los jóvenes y adolescentes el futuro de toda una nación y una sociedad que espera verdaderos líderes y reales ciudadanos de bien.
LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO otorgará estímulos y distinciones a los estudiantes que se destaquen por su rendimiento académico, excelente comportamiento y cumplimiento del presente acuerdomanual, así como aquellos que representen con gallardía y orgullo a la Institución en las diferentes actividades, sociales, lúdicas y recreativas-deportivas:
1. Ser monitor, representante de grado, represente al Consejo Estudiantil o Directivo.
2. Recibir reconocimiento público por representar el perfil de mujer y de hombre que pretende formar la Institución, para ser modelo a seguir y referenciado en los talleres escuela de padres como icono de los conceptos y filosofía de la Institución.
3. Tener el honor de ser proclamado en las Izadas de Bandera de acuerdo al tema correspondiente de la Izada.
4. Representar dignamente a la Institución Educativa Departamental San Benito en eventos culturales, científicos, sociales y deportivos.
5. Distinción especial al estudiante que obtenga el máximo puntaje en las Pruebas del Estado.
6. Mención de honor entregado en acto público cuando por méritos científicos, artísticos, tecnológicos, literarios o deportivos, un estudiante ocupe un lugar especial dentro o fuera de la Institución.
7. Promoción anticipada según lo establecido en el sistema de evaluación institucional (S.I.E.E).
8. Ocupar un lugar en el cuadro de honor académico en cada uno de los trimestres del año.
9. Ocupar un lugar en el cuadro de honor de convivencia en cada uno de los trimestres del año.
1. Reconocimiento de grupo: Los estudiantes del grado que obtenga más de 70 puntos en los siguientes desempeños en cada período académico tendrán derecho a un reconocimiento especial junto con su director de grado.
a. Promedio académico del cursogrado durante el trimestre mayor o igual a 4,0 otorga 20 puntos los demás tendrán una valoración equitativa.
a. Reporte en el observador del curso igual o inferior a 25 anotaciones otorga 20 puntos. (Por cada observación adicional disminuye un punto)
a. Reporte de llegada tarde del cursogrado igual o inferior a 10 otorga 10 puntos. (Por cada dos llegadas tarde disminuye un punto)
a. Reporte por presentación personal del grado igual o inferior a 10 otorga 10 puntos (Por cada reporte adicional disminuye un punto).
a. Mantener el salón del director de grado aseado y decorado durante el trimestre otorga 10 puntos.
a. Mantener el inventario de cada espacio en perfecto estado, no ser reportado ningún estudiante por daños otorga 10 puntos
a. Reporte de llegadas tarde al salón de clase igual o inferior a 5 otorga 10 puntos.
a. Reporte de Inasistencia a clases igual o inferior a 5 otorga 10 puntos
10. Al finalizar el año se otorga mención de honor Institucional
a. Los estudiantes que obtengan el primer puesto por su desempeño académico durante el año en el nivel de primaria y secundaria respectivamente.
b. El o la estudiante que se destaque por dar muestra en alto nivel del perfil del estudiante de San Benito.
c. El o la estudiante que se destaque por dar muestra en alto nivel convivencia escolar.
d. El o la estudiante que se destaque por sus habilidades deportivas y represente apropiadamente a la Institución en diferentes eventos municipales o departamentales.
e. El o la estudiante que se destaque por sus habilidades artísticas y represente apropiadamente a la Institución en diferentes eventos municipales o departamentales.
f. El o la estudiante que se destaque por sus habilidades científicas y represente apropiadamente a la Institución en diferentes eventos municipales o departamentales.
11. Al finalizar el año se otorga mención de honor a los estudiantes de cada cursogrado y sede de la Institución que se destaquen en:
a. Desempeño académico durante el año.
b. Dar muestra del perfil del estudiante de San Benito
c. Muestra de convivencia apropiada durante el año.
12. Para los estudiantes de grado once se establecen los siguientes reconocimientos en la proclamación de bachilleres.
a. El mejor estudiante de desempeño en la asignatura de castellano tendrá el honor de realizar el discurso de proclamación de bachilleres en representación de los estudiantes.
a. Distinción especial como reconocimiento al mejor bachiller de la Institución Educativa Departamental San Benito.
b. Distinción especial como reconocimiento al estudiante que haya obtenido el mejor resultado en las pruebas SABER.
c. Distinción especial a los estudiantes por antigüedad “han estudiado desde preescolar en la Institución Educativa Departamental San Benito”.
d. Distinción especial como reconocimiento a vivir el perfil del estudiante de la Institución Educativa Departamental San Benito.
e. Distinción especial como reconocimiento a su desempeño deportivo durante su permanencia en la Institución Educativa Departamental San Benito.
f. Distinción especial como reconocimiento a su desempeño artístico durante su permanencia en la Institución Educativa Departamental San Benito.
CAPITULO V
DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES
1. ARTICULO XXXXXXXXDECIMO PRIMERO: DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES:
1. Representar a sus hijos(as) o acudidos(as) en todas las situaciones necesarias o convenientes para su formación.
2. Escoger libremente la institución educativa para la formación de su hijo, conociendo Conocer y aceptando lo contemplado en el Manual de convivencia, el PEI y el SIEE del colegio.
3. Recibir asesorías de los diferentes estamentos de la institución.
4. Recibir educación de calidad para sus hijos(as) y acudidos(as)__SMC__ ser citados, informados y escuchados oportunamente sobre los procesos de formación integral y decisiones relacionadas con ellos(as), en particular en lo referente a lo académico, la convivencia y lo formativo. Así mismo, tendrán derecho a ser consultados o a establecer acuerdos con los diferentes estamentos de la institución, si ello es pertinente. En todo caso, se utilizarán los espacios y horarios previstos por la institución.
5. Elegir y ser elegidos para el Consejo de padres, Comité Escolar de Convivencia, Comité de Evaluación y Promoción y Consejo Directivo.
6. Recibir informe oportuno del rendimiento académico y del comportamiento de sus hijos(as).
7. Solicitar personalmente permiso por la ausencia de sus hijos(as) al colegio, presentando por escrito la justificación respectivao.
8. Solicitar certificados de estudio y demás documentos de sus hijos(as).
9. Hacer reclamos justos, oportunos y respetuosos en relación con el proceso formativo y desarrollo integral de sus hijos(as) o frente a situaciones conflictivas que lo ameriten.
10. Recibir un trato cortés y respetuoso por parte de los miembros de la institución.
11. Ser informados oportunamente sobre el cronograma, las actividades institucionales, en particular las que convocan a sus hijos(as) o acudidos(as) o a la familia, por medio impreso o electrónico.
12. Presentar iniciativas y sugerencias que contribuyan a la formación integral de la comunidad sanbenitina.
ARTICULO DECIMO SEGUNDO. Deberes de los Padres, Madres de familia y/o Acudientes
Es deber de los padres o acudientes asumir la responsabilidad de ser los primeros, principales y permanentes educadores y formadores de sus hijos(as) por medio del buen ejemplo, acompañamiento, control, prestación de recursos y tiempo de calidad requeridos para su formación, en ambientes de respeto, comprensión y armonía, atendiendo a lo expresado en la Constitución Nacional, la Ley 115 de 1994, el artículo 3 del decreto 1286 de 2005, la Ley 1098 de 2006 y la Ley 1620 de 2013. Por lo tanto, son deberes:
1. Aceptar las normas y orientaciones del Manual de convivencia de la institución.
2. Asistir obligatoriamente a las reuniones programadas por la institución y presentarse a las citaciones que las directivas y profesores le soliciten.
1. Contribuir en la formación integral de sus hijos(as).
3. Aceptar por escrito el compromiso de asistencia obligatoria a los encuentros programados por el comité de Escuela de Familia en la primera asamblea de padres.
4. Asistir de manera obligatoria a todos los encuentros (uno por trimestre) programados por el Comité de Escuela de Familia, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2025 de julio 23 de 2020.
5. Utilizar oportunamente el horario de atención asignado.
1.
6. Presentar oportunamente a la institución, la excusa o incapacidad médica por la ausencia de sus hijos(as) a clase, dentro de los tres primeros días posteriores a la ausencia del estudiante
7. Responder por los daños causados por sus hijos(as) a las pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa, a las instalaciones, equipos, mobiliarios e implementos del colegio.
8. Respaldar la propuesta educativa y la autoridad del colegio, orientando y corrigiendo positiva y oportunamente a sus hijos(as) o acudidos, firmando los compromisos cuando las circunstancias lo requieran.
9. Conocer, apropiarse y contribuir al cumplimiento d el manual de convivencia de la institución.
10. Diligenciar personalmente con su hijo(a) la matrícula o la renovación de la misma en los días programados.
11. Mantener relaciones de respeto, diálogo y colaboración con todos los miembros de la comunidad educativa.
12. Brindar a su hijo(a) los elementos necesarios para el desarrollo de las diferentes actividades escolares.
13. Revisar en forma continua los resultados académicos de sus hijos, estimular sus logros y colaborar en el mejoramiento de sus deficiencias.
14. Proteger a sus hijos(as) contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, su dignidad y su integridad personal.
15. Velar por la buena presentación personal, hábitos de higiene y el porte adecuado de los uniformes de sus hijos(as).
16. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promueven la convivencia escolar, los derechos humanos sexuales y reproductivos, la participación y la democracia y el fomento de estilos de vida saludable.
17. Participar en la revisión y ajuste del Manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el PEI del establecimiento educativo.
18. Informar oportunamente cualquier cambio de dirección, teléfono y celular.
19. Asumir la atención y protección personal de sus hijos(as) o acudidos(as), en su vida, dignidad e integridad, así como en la obligación de afiliarlos al sistema de seguridad social.
20. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos
21. .Compra del seguro escolar contra accidentes
22. Garantizar el desplazamiento seguro de los estudiantes del hogar a la institución y viceversa.
23. Garantizar el uso adecuado y seguro del teléfono celular del estudiante implementando programas de protección parental.
24. No interrumpir las clases, solicitar cita para ser atendido por el docente que necesita
1. Cumplir con las obligaciones contraídas en el Manual de convivencia, para facilitar el proceso.
25. Acompañar a sus hijos (as) en el pleno desarrollo de su sexualidad.
26. Cumplir con el debido proceso cuando la situación lo amerite.
Parágrafo 1: En caso de no asistir a reuniones o citaciones en forma reiterativa (tres veces) se notificará al padre o acudiente y en caso de no acatar el llamado, se remitirá a la Comisaría de Familia.
Parágrafo 2. En el caso particular de inasistencia sin justa causa a cada uno de los encuentros de Escuela de Familia programados durante el año escolar, se determinan las siguientes implicaciones: llamado de atención por parte de rectoría y orientación, y asistir a los encuentros programados por el grupo de Escuela de Familia Municipal.
Parágrafo 32. Cuando el estudiante falte al colegio por cinco (5) días hábiles consecutivos sin que el padre de familia y/o acudiente hayan solicitado el permiso respectivo, se procede a realizar las llamadas telefónicas respectivas, en caso contrario se informará por escrito a la Comisaria de familia.
Parágrafo 43. Los estudiantes de preescolar y primaria no pueden permanecer en la institución mientras sus hermanos de secundaria terminan la jornada escolar. Es responsabilidad del padre/acudiente recoger a su hijo dentro del horario asignado, con el fin de evitar situaciones fortuitas que no están dentro del alcance institucional.
13. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. ESTIMULOS PARA LA FAMILIA: La familia que participe activamente en los procesos de formación de sus integrantes obtendrán un reconocimiento especial al finalizar cada trimestre el año escolar de acuerdo a los siguientes parámetros:
a. Asistir a las reuniones de entrega de boletines programadas por la institución.
b. Asistencia a la mayoría de convocatorias realizadas por la institución.
c. Acompañamiento a su hijo en el proceso formativo.
a. Asistencia y participación activa en la escuela para de familia.
a. Capacidad para enfrentar dificultades en la familia.
d. Liderazgo en los procesos sociales de procesos de desarrollo humano en la en la Institución educativa IE y /o en la comunidad.
e. Asistencia y participación activa en la escuela de familia.
f. La asistencia a cada uno de los encuentros de Escuela de Familia se verá reflejado en el boletín trimestral, por medio de una valoración donde 1.0 indica la no asistencia y 5.0 la asistencia.
CAPÍTULO VI
LOS DOCENTES
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO:CUARTO: Derechos del rol de docente: Además de los derechos establecidos en el artículo décimo segundo del presente manual, se mencionan los derechos que ayudan al docente a crecer como persona, profesional, trabajador, ciudadano al servicio de la Institución Educativa, teniendo en cuenta los aspectos contemplados en la Constitución política, en el Estatuto Docente y en la Legislación Laboral.
1. Participar en la elaboración e implementación del Proyecto Educativo Institucional
2. Presentar proyectos, iniciativas y sugerencias que contribuyan en la formación integral de todos los miembros de la Comunidad Educativa, . Rrespetaándole los derechos de autor al docente ideador..
3. Conformar grupos de estudio, de investigación, literarios, artísticos, deportivos y pedagógicos que le posibiliten un mayor crecimiento personal.
4. Ser evaluado de manera justa, de acuerdo con las exigencias de la Institución y según sus capacidades y limitaciones y a ser informado al respecto en el momento oportuno. De acuerdo a lo establecido en las normas vigentes.
5. Conocer oportunamente la asignación académica, horario y demás responsabilidades que le asigne la Institución.
6. Elegir y ser elegido en los distintos organismos del Gobierno Escolar.
7. Integrar el comité de convivencia de acuerdo cona lo establecido en las normas vigentes.
8. A la libre y respetuosa expresión, a la discrepancia y a corregir sus equivocaciones asumiendo la consecuencia de sus actos.
9. A la utilización adecuada y responsable de los espacios y recursos que ofrece la Institución.
10. A ser estimulado cuando se haga merecedor a ello. Reconocimiento público cuando su permanencia y fidelidad a la institución ha sido acorde con los principios y filosofía de la misma.
11. A que se les respete su identidad cultural y dignidad humana.
12. A que se respete su integridad física, emocional, psicológica y ética.
13. A invocar reserva de su identidad cuando lo estime necesario.
14. Al debido proceso y presunción de inocencia cuando ocurra un hecho negativo.
15. A promover su capacidad e intelecto y demostrarlo a través de la sugerencia, ejecución y desarrollo de proyectos transversales al P.E.I. reconociéndole su respectivo derecho de autor “compartido”.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTOQUINTO: Compromisos Deberes del docente. Además de los derechos establecidos en el artículo décimo segundo sexto del presente manual, el docente debe cumplir unos compromisos para el buen funcionamiento de la Institución. En relación con los estudiantes, directivos, padres de familia y con la Institución Educativa
1. Cumplir la Constitución y las Leyes de Colombia, los demás deberes indicados en la Ley 734 del 2002, Ley 115 del 94, Decreto 1278 del 2002, decreto 2277/79,Decreto 1860 de 1994, Decreto 1850 de 2002, la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia y el debido respeto y distancia éticos con sus estudiantes en las relaciones interpersonales, cumplir las demás disposiciones legales vigentes.
2. Cumplir los Artículos 7, 15, 17, 18, 20, 40,41, 42, 43 y 44 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia, así como las sentencias de la Corte Constitucional y la Ley de garantes y las demás que la legislación apruebe en función de sus actividades pedagógicas.
3. Cumplir con el artículo sexto del presente manual, de acuerdo con lo establecido en la ley 1620 y su decreto reglamentario.
4. Participar deen forma activa en la elaboración del P.E.I., planeamiento y desarrollo de las actividades del área y procesos de evaluación académica e institucional.
5. Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para mejorar el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.
6. Inculcar a los estudiantes a través de sus actividades diarias los valores institucionales adoptados en el proyecto Institucional.
7. Llevar un seguimiento consciente y eficaz del proceso de aprendizaje de cada estudiante.
8. Evaluar permanentemente a los estudiantes y darles a conocer oportunamente los resultados para reorientar el proceso a fin de consolidar el conocimiento.
9. Cumplir con los parámetros de evaluación del Ssistema de Evaluación Institucional, teniendo soporte de los procesos realizados.
10. Dialogar permanentemente con los estudiantes que presentan dificultades de aprendizaje, buscando alternativas de solución para obtener los resultados apropiados.
11. Orientar y corregir los trabajos, controlar asistencia, puntualidad, orden, presentación personal, comportamiento, relaciones interpersonales y la buena marcha del grupo.
12. Acompañar a los estudiantes en las actividades programadas por la Institución.
13. Orientar a los estudiantes de la Institución Educativa Departamental San Benito sin importar el grado, cuando la ocasión lo amerite.
14. Diseñar, realizar y evaluar actividades en el marco de los proyectos institucionales y transversales asignados.
15. Presentar puntualmente en rectoría y medios electrónicos, los Informes del rendimiento de los estudiantes a su cargo , al término de cada uno de los periodos de evaluación.
16. Ejercer la Dirección de Grupo cuando le sea asignada. y fungir cComo agente motivador y de seguimiento del proceso académico y de convivencia del grado que le corresponda cumpliendo las siguientes funciones:.
a. Ser agente motivador y de seguimiento del proceso académico del curso.
b. Hacer acompañamiento de procesos de convivencia cuando le corresponda.
c. Liderar ante el curso las actividades propuestas por la institución.
d. Entregar y dar información a los padres de familia sobre procesos académicos, convivenciales y registros de observador en reuniones de padres.
e. Brindar información de manera oportuna frente a actividades institucionales.
f. Realizar acompañamiento en salidas pedagógicas de ser asignado.
g. Informar oportunamente siguiendo el conducto regular según ruta de atención a los compañeros y a rectoría acerca de eventualidades de los estudiantes.
17. Los docentes que no sean directores de curso asumirán diferentes roles que se asignarán al iniciar el año como líder de servicio social, líder de convivencia y otros. En específico las funciones del servicio social son:
a. Establecer convenios interinstitucionales para que los estudiantes desempeñen su servicio social.
b. Dar a conocer el significado de servicio social, su objetivo, lineamientos gubernamentales y líneas de acción establecidas dentro de la institución.
c. Llevar control de las horas de servicio social de cada estudiante a partir de sus registros físicos (formatos de servicio social).
d. Elaborar y presentar reportes periódicos acerca del avance en el cumplimiento de las horas de servicio social a director de curso, padres de familia y rectoría.
1. Los directores de grado deben realizar el proceso de pre- matricula de los estudiantes de su grado y realizar seguimiento a quienes no hayan confirmado su continuidad para conocer su situación educativa.
18. Participar en los Comités en que sea requerido, y asumir con madurez las sugerencias y correctivos que se hagan en beneficio de la Labor Docente.
19. Asistir puntualmente a las actividades académicas, reuniones y actos programadas por la Institución.
20. Cumplir la Jornada Laboral y la Asignación Académica de acuerdo con las normas vigentes.
21. Cumplir con el liderazgo en los Turnos de Disciplina que le sean asignados.
22. Promover la identidad y el respeto por los símbolos patrios en los estudiantes
23. Reportar a secretaria la inasistencia del estudiante para el respectivo seguimiento telefónico, mediante el formato de seguimiento a la asistencia.
24. Atender a los Padres de Familia, de acuerdo con el horario establecido por la Institución y se dejarádejando registro en el observador y en acta de ser necesario. el Institución Educativa Departamental San Benito. Realizar el registro respectivo[SB1] .
25. Citar a los padres de familia o acudientes cuando su rendimiento académico o su comportamiento lo amerite. Realizar el registro en el observador ,y el seguimiento y verificación de los acuerdos realizados.
26. Dar un trato cortés a sus compañeros y compartir sus tareastrabajar de forma colaborativa con espíritu de solidaridad.
27. Dar un trato cortés a los estudiantes y padres de familiatodos los miembros de la comunidad educativa para fortalecer la sana convivencia en la Institución
28. Responder por el uso adecuado, cuidado mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
29. Ser ejemplo en la utilización apropiada del teléfono celular, tener el teléfono en silencio , en hora de clase.
30. Propender por mejorar la calidad en los procesos académicos, adecuándolos a la nueva visión del mundo global, y acordes con la legislación actual.
31. Desempeñar con solicitud eficacia y eficiencia las funciones de su cargo.
32. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
33. Cumplir la Constitución y las Leyes de Colombia, los demás deberes indicados en la Ley 734 del 2002, Ley 115 del 94, Decreto 1278 del 2002, Decreto 1860 de 1994, Decreto 1850 de 2002, la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia y el debido respeto y distancia éticos con sus estudiantes en las relaciones interpersonales, cumplir las demás disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMOSEXTO: TURNOS ACOMPAÑAMIENTOS DE CONVIVENCIA
Se realizan por toda la planta docente tanto en primaria como en secundaria con el fin de controlar y garantizar la sana convivencia durante la jornada escolar. Para ello, se deben cumplir con las siguientes funciones:
1. Realizar el control durante el desarrollo de actividades culturales, religiosas o izadas de bandera con el objetivo de fortalecer la disciplina durante el desarrollo de los actos. Realizar los procedimientos estipulados cuando se presente una situación que lo amerite.
2. Durante la media hora de lectura silenciosa, el docente que se encuentre dirigiéndola en cada grado deberá verificar el cumplimiento en el porte del uniforme por parte de los estudiantes y en el caso de incumplimiento realizar los procedimientos correspondientes de acuerdo con lo establecido en el presente manual.
3. Controlar la utilización apropiada de las zonas verdes de la institución y promover el cuidado de los jardines y demás espacios de la institución.
4. Establecer mecanismos y acciones estrategias para en los descansos para evitar que los estudiantes afecten las propiedades vecinas de la institución.
5. En la ausencia de un docente, contribuir con el acompañamiento de los grupos correspondientes según asignación de rectoría.
6. Apoyar la disciplina y buena convivencia en las salidas pedagógicas.
También se establecerán turnos de convivencia, conformados por 3 docentes, quienes además de las anteriores funciones, deben:
1. Recibir los estudiantes al ingreso de la institución y realizar un primer control de presentación personal.
2. Promover en la formación del primer día de la semana la oración y la lectura de una reflexión para la semana.
3. Verificar el registro de los estudiantes que llegan tarde a la institución y realizar los procedimientos correspondientes de acuerdo con lo establecido en el presente manual.
4. Estar pendiente del ingreso de los estudiantes al restaurante escolar con apoyo de estudiantes que presten el servicio social y de su comportamiento. Realizar los procedimientos necesarios cuando se presente una situación que afecte la prestación del servicio o se genere desperdicio de la merienda.
5. Organizar lo correspondiente para la utilización de la tienda escolar y realizar los procedimientos necesarios cuando se presente una situación que afecte la prestación del servicio o se genere desperdicio de los alimentos.
EQUIPOS DE CONVIVENCIA. Se realizan por parejas grupos de docentes en primaria y en secundaria con el fin de controlar hacer acompañamiento a los estudiantes al iniciar la jornada escolar, en el descanso, además de y garantizar la sana convivencia durante la jornada escolar la permanencia en la institución, los turnosel equipo de convivencia tendrán las siguientes funciones:
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. ESTIMULOS A DOCENTES. Dentro del rol docente y su proyección hacia la comunidad, todo docente de la IED SAN BENITO, tiene derecho a ser reconocido bajo los siguientes criterios.
+ Reconocimiento especial al Director de grupo, que durante cada trimestre escolar presente efectividad en el seguimiento al control de asistencia, llegadas tardes y manejo de conflictos acorde a lo establecido en el manual de convivencia
+ Reconocimiento a su liderazgo e iniciativa, promoviendo desde su grupo o área, proyectos a corto y mediano plazo que demuestren impacto en la comunidad escolar, y que puedan ser replicados en otros grupos.
+ Participación en la convocatoria MAESTROS QUE DEJAN HUELLA, de la gobernación de Cundinamarca, como reconocimiento a la labor escolar
+ Participación en capacitaciones y formaciones que redunden en su mejoramiento académico y profesional integral
+ Reconocimiento en la Evaluación de desempeño anual docente por su trabajo en las diferentes gestiones de liderazgo.
Promover en la formación de los días lunes un espacio para la reflexión, socialización de actividades de la semana y observaciones generales. la oración y la lectura de una reflexión para la semana.
Realizar el control acompañamiento durante el desarrollo de actividades culturales, religiosas o izadas de bandera con el fin de fortalecer la disciplina durante el desarrollo de los actos. Realizar los procedimientos estipulados cuando se presente una situación que lo amerite.
Verificar el registro de los estudiantes que llegan tarde a la institución y realizar los procedimientos correspondientes de acuerdo con lo establecido en el presente manual.
Verificar el cumplimiento en el porte del uniforme por parte de los estudiantes y en el caso de incumplimiento realizar los procedimientos correspondientes de acuerdo con lo establecido en el presente manual.
Organizar Acompañar a los estudiantes de servicio social en sus funciones de apoyo al restaturante escolar y lo correspondiente para el ingreso de los estudiantes al restaurante escolar y realizar los procedimientos necesarios cuando se presente una situación que afecte la prestación del servicio o se genere desperdicio de la merienda de los alimentos.
Acompañar a los estudiantes Organizar lo correspondiente para durante la utilización de la tienda escolar y realizar los procedimientos necesarios cuando se presente una situación que afecte la prestación del servicio o se genere el desperdicio de los alimentos.
Controlar la utilización apropiada de las zonas verdes de la institución y promover el cuidado de los jardines y demás espacios de la institución.
Establecer estrategias para en los descansos para evitar que los estudiantes afecten las propiedades vecinas de la institución.
En la ausencia de un docente coadyuvar asignando las actividades académicas, delegar el estudiante que debe recoger y entregarlas al docente del turno de disciplina.
CAPÍTULO V
CONVIVENCIA
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVOOCTAVO: COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA: Es el órgano donde padres de familia, estudiantes, docentes y directivos docentes pueden analizar situaciones e identificar nuevas alternativas que incentiven y fortalezcan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de modo que les permita aprender del error, respetar la diversidad y resolver los conflictos de manera pacífica, así como enfrentar posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos. Este comité se conforma atendiendo las directrices de la Ley 1620 de 2013
1. Conformación del Comité Escolar de Convivencia: El comité escolar de convivencia estará integrado por los siguientes integrantes de la comunidad educativa.
a. El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.
b. El personero estudiantil.
c. El profesional con funciones de orientación.
d. El presidente del consejo de padres de familia.
e. El presidente del consejo de estudiantes.
f. Un (1) docenteDos (2) docentes del equipo de convivencia que lideren procesos o estrategias de convivencia escolar. (uno por primaria y otro por secundaria)
2. Funciones del Comité Escolar de Convivencia. De acuerdo a lo establecido en la norma las siguientes son funciones del Comité Escolar de Convivencia:
a. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
b. Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
c. Promover la vinculación de la institución a estrategias, programas y actividades de conlvivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
d. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
e. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta ley,la ley 1620 de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.
f. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
g. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
h. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
3. COMPONENTE DE ATENCIÓN: Se consideran acciones de atención aquellas que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos de los establecimientos educativos y la activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia.
4. EQUIPO DE CONVIVENCIA: Debe estar conformado por máximo 5 docentes: 2 o 3 de secundaria (no directores de curso) y 2 de primaria que reúnan sus esfuerzos con estudiantes de servicio social y gestores Hermes para apoyar los procesos de convivencia según lo establecido en el presente manual, determinando los correctivos pedagógicos en cada una de las instancias de acuerdo al debido proceso.
Gestores Hermes: estudiantes capacitados y certificados dentro del proceso de resolución de conflictos del programa Hermes de la cámara de comercio de Bogotá, quienes se distinguen por:
ü Su capacidad de escucha
ü Su capacidad para preguntar y llegar a conocer el origen del conflicto.
ü Su imparcialidad
ü Su respeto a la privacidad
ü Su capacidad para promover la búsqueda de acuerdos.
ü Su compromiso y sentido de pertenencia con el programa.
Sus funciones son:
ü Realizar acciones de promoción y jornadas de sensibilización con docentes, estudiantes y padres de familia para el conocimiento del programa Hermes.
ü Realizar acciones de promoción de la sana convivencia.
ü Realizar jornadas de conciliación específicas y masivas de acuerdo con la dinámica escolar.
ü Apoyar a los directores de curso con situaciones específicas al interior de cada grado, si estas son acordes a su formación.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO.
SITUACIONES MAS COMUNES QUE SE PRESENTAN EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: De acuerdo a lo establecido en la ley 1620 de convivencia escolar decreto reglamentario (1965/2013), , a su decreto reglamentaria y al diagnóstico realizado del contexto escolar de la Institución se establecen las diferentes situaciones que vulneran los derechos de los estudiantes
A. TIPO I: Corresponde los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar y que en ningún caso genera daños al cuerpo o a la salud. (tomado de la ley 1620 articulo 40)
1) Corresponde a los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones y/o comportamientos esporádicos que inciden negativamente en el clima escolar y que en ningún caso genera daños al cuerpo o a la salud. (tomado de la ley 1620 articulo 40).
Para el manejo de todas las situaciones que se enmarquen en la siguiente tipificación se debe dejar constancia escrita del proceso realizado en el observador del estudiante garantizando el derecho de descargos al estudiante.
a.
a. a. Agresión verbal realizada en forma esporádica.
b. b. Irrespeto hacia otros miembros de la comunidad.
c. Traer las mascotas a la institución, en caso de permanencia en la institución de la mascota, debe hacerse responsable de ella.
d. Hacer uso de los baños asignados para docentes sin autorización.
e. Ingresar a sala de docentes sin autorización.
f. Consumir alimentos o bebidas el tinto destinadas o para los docentes.
g. Sobrepasar el límite de confianza.
h. Sentarse en las piernas de un compañero(a).
i. Utilización de vocabulario inadecuado en las relaciones interpersonales.
j. Comunicación de información mal infundada y con fines denigrantes (Chismes).
k. Recibir en forma inapropiada las observaciones de los demás miembros de la comunidad educativa.
l. Intimidación a otro miembro de la comunidad educativa de forma esporádica.
m. Inadecuado cuidado de sí mismo reflejado en su presentación personal.
n. j. Salir del salón de clase sin autorización del docente de la clase.
o. k. Impuntualidad EN LA LLEGADA AL COLEGIO, en los cambios de clase y de descanso.
p. l. Irrespeto por los bienes y útiles escolares de miembros de la comunidad educativa.
q. m. Inasistencia sin justificación.
r. n. Presentar las excusas de inasistencia al colegio después de tres días hábiles siguientes a la ausencia.
s. o. Ingerir alimentos en formación, actos de comunidad y salón de clase.
t. p. Comer o masticar chicle dentro de las clases, filas o cualquier acto institucional.
u. q. Fomentar el desaseo del salón y de las zonas comunes de la Institución.
v. r. Desarrollar en forma incompleta las actividades asignadas por el docente dentro del aula.
w. s. Trabajar en actividades diferentes a la asignatura que se está desarrollando.
x. t. Incumplir con las actividades pedagógicas asignadas en el aula de clase.
y. u. Utilizar celulares, audífonos, parlantes, cámaras entre otros elementos dentro del desarrollo de las clases sin autorización del docente.
z. v. Portar el uniforme en forma inapropiada dentro y fuera del colegio.
aa. w. Presentarse con los materiales necesarios incompletos para el desarrollo de las labores escolares.
bb. x. Permanecer en las rejas, sosteniendo conversaciones con personas ajenas a la Institución.
cc. y. Comprar elementos durante la jornada escolar por la malla.
dd. z. Incumplir con la presentación en el tiempo acordado las actividades extra clase asignada por los docentes.
ee. aa. Generar daños en las instalaciones y las zonas comunes de la institución.
ff. bb. Desperdicio de los alimentos ofrecidos en el restaurante escolar
gg. cc. Jugar en el salón y pasillos con balones, transitar en patines y bicicleta en los mismos, gritar, correr o generar situaciones que entorpezcan el desarrollo del trabajo docente.
hh. dd. Abstenerse de comunicar a los padres de familia las citaciones realizadas por los docentes o directivos docentes de la Institución.
ii. ee. Generación continúa de indisciplina en las diferentes actividades académicas y sociales de la institución.
jj. ff. Utilizar las zonas sociales o comunes, otros salones o cualquier otro sitio de la institución para evadirse de clase.
kk. gg. Mostrar indiferencia a los compromisos realizados en el observador del estudiante y desatender reiterativamente las sugerencias hechas para su mejoramiento.
Agresión verbal realizada en forma esporádica.
Irrespeto hacia otros miembros de la comunidad.
Utilización de vocabulario inadecuado en las relaciones interpersonales
Comunicación de información mal infundada y con fines denigrantes (Chismes)
Recibir en forma inapropiada las observaciones de los demás miembros de la comunidad educativa
Intimidación a otro miembro de la comunidad educativa de forma esporádica.
Discriminación o burla por características físicas, dificultades de salud,
Exclusión de algún compañero en el desarrollo de las actividades académicas.
Inadecuado cuidado de sí mismo reflejado en su presentación personal
PROTOCOLO SITUACIONES TIPO I |
Recibir la queja de la situación |
Docente Trabajador Social Psicólogo |
Definir Tipo de Situación |
Atiende docente conocedor Situación |
Si tipo 1 |
Remite Mesa Conciliación |
Reúne las partes involucradas |
Determina derechos Afectado |
Restablecimiento Derechos Afectados |
Acciones de Reparadoras |
Acciones Pedagógicas Correctivas |
Definir Seguimiento y Verificación |
Cierre del Proceso o Remisión Situación |
Si Tipo 2 |
Remite Rectoría |
COMPROMISOS: Se debe realizar dialogo con el estudiante por parte del docente que conoce de la situación, buscando el reconocimiento de la falta cometida y la incidencia en la convivencia del salón o del colegio.
a. Cuando la falta se realiza por primera vez el compromiso puede ser verbal.
b. Cuando la falta se realiza por segunda vez el compromiso de cumplimiento del acuerdo de convivencia se debe consignar en el observador del estudiante, se debe especificar la situación o falta presentada de acuerdo con el Manual de Convivencia.
c. Cuando el estudiante reincide en el incumplimiento de los acuerdos generando por tercera vez la misma falta o acumulando tres faltas diferentes, o no coinciden los relatos de los estudiantes implicados en la falta, el docente que conoce de la situación cita al padre de familia o acudiente del estudiante, se pone en conocimiento de rectoría, se remite al equipo de convivencia y se realiza la asignación de un correctivo pedagógico dejando constancia en el observador.
d. Cuando el incumplimiento es por cuarta vez: Cuando el estudiante reincide la falta se registra en el observador del estudiante, se cita al padre de familia para que acompañe el correctivo pedagógico asignado por el equipo de convivencia y se comunica a rectoría.
e. Cuando el incumplimiento es por quinta vez: Se registra en el observador del estudiante, se cita al padre de familia para acordar actividades en los días en los que en el Colegio no hay clase, puede ser los sábados o en desarrollo institucional, según lo determine el equipo de convivencia. Se debe dejar explicito quién realizará la supervisión del estudiante.
f. Cuando el incumplimiento es por sexta vez: Se desescolariza, sin embargo, este procedimiento lo realiza la RECTORÍA de la institución previa remisión del EQUIPO DE CONVIVENCIA, se aplica cuando el estudiante supere lo establecido en los primeros ítems del proceso, se asignará trabajo pedagógico y este será supervisado por parte del padre de familia hasta por tres días hábiles.
En caso de haber lugar a sanción se aplica por parte del Consejo Directivo en el momento que se hayan realizado los procedimientos anteriores. El Consejo Directivo realizará el análisis del cumplimiento de los procedimientos realizado con el estudiante y el cumplimiento del debido proceso por cada instancia, además revisará su desempeño académico durante el año escolar. Posteriormente puede tomar una de las siguientes determinaciones:
a. Realizar recomendaciones sobre el cumplimiento de los procedimientos y el debido proceso.
b. Determinar resolución de última oportunidad para la permanencia del estudiante en la Institución.
c. Determinar resolución de negación de cupo para el siguiente año académico.
d. Determinar cancelación del contrato de prestación de servicio educativo del estudiante.
1)
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2) TIPO II: Son aquellos comportamientos que interfieren en el normal desarrollo de las actividades institucionales e invaden negativamente la esfera de los derechos de los otros miembros de la comunidad educativa. Corresponde asi mismo a las situaciones de agresión escolar (bullying) y ciberacoso (ciberbullying) que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumpla con cualquiera de las siguientes características: que se presente de manera repetida o sistemática__SMC__ que causan daño al cuerpo o salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. (tomado de la ley 1620 articulo 40). Estas situaciones deben ser registradas siempre en el observador del estudiante y remitidas al Equipo de convivencia y Rectoría.
a. Agresión física a uno o varios miembros de la comunidad educativa que no genere incapacidad.
b. Emplear objetos de trabajo (lápices, esferos, bisturís, etc.) como elementos de agresión.
a. Intimidación SISTEMÁTICA, -matoneo-, soborno o intento del mismo dentro y fuera del colegio, para con otros estudiantes, los docentes, las directivas o el personal administrativo. Estas conductas por ser de carácter policivo se reportará el caso a las autoridades pertinentes en acatamiento al Artículo 44 numeral 9 de la Ley 1098 de infancia.
c. SustracciónHurto de de útiles escolares u objetos de integrantes de la comunidad educativa, siempre y cuando acepte la falta y los devuelva en perfecto estado..
d. Ocultar la información, o tergiversar los hechos causa de un llamado a los padres o mentir para encubrir.
e. Encerrar y hostigar a los compañeros dentro o fuera del salón de clase.
f. Impedir el normal desarrollo de las clases, a través de cualquier actividad o comportamiento indebido y reprochable.
g. Utilizar el nombre de la Institución para realizar actividades para beneficio personal sin la autorización escrita del Consejo Directivo.
h. Engañar haciendo fraude o con la tentativa de fraude en pruebas de evaluación y entrega de trabajos, ya sea por copia, plagio, hurto de trabajos, suplantación de personas y en general todo tipo de conductas tendientes a inducir error al docente respecto a la capacidad académica que se pretende evaluar.
i. Las manifestaciones de amor obscenas, grotescas o vulgares en las relaciones de pareja (en forma exagerada).
j. Utilizar de manera inadecuada las barandas, ventanales, puertas y pasillos de la Institución, poniendo en riesgo su integridad y/o la de sus compañeros.
k. Todo tipo de ventas comprobadas de comestibles, láminas, revistas, minutos a celular o cualquier objeto o servicio, dentro de la Institución, así como cualquier juego de azar, rifa o compra y venta sin la autorización de Consejo Directivo.
l. Evadirse del colegio, de clases o de actos institucionales.
m. Discriminación o burla por características físicas, dificultades de salud.
n. Exclusión de algún compañero en el desarrollo de las actividades académicas.
o. Introducir al colegio, portar o reproducir material pornográfico (revistas, videos, etc.).
p. Escribir frases vulgares, pasquines, pintar figuras obscenas o escribir leyendas en objetos, piel o la ropa propia o de sus compañeros, tableros, pupitres, muros y demás sitios, de la Institución.
q. Encubrir hechos, anomalías y conductas, que perjudiquen el normal desarrollo del proceso educativo dentro y fuera de la Institución, tipificado como comportamiento de omisión.
a. p. Suplantar a otras personas tales como familiares, estudiantes o miembros de la Institución, reemplazando su identidad, firmando documentos a nombre de la persona requerida, suplantarla telefónicamente y en general todo tipo de conductas que inducen al engaño de identidad. Sabiendo que incurre en un delito tipificado como fraude en documento público. Por ser de carácter policivo se reportará el caso a las autoridades pertinentes en acatamiento al Artículo 44 numeral 9 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia.
r.
s. Emplear inadecuadamente las tijeras, el corrector, marcadores, u otros elementos para producir daño al cabello, uniforme o pertenencias de otra persona.
t. Bajar el pantalón de forma inesperada a un compañero.
u. Agredir por medio de palmadas en cualquier parte del cuerpo a un compañero con la intención de dejar marca.
v. Saboteo a clases mediante el uso de dispositivos celulares.
w. Tomar fotografías a otro miembro de la comunidad sin autorización.
TIPO II: Corresponde a las situaciones de agresión escolar (bullying) y ciberacoso (ciberbulluying) que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumpla con cualquiera de las siguientes características: Que se presente de manera repetida o sistemática__SMC__ que causan daño al cuerpo o salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. . (tomado de la ley 1620 articulo 40)
Agresión física a uno o varios miembros de la comunidad educativa que no genere incapacidad.
Emplear objetos de trabajo (lápices, esferos, bisturís, etc.) como elementos de agresión.
Intimidación, -matoneo-, soborno o intento del mismo dentro y fuera del colegio, para con otros estudiantes, los docentes, las directivas o el personal administrativo. Estas conductas por ser de carácter policivo se reportará el caso a las autoridades pertinentes en acatamiento al Artículo 44 numeral 9 de la Ley 1098 de infancia.
TIPO III: Agresión[SB2]
escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad y
formación sexual referido en el título IV del libro II de la ley 599 de 2000 o
cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana
vigCORRECTIVOS PEDAGOGICOS: Se aplica cuando el estudiante infrinja el manual de convivencia con una
falta tipo II el procedimiento lo realiza EL EQUIPO DE CONVIVENCIA de la
institución previa remisión del docente conocedor de la situación:
a. Cuando el incumplimiento es por primera vez: El estudiante debe realizar campañas en la Institución de promoción y prevención sobre la falta que haya cometido. Para la asignación del correctivo debe estar presente el padre de familia o acudiente.
b. Cuando el incumplimiento es por segunda vez: El estudiante debe realizar actividades al finalizar la jornada según lo determine el EQUIPO DE CONVIVENCIA, previendo quien realizará la supervisión del estudiante en la tarde.
c. Cuando el incumplimiento es por tercera vez: El estudiante debe realizar actividades los días que en el colegio no hay clase, puede ser los sábados o en desarrollo institucional, según lo determine el EQUIPO DE CONVIVENCIA, previendo quien realizará la supervisión del estudiante en la tarde.
Remisión Equipo Orientadora Orientadora Convivencia |
Reunión de los estudiantes involucrados |
PROTOCOLO SITUACIONES TIPO II |
Recibir la queja u observar la situación |
Docente Orientación Escolar Rector |
Determinar si se debe Trasladar para atención por salud |
Si tipo 2 |
Determinar el tipo de situación |
Indagar la versión de los hechos |
Determina derechos Afectado |
Restablecimiento Derechos Afectados |
Acciones de Restauración de los daños causados |
Acciones Pedagógicas o Sociales Correctivas |
Definir –Realizar Seguimiento y Verificación del proceso |
Incumplimiento de acuerdos |
Informe al padre de familia o acudiente |
Cumplimiento de Acuerdos Cierre Proceso |
Verificación del proceso
|
Informe a la Rectoría |
Informe al Comité Convivencia |
Análisis del caso y los correctivos realizados |
Informe Comité Municipal de Convivencia |
Remisión Rectoría |
Si tipo 3 |
Activar Protocolo III |
I. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS: Se aplica cuando el estudiante infrinja el manual de convivencia con una falta tipo II el procedimiento lo realiza EL EQUIPO DE CONVIVENCIA de la institución previa remisión del docente conocedor de la situación:
a. Cuando el incumplimiento es por primera vez[SB3] : El estudiante debe realizar campañas en la Institución de promoción y prevención sobre la falta que haya cometido. Para la asignación del correctivo debe estar presente el padre de familia o acudiente.
b. Cuando el incumplimiento es por segunda vez: El estudiante debe realizar actividades al finalizar la jornada según lo determine el EQUIPO DE CONVIVENCIA, previendo quien realizará la supervisión del estudiante en la tarde.
c. Cuando el incumplimiento es por tercera vez: El estudiante debe realizar actividades los días que en el colegio no hay clase, puede ser los sábados o en desarrollo institucional, según lo determine el EQUIPO DE CONVIVENCIA, previendo quien realizará la supervisión del estudiante en la tarde.
d. Cuando el incumplimiento es por cuarta vez: Se aplicará correctivo pedagógico desescolarizado. Este procedimiento lo realiza la RECTORÍA de la institución previa remisión del EQUIPO DE CONVIVENCIA, se requiere resolución rectoral. Para su ejecución se asigna trabajo pedagógico de tres a cinco días hábiles académicos, donde el estudiante con la supervisión del padre de familia realiza las actividades asignadas en casa o donde se amerite para cumplir con los requerimientos del trabajo asignado.
En caso de generar sanción se aplica por parte del Consejo Directivo en el momento que se hayan realizado los procedimientos anteriores. El consejo directivo realizará el análisis el cumplimiento de los procedimientos realizado con el estudiante y el cumplimiento del debido proceso por cada instancia, además revisará su desempeño académico durante el año escolar. Posteriormente puede tomar una de las siguientes determinaciones:
a. Realizar recomendaciones sobre el cumplimiento de los procedimientos y el debido proceso.
b. Determinar resolución de última oportunidad para la permanencia del estudiante en la Institución.
c. Determinar resolución de negación de cupo para el siguiente año académico.
a. Determinar cancelaciónresolución de cambio de ambiente escolar inmediato avalado por consejo directivo y comité de convivencia escolar del contrato de prestación de servicio educativo del estudiante.
.
3) TIPO III: Son aquellos comportamientos que implican agresión escolar y que afectan notoriamente y de manera contundente, el desarrollo normal del Proceso Académico Pedagógico Institucional y que en algunos casos es una acción punible y legalmente judicializable, y que debe ser informada a las autoridades pertinentes. Dando estricto cumplimiento al Artículo 18 de Ley 1098, al Artículo 44 numeral 9 de la Ley de Infancia, citando y cumpliendo así mismo la Ley de Los garantes, donde habla expresamente del trato negligente y omisión. Acatando también, el Artículo 53 de Ley 1098, Artículo 54 de Ley 1098 de Infancia y Adolescencia. Se debe establecer las circunstancias en las cuales se presentó, realizar el diálogo con el estudiante buscando el reconocimiento de la situación presentada se debe informar a la autoridad competente y al padre de familia en forma rápida y eficaz. Cabe mencionar que se debe hacer registro en el observador del estudiante y se debe remitir a rectoría.
a. Traer o portar consigo armas blancas, corto-punzantes, armas de fuego o cualquier material dañino o peligroso para la integridad física de sus compañeros.
b. Agredir físicamente a sus compañeros, causando lesiones que ameriten el traslado de la persona a un centro médico. Dando estricto cumplimiento al Artículo 44 en su numeral 5 de la ley de infancia y adolescencia vigente.
c. Promover, manipular, coaccionar e inducir a estudiantes de la Institución, en especial del mismo grado o grados inferiores, a formar parte de grupos urbanos, subculturas y tribus urbanas, que dentro de sus conductas, comportamientos y filosofía pretendan agredir el concepto primordial de la vida, y la dignidad a través de la depresión psicológica, la baja estima, la anorexia, la bulimia, la promiscuidad, la prostitución, la mutilación, la drogadicción, el suicidio y las conductas homosexuales en los niños, niñas y adolescentes. Obedeciendo y dando estricto cumplimiento al Artículo 18, Artículos 43 y 44 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia
d. Manipular o aprovecharse de los y las estudiantes de los grados inferiores, para degradar su dignidad, su estabilidad física, mental y emocional, o su área psicológica y moral. El agravante es que son primera infancia.
e. Perforar su cuerpo o el de un compañero al interior de la institución educativa.
f. Irrespetar a las directivas, profesores o cualquier miembro de la comunidad educativa con palabras soeces, irrespetuosas, agresivas, amenazantes y acciones obscenas e indecorosas. Dando estricto cumplimiento al Artículo 44 en su numeral 6 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia.
g. Sustraer bienes de propiedad de otras personas o del establecimiento educativo, con el ánimo de apropiarse de ellos. Por ser de carácter policivo se reportará el caso a las autoridades pertinentes en acatamiento al Artículo 44 numeral 9 de la Ley 1098 de Infancia.
h. Presentarse a la Institución en estado de embriaguez o ingerir bebidas alcohólicas dentro la Institución Educativa. Recordando que los menores de edad no están facultados para ingerir bebidas alcohólicas ni fumar, ni consumir drogas, dando estricto cumplimiento al Artículo 19 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia.
i. Presentarse a la Institución bajo efectos de sustancias psicoactivas o consumirlas dentro la Institución Educativa. Recordando que los menores de edad no están facultados para fumar, ni consumir drogas, dando estricto cumplimiento al Artículo 19 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia.
j. Utilización de vapeadores, pipas artesanales u otros elementos que promuevan el consumo de sustancias psicoactivas, nocivas para la salud
k. Violación de las instalaciones, de cualquiera de las oficinas o dependencias de la Institución. Por ser de carácter policivo se reportará el caso a las autoridades pertinentes en acatamiento al Artículo 44 numeral 9 de la ley 1098 de Infancia.
l. Agredir al conductor de la ruta escolar o de la salida pedagógica programada por la Institución o instancia municipal o departamental.
m. Incurrir en actos que de una u otra manera atenten contra el derecho a la vida.
n. Portar o vender sustancias psicoactivas dentro de la institución o en cualquier actividad representativa de la Institución Educativa.
PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN DE FALTA TIPO II
Medidas de Protección de Involucrados |
Remisión Orientación Escolar |
PROTOCOLO SITUACIONES TIPO III |
Recibir la queja u observar la situación |
Docente Orientación Escolar Rector |
Determinar si se debe Trasladar para atención por salud |
Indagar la versión de los hechos |
Informe Policía Nacional |
Citación Comité Convivencia |
Remisión Sistema de Convivencia |
Realizar Seguimiento y Verificación del proceso |
Informe al padre de familia o acudiente |
Remisión Rectoría |
Para la atención de las situaciones tipo III se inicia con correctivos pedagógicos desescolarizado, este procedimiento lo realiza la RECTORÍA de la institución previa remisión del docente o del equipo de convivencia, se requiere resolución rectoral para su ejecución:
a. Cuando el incumplimiento es por primera vez: Se asigna trabajo pedagógico hasta por cinco días hábiles académicos, donde el estudiante con la supervisión del padre de familia realiza las actividades asignadas en casa o donde se amerite para cumplir con los requerimientos del trabajo asignado.
b. Cuando el incumplimiento es por segunda vez: Si el estudiante reincide se procede a realizar resolución rectoral de cambio de ambiente escolar para el siguiente año lectivo, la cual será de conocimiento del comité de convivencia y del consejo directivo.
c. Cuando el incumplimiento es por tercera vez: Si el estudiante reincide se procede a realizar resolución rectoral de cambio de ambiente escolar inmediatocancelación del contrato de prestación de servicio educativo. Este procedimiento debe estar avalado por el comité de convivencia y el consejo directivo.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENOVIGESIMO: ACUERDOS NORMAS DE CONVIVENCIA: Los integrantes de la comunidad educativa de la Institución (estudiantes, padres de familia, acudientes, docentes, directivos docentes, administrativos y personal de servicios generales) realizan los siguientes acuerdoscumplen con las siguientes normas de convivencia con el fin de tener un clima institucional que potencie los aprendizajes, las habilidades y capacidades para el beneficio colectivo e individual de cada uno de los actores.
No |
PACTOS DE CONVIVENNORMA CONVIVENCIALCIA |
ACUERDOSDESCRIPCION |
1 |
PUNTUALIDAD |
Llegar a la institución puntualmente de acuerdo con los horarios establecidos para el ingreso a clase |
Utilizar el tiempo en forma eficaz durante los cambios de clase, evitando llegar tarde a las clases |
||
Utilizar en forma oportuna y ordenada el servicio de restaurante y tienda escolar respetando la organización establecida |
||
Respetar los acuerdos establecidos al inicio del trimestre con respecto a la entrega oportuna de las actividades de cada asignatura |
||
Cuando me ausente por fuerza mayor presentar la respectiva justificación por escrito en los siguientes tres días hábiles a la ausencia |
||
Cuando tenga una actividad programada con anticipación solicitar el permiso para ausentarse en la agenda o el formato correspondiente con tres días hábiles de antelación a la actividad prevista. |
||
2 |
CUIDADARME COMO SER IMPORTANTE PARA MI Y LOS DEMAS |
Presentarse a la institución de acuerdo a lo establecido en el presente manual, en caso de eventualidad traer la excusa respectiva en la agenda y hacerla visar en la rectoría. |
Trabajar en el fortalecimiento de mis emociones para que en el momento de presentarse un conflicto se maneje de la manera más apropiada. |
||
Practicar diariamente los mejores hábitos de higiene para mantener mi cuerpo sano y un ambiente apropiado en el salón de clase.durante la jornada escolar. |
||
Documentar sobre las competencias ciudadanas especialmente la toma de decisiones con el fin de aplicar en el día a día. |
||
Fortalecer los conocimientos sobre la importancia de alimentarse en forma sana y saludable. |
||
Conocer y practicar los valores que la institución tiene como ejes de formación |
||
Realizar como mínimo la práctica de una actividad que permita el buen aprovechamiento del tiempo libre.un deporte en los tiempos libres y extra clase. |
||
3 |
CUIDADO DE LAS RELACIONES INTERPERSONALES |
En las relaciones personales utilizare el vocabulario apropiado, sin utilizar expresiones humillantes, despectivas o discriminantes de los demás. |
Durante el desarrollo de las actividades de la institución respetar la opinión de los demás, fortaleciendo la habilidad de la empatía. |
||
Respetar las pertenecías de los demás, si encuentro un elemento ajeno entregarlo al docente para que sea entregado a su dueño.
|
||
Llamar a las personas por su nombre evitando apodos. |
||
Realizar la comunicación apropiada con los compañeros, docentes administrativos y personas de servicios generales, utilizando elementos de la comunicación asertiva
|
||
4 |
BUSQUEDA DE LA EXCELENCIA ACADEMICA |
Búsqueda continua de la excelencia académica que fortalece el proyecto de vida. |
Trabajar en potenciar las habilidades y capacidades para fortalecer el proyecto de vida de los integrantes de la comunidad educativa. |
||
Usar apropiadamente los dispositivos electrónicos durante las clases (celulares, audífonos, video beam, computadores, tablets, entre otros) y solamente con la autorización del docente. |
||
Promover a través de la realización de las actividades el desarrollo de pensamiento |
||
Realizar actividades que promuevan la utilización de los conocimientos adquiridos en la realización de proyectos novedosos |
||
Participar activamente y con los elementos necesarios para el desarrollo del plan lector. |
||
Promover el liderazgo en la comunidad educativa de San Benito. |
||
Ser inquieto por consultar el por qué y para qué de las cosas, fenómenos, aparatos |
||
Búsqueda de actividades para fortalecer la creatividad. |
||
5 |
USO APROPIADO DE LOS ESPACIOS Y ELEMENTOS |
Ser responsable en el cuidado de los bienes del estado y de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa |
Coadyuvar en el cuida del ambiente a través de actividades con materiales reutilizables |
||
Hacer uso apropiado de cada uno de los espacios que existen en la institución. |
||
Tener, portar y organizar la agenda escolar según los parámetros establecidos |
||
Hacer uso apropiado de materiales deportivos y aulas especializadas |
||
Tener cuidado con los elementos de estudio personales haciendo un uso adecuado de los mismos. |
||
6 |
CUIDADO Y CONSERVACIÓN DEL ENTORNO |
Usar racionalmente el agua en el desarrollo de las actividades de la institución |
Coadyuvar con mis compañeros en la construcción de espacios agradables y de relajación en la institución. |
||
Incentivar al cuidado de los jardines y desarrollar actividades periódicas con el fin de embellecer el entorno institucional |
||
Promover el aseo institucional |
||
Buscar constantemente actividades donde pueda reciclar, reutilizar diferentes materiales de desecho de la institución y la casa |
||
7 |
DESARROLLO DE PROYECTO DE VIDA |
Construir el proyecto de vida que contenga una misión, una visión, metas a corto mediano y largo plazo |
ARTÍCULO VISEGIMO PRIMERO: SITUACIONES QUE AFECTA LA CONVIVENCIA ESCOLAR: El Manual de Convivencia debe contener la estipulación expresa de las actuaciones y omisiones que constituyen faltas disciplinarias, condición relacionada estrechamente con el principio de legalidad propio del derecho sancionador. En este sentido la identificación de las conductas sancionables debe contener las características esenciales del comportamiento prohibido otorgando certeza sobre qué comportamientos están prohibidos y cuál es la finalidad de su proscripción, la cual debe responder a objetivos constitucionalmente legítimos. Las faltas y correctivos se basarán para el presente Acuerdo, dando estricto cumplimiento al Artículo 44 numeral 6, de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia. Que determina que los correctivos de convivencia deben ser: Disuasivas, reeducativas y/o Pedagógicas.
Parágrafo 1°. De ser detectado un estudiante con un arma blanca, corto punzante o de fuego, se dará el respectivo aviso a las autoridades policivas pertinentes en acatamiento del Artículo 18 de la Ley 1098 y la Ley de garantes, del mismo modo su retiro de la Institución será INMEDIATO, siguiendo el debido proceso.
Parágrafo 2: De acuerdo a la gravedad de la falta cometida por un estudiante el ente correspondiente realizará la aplicación del correctivo más apropiado, debe estar previsto en el presente Manual de convivencia, la aplicación de un correctivo diferente a los estipulados se considerará violación al debido proceso.
Parágrafo 3: Para garantizar la seguridad e integridad de los estudiantes y los bienes de los estudiantes, docentes e Institución, se contará con cámaras de vigilancia que monitoreen continuamente.
Parágrafo 4: Para cualquier proceso de índole disciplinario se utilizaránes posible utilizar los videos que sean necesarios como pruebas del proceso.
CAPITULO VIIIVI
EL DEBIDO PROCESO
ARTÍCULO VIGESIMO PRIMEROSEGUNDO: El debido proceso comportamental: Es benéfico para la pedagogía en general y para la democracia en particular, aplicar en la institución educativa, paso a paso el debido proceso educativo a los educandos que han transgredido el manual de convivencia, así el proceso sea demorado, ello contribuirá no solo a organizar y cumplir con las funciones de investigación y juzgamiento tal como lo dispone la ley general de educación, formará a los estudiantes en el respeto y garantía de los derechos fundamentales de todos los miembros de la Comunidad Educativa .
El debido proceso administrativo consagrado como derecho fundamental en el artículo 29 de la Constitución Política, se convierte en una manifestación del principio de legalidad, conforme al cual__SMC__ toda competencia ejercida por las autoridades públicas debe estar previamente establecida en la ley, como también las funciones que les corresponden cumplir y los trámites a seguir antes de adoptar una determinada decisión (C.P. arts.4° y 122).
Siendo entonces un desarrollo del principio de legalidad, el debido proceso administrativo, entre ellos el educativo, representa un límite normativo al ejercicio de las potestades administrativas, en la medida en que las autoridades del Estado únicamente podrán actuar dentro de los ámbitos establecidos por el ordenamiento jurídico, favoreciendo de esta manera a las personas que acuden ante quienes han sido investidos de atribuciones públicas en virtud de la Constitución o la ley. Por lo anterior para dar cumplimiento al debido proceso se utilizará el formato correspondiente (Ver anexo No 1) cumplido los procedimientos del debido proceso se debe determinar el respectivo correctivo o el cierre del proceso por ausencia de pruebas que muestre completamente que se incurrió en una situación de violación del manual de convivencia.
ARTICULO VIGÉSIMO TERCERO.Factores para determinar la necesidad de aplicar correctivos de desescolarización de un estudiante: En el análisis que se debe realizar para la aplicación de los correctivos que ameritan desescolarización de un estudiante se deben tener presente los siguientes factores:
a. La edad del estudiante (grado de madurez psicológica).
b. Contexto que rodeo la comisión de la falta.
c. Condiciones personales y familiares del estudiante.
d. La existencia de medidas preventivas en la Institución.
e. El correctivo asignado debe mejorar la convivencia del estudiante con la comunidad educativa. Efectos prácticos para la imposición del correctivo trae al estudiante para mejorar la convivencia.
f. Estudio de la obligación que tiene el estado de garantizar a los estudiantes la permanencia en el sistema educativo.
g. Si la falta presentada es un hecho aislado y las razones por las cuales se cometidoha cometido.
h. El correctivo constituye la mejor respuesta frente a los hechos que afectan de manera grave la convivencia.
1. Criterios para la aplicación de correctivos de desescolarización:
a. Tipificación de la conducta sancionable de acuerdo con elal manual de convivencia
b. Aplicación del principio de proporcionalidad entre la falta y el correctivo aplicado.
c. Que la medida sea absolutamente necesaria, que no exista otra opción que imponer el correctivo de desescolarización.
d. Especificar con claridad el procedimiento a seguir para aplicar el correctivo con el fin de que el estudiante ejerza el derecho a la defensa.
2. Proceso para aplicar correctivos con desescolarización de estudiante: Se establece el siguiente procedimiento para cumplir con lo establecido en el artículo 29 de la constitución política de Colombia con referencia al debido proceso:
a. Comunicación formal de apertura del proceso disciplinario por parte del docente que conoció de la ocurrencia de la falta.
b. Formulación de los cargos al estudiante por parte del rector de la Institución en presencia del padre de familia.
c. Informar al estudiante y al padre de familia de los hechos ocurridos, aclarado el tiempo y lugar donde se presentó la falta.
d. Indicar el tiempo para que el estudiante formule los descargos que conlleven a desvirtuar la formulación de los cargos realizados
e. Estudio, análisis y expedición de resolución del correctivo pedagógico desescolarizado por parte de la rectoría.
f. Imponer el correctivo proporcional a la falta cometida.
3. Fallo o sentencia "Un acto motivado y congruente con los cargos formulados, la imposición del correctivo debe ser proporcional a los hechos que la motivaron." Se aplica cuando se presentan situaciones de tipo II y III o incumplimiento a los acuerdos. y se tipifique como una falta grave o gravísimas.
a. Es el rector en primera instancia o el consejo directivo en única instancia el responsable de proferir el fallo sancionatorio o absolutorio (Ley 115/94, arts. 132, 144-b-i).
b. Debe existir la explicación de los motivos que dieron lugar al fallo o sentencia en el acto administrativo sancionatorio.
c. El correctivo sólo podrá imponerse desde el momento de ser notificado el estudiante implicado y sus padres o acudiente.
d. Los recursos en el caso de procedimientos disciplinarios suspenden el correctivo hasta tanto no sean resueltos los recursos, es decir, no puede aplicarse hasta tanto no sean resueltos los recursos interpuestos, lo contrario es violatorio del debido proceso
e. Las acciones deben ser. Eminentementeser eminentemente correctivas, orientadoras, no castigadoras. La Ley de infancia y la adolescencia.
f. En la diligencia de notificación y dentro del acto administrativo sancionatorio, al estudiante y/o padre de familia, se le debe indicar los términos que tiene para interponer los recursos, así mismo se le debe indicar cuáles proceden y ante qué autoridades.
4. Recursos: Son la posibilidad de que el investigado pueda controvertir, mediante los recursos pertinentes, todas y cada una de las decisiones de las autoridades competentes. Las decisiones que de alguna manera afecten al estudiante son susceptibles de reposición ante el órgano o funcionario que tomó la decisión y apelables ante el superior correspondiente.
ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO. RECURSOS CONTRA LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONATORIOS La interposición de recursos contra los actos administrativos que se dictan en materia educativa, constituyen ejercicio del derecho de petición de los administrados, como quiera que a través de ellos se formule una petición frente a la autoridad administrativa, petición que tiene por finalidad obtener la aclaración, modificación o revocación de un determinado acto. Por tal razón, la administración tiene la obligación de darle respuesta oportuna, concreta y de fondo a la petición así formulada, para lo cual cuenta con un ·término de diez (10) días hábiles. Si una vez vencido el término la administración no le ha dado respuesta al recurso interpuesto, esa conducta constituye una violación del derecho de petición, el cual no se ve satisfecho por la configuración del silencio administrativo negativo, figura establecida en el artículo 60 del Código Contencioso Administrativo. La Corte Constitucional ha sido enfática en señalar que el silencio administrativo negativo no constituye debida respuesta a las solicitudes que los particulares presentan a la administración, sino que, por el contrario, su configuración hace aún más evidente la vulneración de los derechos fundamentales de los administrados.
a. RECURSO DE REPOSICIÓN Se interpone ante el mismo ente que tomó la decisión de aplicar el correctivo, para que la aclare, modifique o revoque. La resolución rectoral que sanciona un estudiante puede ser recurrida a través del recurso de reposición y en subsidio apelación ante el Consejo Directivo, dicha resolución debe señalar qué recursos proceden contra la misma y los términos de que dispone el afectado para interponerlos.
b. RECURSO DE APELACIÓN Se interpone ante el inmediato superior administrativo, con el mismo propósito. De los recursos de reposición y apelación habrá de hacerse uso, por escrito, en la diligencia de notificación personal, o dentro de los cinco (5) días siguientes a ella, o a la desfijación del edicto, o a la publicación, según el caso. Los recursos contra los actos presuntos podrán interponerse en cualquier tiempo.
Parágrafo 1: Los recursos se presentarán ante el funcionario que dictó la decisión, salvo lo dispuesto para el de queja, y si quien fuere competente no quisiere recibirlos podrán presentarse ante el Procurador regional o ante el Personero Municipal, para que ordene su recibo y tramitación e imponga las sanciones correspondientes al funcionario remiso a recibir los recursos.
Parágrafo 2: El recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de reposición. Transcurridos los términos sin que se hubieren interpuesto los recursos procedentes, la decisión quedará en firme.
Parágrafo 3: El observador del estudiante es una de las estrategias de la institución educativa para cumplir los procedimientos del debido proceso especialmente con lo concerniente a los descargos del estudiante, los acuerdos y firmas por quien interviene en cada situación presentada.
1. Principio de Imparcialidad en el Proceso Disciplinario "La imparcialidad es uno de los principios integradores del derecho al debido proceso que encuentra aplicación en materia disciplinaria. Este principio tiene como finalidad evitar que el - juzgador sea 'Juez parte__SMC__ así como que sea 'Juez de la propia causa." Así mismo, el Código Disciplinario Único hace referencia al principio de imparcialidad como uno de los principios que rigen la actuación procesal en materia disciplinaria (Art.94J, y- adicionalmente establece de manera expresa la imparcialidad del funcionario que adelanta la investigación disciplinaria en la búsqueda de la prueba (Art. 1)
Las circunstancias de agravación no sirven para cambiar el rango o tipo, de la faltasituación, por ejemplo, pasar de leve a grave o de grave a gravísimatipo I a tipo II, o de Tipo II a tipo III, en igual sentido, las circunstancias de atenuación no sirven para disminuir el tipo o rango de faltade situación, es decir pasar de tipo I a tipo II o tipo III. gravísima a grave.
Sirven si para establecer la dosimetría de la sanción, es decir, escogerla misma entre los límites máximos y mínimos señalados en el manual de convivencia para cada rango o tipo de faltatipo de situación. El operador disciplinario no puede agravar el rango oel tipo de situaciónfalta en en razón de las circunstancias de agravación contempladas en el manual de convivencia institucional, menos en el manual de bolsillo que manejan algunos docentes..
ARTÍCULO VIGESIMO SEGUNDOQUINTO.. Circunstancias de Atenuación o Agravación dela Faltade la situación. Los agravantes son los hechos que afectan de forma negativa la visualización de un delito, mientras los atenuantes son los que afectan de manera positiva
1..La Honorable Corte Constitucional elen Sentencia-167 de abril 2 de 1.967. m.p. Dr. Vladimiro Naranjo Mesa, señaló que para calificar faltaslas situaciones debe examinarse las circunstancias de tiempo, modo que rodearon la actuación disciplinaria también, aquellas: circunstancias atenuantes o. agravantes de la conducta que, al postre contribuirán a graduar la falta situación sanción.
Circunstancias de atenuación: Son aquellas acciones del estudiante implicado que ayudan a esclarecer apropiadamente la situación presentada
a. Haber observado buen comportamiento antes de cometer la falta.
b. Haber obrado por motivos nobles o altruistas.
c. El haber confesado voluntariamente la comisión de la falta.
d. El haber procurado corregir o evitar los efectos nocivos de la falta, antes de iniciarse la falta disciplinaria
e. El haber sido inducido a cometer la falta por un superior...
2. Circunstancias Agravantes: Son aquellas acciones del estudiante implicado que agravan la falta cometida y se deben tener presente para la aplicación de las acciones correctivas.
a. Incurrir en una situación que afecta la convivencia para ocultar o ejecutar otra falta más gravede tipo mayor.
b. El haber mentido durante el proceso de investigación.
c. La reacción de irrespeto en el momento de ser notificado de la situación en la cual está implicado.
d. No admitir la responsabilidad o atribuírsela a otras personas
e. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad.
ARTÍCULO VIGESIMO TERCEROCUARTO: Instancias, procedimientos y mecanismos de atención a padres y estudiantes. La institución, en el marco del debido proceso, ha previsto, para la solución de dudas o reclamaciones por hechos o acciones que se consideren como injusticia o vulneración de los derechos contenidos en el manual, las siguientes instancias:
a. Estudiante con el profesor que se presenta la situación.
b. Estudiante – Padre de familia con el profesor que se presenta la situación.
c. Estudiante - Padre de familia con el director de curso.
d. Estudiante y Padre de Familia con la Rectoría
e. Estudiante y padre de familia con Comité de Convivencia.
f. Estudiante y padre de familia con Consejo Directivo.
PARAGRAFO: En cada uno de los pasos establecido como instancias, debe realizarse por escrito la solicitud por parte del padre de familia argumentando los motivos de la petición, de igual forma se debe dejar constancia de lo realizado en el observador del estudiante.
PARÁGRAFO 2: En caso de que algún acudiente o padre de familia se presente con un vocabulario soez o agresivo se solicitará el retiro inmediato de la institución educativa.
PARÁGRAFO 3: las excusas, inasistencias o permisos, se deben presentar por escrito con la firma del acudiente o padre de familia en el tiempo establecido y el estudiante debe presentar las actividades pendientes.
ARTÍCULO VIGESIMO SEXTO: Caducidad de la Acción y del correctivo La caducidad es una institución jurídica que limita en el tiempo, por mandato expreso de la Constitución, de la Ley o del reglamento con base en la ley, el ejercicio de una acción judicial o administrativa.
1. La acción disciplinaria en las faltas levessituación I caduca tres días hábiles después de acaecida la misma o identificado el autor(es). El correctivo pedagógico preventivo a de las faltas levessituaciones tipo I tiene corno término de caducidad el respectivo periodo académico en el cual se cometió la falta.
2. La acción disciplinaria en las situaciones tipo IIfaltas graves caduca cinco días después hábiles después de acaecida la misma o identificado el autor (es). La sanción punitiva de las faltas gravessituaciones tipo II tiene como término de caducidad respectivo periodo académico en el cual se cometió a falta disciplinaria.
3. La acción disciplinaria en las faltas gravísimassituaciones tipo III caduca diez días hábiles después de acaecida la misma o identificado el autor (es). La sanción punitiva de las faltas gravísimassituaciones tipo III tiene como término de caducidad el señalado en el acto administrativo sancionatorio.
CLASIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS. Para clasificar el incumplimiento de los acuerdo en faltas leves, Graves y Gravísimas, se tendrán en cuenta__SMC__ el grado de culpabilidad, el grado de perturbación de la marcha Institucional, los motivos que determinaron el comportamiento, el número de intervinientes, las modalidades y circunstancias del hecho__SMC__ que se apreciarán teniendo en cuenta el cuidado empleado en su preparación, el nivel de aprovechamiento de la confianza depositada en el investigado la que se derive de la naturaleza de su cargo función, el grado de participación en la comisión de la falta fue inducido por una persona mayor para cometerla o si la cometió en estado de ofuscación originado en circunstancias condiciones de difícil prevención gravedad extrema, debidamente comprobadas.
1. INCUMPLIMIENTO LEVES: Son aquellos comportamientos que afectan en mínimo grado el clima institucional, Se debe dejar constancia escrita del proceso realizado en el observador del estudiante garantizando el derecho de descargos al estudiante si el docente lo considera necesario. |
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FALTAS LEVES |
PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN DE FALTA LEVE |
a. Salir del salón de clase sin autorización del docente de la clase. a. Impuntualidad en los cambios de clase y de descanso. a. Irrespeto por los bienes y útiles escolares de miembros de la comunidad educativa. a. Inasistencia sin justificación. a. Llegar a la Institución tarde de acuerdo al horario establecido para el ingreso. a. Ingerir alimentos en formación, actos de comunidad y salón de clase y biblioteca. a. Comer o masticar chicle dentro de las clases, filas o cualquier acto de comunidad. a. Fomentar el desaseo del salón y de las zonas comunes de la Institución. a. Incumplimiento en el desarrollo de la actividad delegada o asignada. a. Desarrollar en forma incompleta las actividades asignadas por el docente dentro del aula. a. Trabajar en actividades diferentes a la asignatura que se está desarrollando. a. presentar las excusas de inasistencia al colegio después de tres días hábiles siguientes a la ausencia. a. Incumplir con las actividades pedagógicas asignadas en el aula de clase. a. Utilizar radios, celulares, walkman, mp3, mp4, audífonos, parlantes, cámaras entre otros u otros elementos dentro del desarrollo de las clases sin autorización del docente a. Portar el uniforme en forma inapropiada dentro y fuera del colegio. a. Presentarse con los materiales necesarios incompletos para el desarrollo de las labores escolares. a. Permanecer en las bardas, sosteniendo conversaciones con personas ajenas a la Institución. a. Comprar elementos durante la jornada escolar por la malla. a. Incumplir con la presentación en el tiempo acordado las actividades extra clase asignada por los docentes. a. Generar daños en las instalaciones y las zonas comunes de la institución. a. Desperdicio de los alimentos ofrecidos en el restaurante escolar a. Jugar en el salón y pasillos con balones, transitar en patines y bicicleta en los mismos, gritar, correr o generar situaciones que entorpezcan el desarrollo del trabajo docente. a. Abstenerse de comunicar a los padres de familia las citaciones realizadas por los docentes o directivos docentes de la Institución. a. Generación continúa de indisciplina en las diferentes actividades académicas y sociales de la institución. a. Utilizar las zonas sociales o comunes, otros salones o cualquier otro sitio de la institución para evadirse de clase.
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I. COMPROMISOS: Se debe realizar dialogo con el estudiante por parte del docente que conoce de la situación, buscando el reconocimiento de la falta cometida y la incidencia en la convivencia del salón o del colegio. a. Cuando la falta se realiza por primera el compromiso puede ser verbal, pero se debe realizar su registro en la plantilla institucional prevista para tal fin. a. Cuando la falta se realiza por segunda vez el compromiso de cumplimiento del acuerdo de convivencia se deben consignar en el observador del estudiante, se debe utilizar los espacios apropiadamente dejando especificado la situación o falta presentada de acuerdo al Manual de Convivencia a. Se realiza cuando el estudiante reincide en el incumplimiento de los acuerdos generando por tercera vez la misma falta leve o acumulando tres faltas leves diferentes. El docente que conoce de la situación cita el padre de familia o acudiente del estudiante realiza los compromisos que sean necesarios y deja constancia en el observador. I. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS: Se aplica cuando el estudiante supere por tercera ocasión los compromisos sobre una falta leve o acumulación de más tres faltas diferentes el procedimiento lo realiza EL EQUIPO DE CONVIVENCIA de la institución previa remisión del docente conocedor de la situación, se debe dejar registro en el observador de las acciones realizadas especificando la fecha de seguimiento. a. Cuando el incumplimiento es por cuarta vez: El estudiante debe realizar Campañas en la Institución de promoción y prevención sobre la falta que más haya cometido. Para la asignación del correctivo debe estar presente el padre de familia o acudiente. a. Cuando el incumplimiento es por quinta vez: El estudiante debe realizar actividades al finalizar la jornada según lo determine el EQUIPO DE CONVIVENCIA. a. Cuando el incumplimiento es por sexta vez: El estudiante debe realizar actividades los días que en el colegio no hay clase, puede ser los sábados o en desarrollo institucional, según lo determine el EQUIPO DE CONVIVENCIA, debe quedar explicito quien realizara la supervisión del estudiante. I. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS DESESCOLARIZADO: Se aplica cuando el estudiante supere lo establecido en los primeros ítems el procedimiento lo realiza la RECTORÍA de la institución previa remisión del equipo de convivencia: a. Se asigna trabajo pedagógico hasta por tres días hábiles académicos, donde el estudiante con la supervisión del padre de familia desarrolla en casa o institución que amerite su desarrollo. Se requiere resolución rectoral para su ejecución. I. SANCIONES: Se aplica por parte del Consejo Directivo en el momento que se hayan realizado los procedimientos anteriores. El consejo directivo realizara el análisis el cumplimiento de los procedimientos realizado con el estudiante y el cumplimiento del debido proceso por cada instancia, además revisara su desempeño académico durante el año escolar. Posteriormente puede tomar una de las siguientes determinaciones: a. Realizar recomendaciones sobre el cumplimiento de los procedimientos y el debido proceso. a. Determinar resolución de última oportunidad para la permanencia del estudiante en la Institución. a. Determinar resolución de negación de cupo para el siguiente año académico a. Determinar cancelación del contrato de prestación de servicio educativo del estudiante. |
1. INCUMPLIMIENTO GRAVE. Son aquellos comportamientos que interfieren en el normal desarrollo de las actividades institucionales e invaden negativamente la esfera de los derechos de los otros miembros de la comunidad educativa. se debe realizar dialogo con el estudiante por parte del docente que conoce de la falta, buscando el reconocimiento de la situación y la incidencia en la convivencia Institucional se remite al EQUIPO DE CONVIVENCIA, se debe dejar constancia escrita del proceso realizado en el observador permitiendo los descargos del estudiante y las fechas de seguimiento o verificación de cumplimiento. |
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FALTAS GRAVES |
PROCEDIMIENTO DE ATENCION FALTAS GRAVES |
a. Hurto de útiles escolares u objetos de integrantes de la comunidad educativa. a. Ocultar la información, o tergiversar los hechos causa de un llamado a los padres o mentir para encubrir. a. Impedir el normal desarrollo de las clases, a través de cualquier actividad o comportamiento indebido y reprochable. a. Utilizar el nombre de la Institución para realizar actividades para beneficio personal sin la autorización escrita del Consejo Directivo. a. Mostrar indiferencia a los compromisos realizados en el observador del estudiante y desatender reiterativamente las sugerencias hechas para su mejoramiento. a. Engañar haciendo fraude o con la tentativa de fraude en pruebas de evaluación y entrega de trabajos, ya sea por copia, plagio, hurto de trabajos, suplantación de personas y en general todo tipo de conductas tendientes a inducir error al docente respecto a la capacidad académica que se pretende evaluar. a. Las manifestaciones de amor obscenas, grotescas o vulgares en las relaciones de pareja (en forma exagerada) a. Utilizar de manera inadecuada las barandas, ventanales, puertas y pasillos de la Institución, poniendo en riesgo su integridad y/o la de sus compañeros a. Todo tipo de ventas comprobadas de comestibles, láminas, revistas, minutos a celular o cualquier objeto o servicio, dentro de la Institución, así como cualquier juego de azar, rifa o compra y venta sin la autorización de Consejo Directivo. a. Evadirse del colegio, de clases o de actos comunitarios. a. Introducir al colegio, o portar material pornográfico (revistas, videos, etc.). a. Escribir frases vulgares, pasquines, pintar figuras obscenas o escribir leyendas en la ropa propia o de sus compañeros, tableros, pupitres, muros y demás sitios, de la Institución. a. Encubrir hechos, anomalías y conductas, que perjudiquen el normal desarrollo del Proceso educativo dentro y fuera de la Institución, tipificado como comportamiento de omisión. a. Suplantar a otras personas tales como familiares, estudiantes o miembros de la Institución, reemplazando su identidad, firmando documentos a nombre de la persona requerida, suplantarla telefónicamente y en general todo tipo de conductas que inducen al engaño de identidad. Sabiendo que incurre en un delito tipificado como fraude en documento público. Por ser de carácter policivo se reportará el caso a las autoridades pertinentes en acatamiento al Artículo 44 numeral 9 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia.
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I. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS: Se aplica cuando el estudiante infrinja el manual de convivencia con una falta grave el procedimiento lo realiza EL EQUIPO DE CONVIVENCIA de la institución previa remisión del docente conocedor de la situación: a. Cuando el incumplimiento es por primera vez: El estudiante debe realizar Campañas en la Institución de promoción y prevención sobre la falta que más haya cometido. Para la asignación del correctivo debe estar presente el padre de familia o acudiente. a. Cuando el incumplimiento es por segunda vez: El estudiante debe realizar actividades al finalizar la jornada según lo determine el EQUIPO DE CONVIVENCIA, previendo quien realizara la supervisión del estudiante en la tarde. a. Cuando el incumplimiento es por tercera vez: El estudiante debe realizar actividades los días que en el colegio no hay clase, puede ser los sábados o en desarrollo institucional, según lo determine el EQUIPO DE CONVIVENCIA, previendo quien realizara la supervisión del estudiante en la tarde. I. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS DESESCOLARIZADO: El procedimiento lo realiza la RECTORÍA de la institución previa remisión del equipo de convivencia, se requiere resolución rectoral para su ejecución: a. Cuando el incumplimiento es por cuarta vez: Se asigna trabajo pedagógico hasta por tres días hábiles académicos, donde el estudiante con la supervisión del padre de familia realiza las actividades asignadas en casa o donde se amerite para cumplir con los requerimientos del trabajo asignado. a. Cuando el incumplimiento es por quinta vez: Se asigna trabajo pedagógico hasta por cinco días hábiles académicos, donde el estudiante con la supervisión del padre de familia realiza las actividades asignadas en casa o donde se amerite para cumplir con los requerimientos del trabajo asignado. I. SANCIONES: Se aplica por parte del Consejo Directivo en el momento que se hayan realizado los procedimientos anteriores. El consejo directivo realizara el análisis el cumplimiento de los procedimientos realizado con el estudiante y el cumplimiento del debido proceso por cada instancia, además revisara su desempeño académico durante el año escolar. Posteriormente puede tomar una de las siguientes determinaciones: a. Realizar recomendaciones sobre el cumplimiento de los procedimientos y el debido proceso. a. Determinar resolución de última oportunidad para la permanencia del estudiante en la Institución. a. Determinar resolución de negación de cupo para el siguiente año académico a. Determinar cancelación del contrato de prestación de servicio educativo del estudiante. |
1. INCUMPLIMIENTO GRAVÍSIMA: Falta que afecta notoriamente y de manera contundente, el desarrollo normal del Proceso Académico Pedagógico Institucional y que en algunos casos es una acción punible y legalmente judicializable, y que debe ser informada a las autoridades pertinentes. Dando estricto cumplimiento al Artículo 18 de Ley 1098, al Artículo 44 numeral 9 de la Ley de Infancia, citando y cumpliendo así mismo la Ley de Los garantes, donde habla expresamente del trato negligente y omisión. Acatando también, el Artículo 53 de Ley 1098, Artículo 54 de Ley 1098 de Infancia y Adolescencia. Se debe establecer las circunstancias en las cuales se presentó, realizar el dialogo con el estudiante buscando el reconocimiento de la situación presentada se debe informar a la autoridad competente y al padre de familia en forma rápida y eficaz. |
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FALTAS GRAVÍSIMAS |
PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN FALTAS GRAVÍSIMAS |
a. Promover, manipular, coaccionar e inducir a sus compañeros, compañeras o estudiantes de la Institución, en especial del mismo grado o grados inferiores, a formar parte de grupos urbanos, subculturas y tribus urbanas, que dentro de sus conductas comportamientos y filosofía pretendan agredir el concepto primordial de la vida, y la dignidad a través de la depresión psicológica, la baja estima, la anorexia, la bulimia, la promiscuidad, la prostitución, la mutilación, la drogadicción, el suicidio y las conductas homosexuales en los niños, niñas y adolescentes. Obedeciendo y dando estricto cumplimiento al Artículo 18, Artículos 43 y 44 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia a. Manipular o aprovecharse descaradamente de los estudiantes y las estudiantes de los grados inferiores, para degradar su dignidad, su estabilidad física, mental y emocional, o su área psicológica y moral. El agravante es que son primera infancia. a. Irrespetar a las directivas, profesores o cualquier miembro de la comunidad educativa con palabras soeces, irrespetuosas, agresivas, amenazantes y acciones obscenas e indecorosas. Dando estricto cumplimiento al Artículo 44 en su numeral 6 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia. a. Sustraer bienes de propiedad de otras personas o del establecimiento educativo, con el ánimo de apropiarse de ellos. Por ser de carácter policivo se reportará el caso a las autoridades pertinentes en acatamiento al Artículo 44 numeral 9 de la Ley 1098 de Infancia. a. Presentarse a la Institución en estado de embriaguez o ingerir bebidas alcohólicas, dentro la Institución Educativa. Recordando que los menores de edad no están facultados para ingerir bebidas alcohólicas ni fumar, ni consumir drogas, dando estricto cumplimiento al Artículo 19 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia. a. Presentarse a la Institución bajo efectos de sustancias psicoactivas o consumirlas dentro la Institución Educativa. Recordando que los menores de edad no están facultados para fumar, ni consumir drogas, dando estricto cumplimiento al Artículo 19 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia. a. Portar sustancias psicoactivas dentro de la institución o en cualquier actividad representativa de la Institución Educativa. a. Violación de las instalaciones, de cualquiera de las oficinas o dependencias de la Institución. Por ser de carácter policivo se reportará el caso a las autoridades pertinentes en acatamiento al Artículo 44 numeral 9 de la ley 1098 de Infancia. a. Agredir al conductor de la ruta escolar o de la salida pedagógica programada por la Institución o instancia municipal o departamental. a. Incurrir en actos que de una u otra manera atente contra el derecho a la vida. a. |
I. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS DESESCOLARIZADO: El procedimiento lo realiza la RECTORÍA de la institución previa remisión del docente o del equipo de convivencia, se requiere resolución rectoral para su ejecución: a. Cuando el incumplimiento es por primera vez: Se asigna trabajo pedagógico hasta por cinco días hábiles académicos, donde el estudiante con la supervisión del padre de familia realiza las actividades asignadas en casa o donde se amerite para cumplir con los requerimientos del trabajo asignado. a. Cuando el incumplimiento es por segunda vez: Si el estudiante reincide en faltas gravísimas se procede a realizar resolución rectoral de cambio de ambiente para el siguiente año escolar, la cual será de conocimiento del comité de convivencia y del consejo directivo. a. Cuando el incumplimiento es por tercera vez: Si el estudiante reincide en faltas gravísimas se procede a realizar resolución rectoral de última oportunidad, la cual será de conocimiento del comité de convivencia y del consejo directivo. a. Cuando el incumplimiento es por cuarta vez: Si el estudiante reincide en faltas gravísimas se procede a realizar resolución rectoral de cancelación del contrato de prestación de servicio educativo. Este procedimiento debe estar avalado por el comité de convivencia y el consejo directivo.
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Parágrafo 1°. De ser detectado un estudiante con un arma blanca, corto punzante o de fuego, se dará el respectivo aviso a las autoridades policivas pertinentes en acatamiento del Artículo 18 de la Ley 1098 y la Ley de garantes, del mismo modo su retiro de la Institución será INMEDIATO, siguiendo el debido proceso.
Parágrafo 2: De acuerdo a la gravedad de la falta cometida por un estudiante el ente correspondiente realizará la aplicación del correctivo más apropiado, debe estar previsto en el presente Manual de convivencia, la aplicación de un correctivo diferente a los estipulados se considerará violación al debido proceso.
Parágrafo 3: Para garantizar la seguridad e integridad de los estudiantes y los bienes de los estudiantes, docentes e Institución, se contará con cámaras de vigilancia que monitoreen continuamente.
Parágrafo 4: Para cualquier proceso de índole disciplinario se utilizarán los videos que sean necesarios como pruebas del proceso.
CAPITULO VIII
EL DEBIDO PROCESO
ARTÍCULO VIGESIMO PRIMERO: El debido proceso comportamental: Es benéfico para la pedagogía en general y para la democracia en particular, aplicar en la institución educativa, paso a paso el debido proceso educativo a los educandos que han transgredido el manual de convivencia, así el proceso sea demorado, ello contribuirá no solo a organizar y cumplir con las funciones de investigación y juzgamiento tal como lo dispone la ley general de educación, formará a los estudiantes en el respeto y garantía de los derechos fundamentales de todos los miembros de la Comunidad Educativa .
El debido proceso administrativo consagrado como derecho fundamental en el artículo 29 de la Constitución Política, se convierte en una manifestación del principio de legalidad, conforme al cual__SMC__ toda competencia ejercida por las autoridades públicas debe estar previamente establecida en la ley, como también las funciones que les corresponden cumplir y los trámites a seguir antes de adoptar una determinada decisión (C.P. arts.4° y 122).
Siendo entonces un desarrollo del principio de legalidad, el debido proceso administrativo, entre ellos el educativo, representa un límite normativo al ejercicio de las potestades administrativas, en la medida en que las autoridades del Estado únicamente podrán actuar dentro de los ámbitos establecidos por el ordenamiento jurídico, favoreciendo de esta manera a las personas que acuden ante quienes han sido investidos de atribuciones públicas en virtud de la Constitución o la ley. Por lo anterior para dar cumplimiento al debido proceso se utilizará el formato correspondiente (Ver anexo No 1) cumplido los procedimientos del debido proceso se debe determinar el respectivo correctivo o el cierre del proceso por ausencia de pruebas que muestre completamente que se incurrió en una situación de violación del manual de convivencia.
1. Factores para determinar la necesidad de aplicar correctivos de desescolarización de un estudiante: En el análisis que se debe realizar para la aplicación de los correctivos que ameritan desescolarización de un estudiante se tener presente los siguientes factores
a. La edad del estudiante (grado de madurez psicológica)
a. Contexto que rodeo la comisión de la falta
a. Condiciones personales y familiares del estudiante
a. La existencia de medidas preventivas en la Institución.
a. Efectos prácticos para la imposición del correctivo trae al estudiante para mejorar la convivencia.
a. Estudio de la obligación que tiene el estado de garantizar a los estudiantes la permanencia en el sistema educativo.
a. Si la falta presenta es un hecho aislado y las razones por las cuales se cometido
a. El correctivo constituye la mejor respuesta frente a los hechos que afectan de manera grave la convivencia.
1. Criterios para la aplicación de correctivos de desescolarización:
a. Tipificación de la conducta sancionable de acuerdo al manual de convivencia
a. Aplicación del principio de proporcionalidad entre la falta y el correctivo aplicado.
a. Que la medida sea absolutamente necesaria, que no exista otra opción que imponer el correctivo de desescolarización.
a. Especificar con claridad el procedimiento a seguir para aplicar el correctivo con el fin de que el estudiante ejerza el derecho a la defensa.
1. Proceso para aplicar correctivos con desescolarización de estudiante: Se establece el siguiente procedimiento para cumplir con lo establecido en el artículo 29 de la constitución política de Colombia con referencia al debido proceso:
a. Comunicación formal de apertura del proceso disciplinario por parte del docente que conoció de la ocurrencia de la falta.
a. Formulación de los cargos al estudiante por parte del rector de la Institución en presencia del padre de familia.
a. Informar al estudiante y al padre de familia de los hechos ocurridos, aclarado el tiempo y lugar donde se presentó la falta.
a. Indicar el tiempo para que el estudiante formule los descargos que conlleven a desvirtuar la formulación de los cargos realizados
a. Estudio, análisis y expedición de resolución del correctivo pedagógico desescolarizado por parte de la rectoría.
a. Imponer el correctivo proporcional a la falta cometida.
1. Fallo o sentencia "Un acto motivado y congruente con los cargos formulados, la imposición del correctivo debe ser proporcional a los hechos que la motivaron." Se aplica cuando se presentan situaciones de tipo II y III o incumplimiento a los acuerdos y se tipifique como una falta grave o gravísimas.
a. Es el rector en primera instancia o el consejo directivo en única instancia el responsable de proferir el fallo sancionatorio o absolutorio (Ley 115/94, arts. 132, 144-b-i).
a. Debe existir la explicación de los motivos que dieron lugar al fallo o sentencia en el acto administrativo sancionatorio.
a. El correctivo sólo podrá imponerse desde el momento de ser notificado el estudiante implicado y sus padres o acudiente.
a. Los recursos en el caso de procedimientos disciplinarios suspenden el correctivo hasta tanto no sean resueltos los recursos, es decir, no puede aplicarse hasta tanto no sean resueltos los recursos interpuestos, lo contrario es violatorio del debido proceso
a. Las acciones deben ser. Eminentemente correctivas, orientadoras, no castigadoras. La Ley de infancia y la adolescencia.
a. En la diligencia de notificación y dentro del acto administrativo sancionatorio, al estudiante y/o padre de familia, se le debe indicar los términos que tiene para interponer los recursos, así mismo se le debe indicar cuáles proceden y ante qué autoridades.
1. Recursos: Son la posibilidad de que el investigado pueda controvertir, mediante los recursos pertinentes, todas y cada una de las decisiones de las autoridades competentes. Las decisiones que de alguna manera afecten al estudiante son susceptibles de reposición ante el órgano o funcionario que tomó la decisión y apelables ante el superior correspondiente.
1. RECURSOS CONTRA LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONATORIOS La interposición de recursos contra los actos administrativos que se dictan en materia educativa, constituye ejercicio del derecho petición de los administrados, como quiera que a través de ellos se formule una petición frente a la autoridad administrativa, petición que tiene por finalidad obtener la aclaración, modificación o revocación de un determinado acto. Por tal razón, la administración tiene la obligación de darle respuesta oportuna, concreta y de fondo a la petición así formulada, para lo cual cuenta con un ·término de diez (10) días hábiles. Si una vez vencido el término la administración no le ha dado respuesta al recurso interpuesto, esa conducta constituye una violación del derecho de petición, el cual no se ve satisfecho por la configuración del silencio administrativo negativo, figura establecida en el artículo 60 del Código Contencioso Administrativo. La Corte Constitucional ha sido enfática en señalar que el silencio administrativo negativo no constituye debida respuesta a las solicitudes que los particulares presentan a la administración, sino que, por el contrario, su configuración hace aún más evidente la vulneración de los derechos fundamentales de los administrados.
a. RECURSO DE REPOSICIÓN Se interpone ante el mismo ente que tomó la decisión de aplicar el correctivo, para que la aclare, modifique o revoque. La resolución rectoral que sanciona un estudiante puede ser recurrida a través del recurso de reposición y en subsidio apelación ante el Consejo Directivo, dicha resolución debe señalar qué recursos proceden contra la misma y los términos de que dispone el afectado para interponerlos.
a. RECURSO DE APELACIÓN Se interpone ante el inmediato superior administrativo, con el mismo propósito. De los recursos de reposición y apelación habrá de hacerse uso, por escrito, en la diligencia de notificación personal, o dentro de los cinco (5) días siguientes a ella, o a la desfijación del edicto, o a la publicación, según el caso. Los recursos contra los actos presuntos podrán interponerse en cualquier tiempo.
Parágrafo 1: Los recursos se presentarán ante el funcionario que dictó la decisión, salvo lo dispuesto para el de queja, y si quien fuere competente no quisiere recibirlos podrán presentarse ante el Procurador regional o ante el Personero Municipal, para que ordene su recibo y tramitación e imponga las sanciones correspondientes al funcionario remiso a recibir los recursos.
Parágrafo 2: El recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de reposición. Transcurridos los términos sin que se hubieren interpuesto los recursos procedentes, la decisión quedará en firme.
Parágrafo 3: El observador del estudiante es una de las estrategias de la institución educativa para cumplir los procedimientos del debido proceso especialmente con lo concerniente a los descargos del estudiante, los acuerdos y firmas por quien interviene en cada situación presentada.
1. Principio de Imparcialidad en el Proceso Disciplinario "La imparcialidad es uno de los principios integradores del derecho al debido proceso que encuentra aplicación en materia disciplinaria. Este principio tiene como finalidad evitar que el - juzgador sea 'Juez parte__SMC__ así como que sea 'Juez de la propia causa." Así mismo, el Código Disciplinario Único hace referencia al principio de imparcialidad como uno de los principios que rigen la actuación procesal en materia disciplinaria (Art.94J, y- adicionalmente establece de manera expresa la imparcialidad del funcionario que adelanta la investigación disciplinaria en la búsqueda de la prueba (Art. 1)
Las circunstancias de agravación no sirven para cambiar el rango o tipo, de la falta, por ejemplo, pasar de leve a grave o de grave a gravísima, en igual sentido, las circunstancias de atenuación no sirven para disminuir el tipo o rango de falta, es decir pasar de gravísima a grave.
Sirven si para establecer la dosimetría de la sanción, es decir, escogerla misma entre los límites máximos y mínimos señalados en el manual de convivencia para cada rango o tipo de falta. El operador disciplinario no puede agravar el rango o tipo de falta en razón de las circunstancias de agravación contempladas en el manual de convivencia institucional, menos en el manual de bolsillo que manejan algunos docentes.
ARTÍCULO VIGESIMO SEGUNDO. Circunstancias de Atenuación o Agravación dela Falta La Honorable Corte Constitucional el Sentencia-167 de abril 2 de 1.967. m.p. Dr. Vladimiro Naranjo Mesa, señaló que para calificar faltas debe examinarse las circunstancias de tiempo, modo que rodearon la actuación disciplinaria también, aquellas: circunstancias atenuantes o. agravantes de la conducta que, al postre contribuirán a graduar la falta sanción.
1. Circunstancias de atenuación: Son aquellas acciones del estudiante implicado que ayudan a esclarecer apropiadamente la situación presentada
a. Haber observado buen comportamiento antes de cometer la falta.
a. Haber obrado por motivos nobles o altruistas.
a. El haber confesado voluntariamente la comisión de la falta.
a. El haber procurado corregir o evitar los efectos nocivos de la falta, antes de iniciarse la falta disciplinaria
a. El haber sido inducido a cometer la falta por un superior...
1. Circunstancias Agravantes: Son aquellas acciones del estudiante implicado que agravan la falta cometida y se deben tener presente para la aplicación de las acciones correctivas.
a. Incurrir en una situación que afecta la convivencia para ocultar o ejecutar otra falta más grave.
a. El mentido durante el proceso de investigación.
a. La reacción de irrespeto en el momento de ser notificado de la situación en la cual está implicado.
a. No admitir la responsabilidad o atribuírsela a otras personas
a. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad.
ARTÍCULO VIGESIMO TERCERO: Instancias, procedimientos y mecanismos de atención a padres y estudiantes. La institución, en el marco del debido proceso, ha previsto, para la solución de dudas o reclamaciones por hechos o acciones que se consideren como injusticia o vulneración de los derechos contenidos en el manual, las siguientes instancias:
a. Estudiante con el profesor que se presenta la situación.
a. Estudiante – Padre de familia con el profesor que se presenta la situación.
a. Estudiante - Padre de familia con el director de curso.
a. Estudiante y Padre de Familia con la Rectoría
a. Estudiante y padre de familia con Comité de Convivencia.
a. Estudiante y padre de familia con Consejo Directivo.
PARAGRAFO: En cada uno de los pasos establecido como instancias, debe realizarse por escrito la solicitud por parte del padre de familia argumentando los motivos de la petición, de igual forma se debe dejar constancia de lo realizado en el observador del estudiante.
ARTÍCULO VIGESIMO CUARTO: Caducidad de la Acción y del correctivo La caducidad es una institución jurídica que limita en el tiempo, por mandato expreso de la Constitución, de la Ley o del reglamento con base en la ley, el ejercicio de una acción judicial o administrativa.
1. La acción disciplinaria en las faltas leves caduca tres días hábiles después de acaecida la misma o identificado el autor(es). El correctivo pedagógico preventiva de las faltas leves tiene corno término de caducidad el respectivo periodo académico en el cual se cometió la falta.
1. La acción disciplinaria en las faltas graves caduca cinco días después hábiles de acaecida la misma o identificado el autor (es). La sanción punitiva de las faltas graves tiene como término de caducidad respectivo periodo académico en el cual se cometió a falta disciplinaria.
1. La acción disciplinaria en las faltas gravísimas caduca diez días hábiles después de acaecida la misma o identificado el autor (es). La sanción punitiva de las faltas gravísimas tiene como término de caducidad el señalado en el acto administrativo sancionatorio.
CAPITULO IX
SISTEMA DE EVALUACION INSTITUCIONAL SIE
ARTÍCULO VIGESIMO QUINTO: Ámbito de la Aplicación. Las normas establecidas en el presente acuerdo se aplican a la Institución Educativa Departamental San Benito del municipio de Sibaté, cada una de las sedes que integran la Institución de acuerdo con la Resolución 03743 del 17 de diciembre del 2003, en los niveles de básica y media vocacional__SMC__ siendo exceptuados el nivel de preescolar y Sistema Tutorial de Aprendizaje (SAT).
ARTÍCULO VIGESIMO SEXTO: Políticas de la Evaluación. El proceso de evaluación de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO, teniendo presente lo previsto en la Ley General de la Educación, sus decretos reglamentarios, el Código de Infancia y Adolescencia y el Decreto 1290 del 2009, establece los siguientes propósitos:
a. Identificar y tener en cuenta las diferencias individuales, intereses y estilos de aprendizaje de los estudiantes.
a. Proveer la información necesaria para orientar los procesos educativos que lleven al desarrollo integral del estudiante.
a. Dar la información que lleva a la implementación de estrategias pedagógicas tendientes a ayudar a los estudiantes con dificultades o con desempeño superior en sus procesos de aprendizaje.
a. Establecer la promoción de sus estudiantes.
a. Proveer la información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.
ARTÍCULO VIGESIMO SÉPTIMO: Evaluación. La Institución Educativa define la evaluación como un proceso integral, continuo, sistemático y formativo que busca garantizar el aprendizaje significativo de los educandos a través de la implementación de estrategias que ayuden al estudiante a mejorar y a afianzar su proceso académico de acuerdo con su propio ritmo de aprendizaje, los parámetros legales y el proyecto educativo institucional.
ARTÍCULO VIGEIMO OCTAVO: Características de la Evaluación. Dentro de la Institución Educativa se tendrá en cuenta las siguientes características:
a. Continua: Es decir, que se realice de manera permanente con un seguimiento que permita verificar el avance y las dificultades que se puedan presentar en el proceso formativo de cada estudiante.
a. Integral: Tiene presente todos las habilidades, competencias y dimensiones del desarrollo del ser como estudiante.
a. Sistemática: Se parte de una evaluación diagnóstica la cual se registra periódicamente y es el punto de partida de apreciar y valorar el desarrollo de la estructura cognitiva del estudiante.
a. Significativa: Se organiza con base en principios pedagógicos y guarda relación con los fines y objetivos de la educación, los contenidos y el modelo pedagógico adoptado por la Institución.
a. Flexible: Reconoce los ritmos de aprendizaje de cada estudiante en sus diferentes aspectos, sus intereses, dificultades, capacidades y en general su proceso.
a. Cualitativa: Evidencia la descripción de los procesos y los niveles de aprendizaje desarrollados por el estudiante dentro de su proceso de enseñanza-aprendizaje.
a. Interpretativa: Se permitirá que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan reflexiones sobre los alcances y las fallas__SMC__ para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal.
a. Participativa: Se involucra en la evaluación al estudiante, docente, padre de familia y otras instancias que aporten a realizar unos buenos métodos en los que sean los estudiantes quienes desarrollen las clases, los trabajos, foros, mesa redonda, trabajo en grupo, debate, seminario, exposiciones, prácticas de campo y talleres, con el fin de que alcancen entre otras las competencias de analizar, interpretar y proponer, con la orientación y acompañamiento del profesor.
a. Formativa: Nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presenten indicios de reprobación en alguna área, analizando las causas y buscando que lo aprendido en clase, incida en el comportamiento y actitudes de los estudiantes en el salón, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve.
a. Cuantitativa: Valora los procesos de enseñanza-aprendizaje haciendo uso de instrumentos que permitan comprobar el desempeño alcanzado en cada área y/o asignatura.
a. Por competencias: En la cual los estudiantes adquieren la destreza de saber aplicar los conocimientos adquiridos en su contexto personal y social para favorecer su entorno.
ARTÍCULO VIGESIMO NOVENO: Estrategias de valoración integral de los estudiantes. El sistema de evaluación INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO es coherente con lo establecido en el Decreto 1290 por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. Dentro de sus lineamientos generales en términos de evaluación, a través de la comunicación permanente con el Consejo Académico se ha fijado a nivel institucional los siguientes parámetros a tener en cuenta:
a. La evaluación se entiende como aquello que nos permite identificar y verificar los niveles de aprendizaje de los conocimientos, las habilidades, competencias y los desempeños de un estudiante que avanza en un proceso de formación absolutamente claro tanto para el estudiante como, por razones obvias, para el maestro (de aquí la importancia de la etapa de formulación en todos los casos). Así la evaluación se convierte en sí misma en una valoración de la acción enseñanza y aprendizaje, lo cual lleva implícito tanto procesos internos como externos, tales como__SMC__ la responsabilidad, la autonomía, la motivación por aprender, los aciertos, las dificultades, el trabajo en equipo, entre otros.
a. La evaluación es continua y formativa a la vez. Cuando se dice que la evaluación es continua se refiere a que es permanente, de esta manera, lo que se evalúa debe ser resultado de una acción educativa durante un determinado tiempo, lo cual lleva en sí un proceso. El resultado no puede ser únicamente de un corte en un momento, debe ser continuo y formativo sin excluirse mutuamente.
a. La evaluación como estrategia formativa es aquella que se realiza con el propósito de valorar TODO el proceso, es decir, favorece o mejora constantemente aquello que está fallando: el proceso de aprendizaje de los estudiantes, la estrategia o metodología del docente, el material pedagógico que se utiliza al interior de las clases, la misma relación interpersonal, como es obvio los cambios o mejor la intervención en la mejora de un proceso tiene sentido hacerla mientras éste transcurre. Este tipo de evaluación pretende ayudar a responder la pregunta ¿cómo están aprendiendo y progresando los estudiantes? De acuerdo con la obtención de los desempeños que nos hemos propuesto. Sólo así se podrán introducir correcciones, añadir acciones alternativas y reforzar ciertos aspectos.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO: Propósito de la evaluación. La Institución Educativa de acuerdo con su Proyecto Educativo Institucional (P.E.I) establece los siguientes propósitos para el proceso de evaluación:
a. Mejorar los resultados de la calidad educativa, según metas institucionales, los indicadores establecidos en el plan estratégico y el fortalecimiento del proyecto educativo institucional.
a. Continuar con el proceso de formación en competencias y valores.
a. Buscar y crear estrategias que contribuyan al mejoramiento de los procesos educativos.
a. Reconocer el avance en los procesos de formación y desarrollo de competencias en cada estudiante.
a. Fortalecer en cada estudiante el desarrollo de sus capacidades, habilidades y competencias en diferentes contextos.
a. Identificar características personales, intereses, destrezas y ritmos de aprendizaje de los educandos.
a. Proporcionar al docente información para reorientar o consolidar sus prácticas pedagógicas.
a. Valorar el Proceso formativo y académico de cada estudiante para reconocer sus potencialidades, talentos y dificultades.
a. Propiciar espacios que aporten a la superación de las dificultades de los estudiantes.
a. Transversalidad en cada área con resultados verificables los propósitos de los proyectos: educación sexual, democracia, tiempo libre, medio ambiente y las competencias ciudadanas.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO: Tipo de Evaluación. La Institución Educativa adopta un sistema de evaluación descriptivo y cuantitativo. Donde se establecerán fortalezas, debilidades y recomendaciones para cada estudiante de acuerdo con el desempeño alcanzado en cada una de las áreas del plan de estudios, de igual forma se realizará un juicio valorativo en escala de uno (1,0) hasta cinco (5,0), tendiendo presente durante el proceso la:
a. Autoevaluación: Ejercicio de auto reflexión de las acciones y prácticas desarrolladas por los estudiantes de manera responsable y consciente.
a. Coevaluación: Se valoran los sujetos entre sí, intercambiando su papel de evaluadores y evaluados.
a. Heteroevaluación: Acción pedagógica en la cual el docente por su saber valora los desempeños y logros alcanzados por los estudiantes.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEGUNDO: Calendario Escolar. El año escolar está comprendido en cuarenta semanas las cuales se organizan en tres periodos académicos: primero y segundo de 13 semanas y el tercero de 14 semanas.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO: Escala de valoración. Teniendo en cuenta la autonomía otorgada a las instituciones en la Ley general de educación, planteada en el artículo 15 del Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994 que dice: “Cada establecimiento educativo goza de autonomía para formular, adoptar y poner, en práctica su proyecto educativo institucional” y con el propósito de mantener la Excelencia educativa, la institución establece una escala valorativa que define con precisión los rangos para cada uno de los ítems establecidos en el Decreto 1290 así:
a. Desempeño Superior (DS): El estudiante superó ampliamente los estándares, conocimientos, competencias, y logros propuestos. Obtuvo un desempeño entre el 90% y el 100%.
a. Desempeño Alto (DA): El estudiante superó los estándares, conocimientos, competencias y logros propuestos. Obtuvo un desempeño entre el 76%y el 88%.
a. Desempeño Básico (DBS): El estudiante alcanzó los conocimientos, estándares, competencias y logros propuestos con algunas dificultades. Obtuvo un desempeño entre el 62% y el 74%.
a. Desempeño Bajo (DBJ): El estudiante no alcanzó los conocimientos, estándares, competencias y logros propuestos. Obtuvo un desempeño entre el 20% y el 60%.
DESEMPEÑO BAJO: |
Evaluación obtenida entre |
1,0 y 3,0 |
DESEMPEÑO BASICO: |
Evaluación obtenida entre |
3,1 y 3,7 |
DESEMPEÑO ALTO: |
Evaluación obtenida entre |
3,8 y 4,4 |
DESEMPEÑO SUPERIOR: |
Evaluación obtenida entre |
4,5 y 5,0 |
ARTÍCULO TRIGÉSIMO CUARTO: Procesos de evaluación. La evaluación de la institución al ser integral dará cuenta:
a. PROCESO COGNITIVO: Dara cuenta de los contenidos adquiridos por los estudiantes en cada una de las áreas del plan de estudios, tendrá un valor del cincuenta por ciento (50%) de la evaluación, de este valor el veinte por ciento (20%) corresponde a la prueba escrita tipo SABER realizada al terminar cada periodo académico, de acuerdo al parágrafo primero del presente artículo.
a. PROCESO PROCEDIMENTAL Dara cuenta de la aplicación que realiza el estudiante de los conceptos desarrollados en cada una de las áreas del plan de estudios. Tendrá un valor del treinta por ciento (30%) de la evaluación de cada trimestre.
a. PROCESO ACTITUDINAL: Dara cuenta del desarrollo de competencias ciudadanas desarrolladas de manera transversal en cada una de las áreas y asignaturas del plan de estudios, en este proceso se realizará la Autoevaluación, Coevaluación y Heteroevaluación como estrategia para fortalecer la autoestima y la autonomía de los estudiantes. Tendrá un valor del veinte por ciento (20%) de la evaluación.
PARAGRAFO 1: Las asignaturas que realizan prueba escrita tipo SABER son: Matemáticas, Castellano, Sociales, inglés, Biología con 25 preguntas cada una. Química, Física, Tecnología e Informática, Educación Ética y Valores Humanos, Emprendimiento y Filosofía con 15 preguntas cada prueba, para. Las demás asignaturas del plan estudios el valor del proceso cognitivo es del 50% como lo indica el literal A del artículo décimo.
PARAGRAFO 2: En primaria para los grados cuarto y quinto la prueba escrita de Matemáticas, Castellano, Sociales, Ciencia naturales se realizará de 20 preguntas de selección múltiple (cuatro opciones) con única respuesta, para los grados segundo y tercero la prueba escrita se realizará de 15 preguntas.
PARAGRAFO 3: La prueba escrita de Educación Ética y Valores Humanos en los grados de cuarto y quinto deberán contener 15 preguntas de selección múltiple (cuatro opciones) con única respuesta, para los grados primero, segundo y tercero deberá contener 10 preguntas con las mismas condiciones.
PARAGRAFO 4: La prueba escrita de la asignatura de inglés para todos los grados de primaria deberá contener 10 preguntas de selección múltiple con única respuesta
PARAGRAGO 5: La auto evaluación y la coevaluación tendrán una rúbrica de evaluación conocida por los estudiantes al iniciar cada uno de los periodos académicos, al igual que la información amplia y suficiente de la conceptualización de cada una de ellas.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO QUINTO: Criterios de evaluación para los desempeños. Los siguientes son criterios de evaluación definidos para cada uno de los desempeños y que se tendrán en cuenta en las valoraciones finales de cada una de las áreas:
1. Desempeño Superior: Asume un comportamiento excelente y acorde con los valores y la filosofía propuesto en el Proyecto Educativo Institucional, alcanzando óptimamente los desempeños propuestos y ejecutando de manera apropiada los procesos que le permitan enriquecer su aprendizaje. Dará cuenta de:
a. Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución.
a. Su trabajo en el aula es constante y enriquece el aprendizaje en el grupo.
a. Aplica adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas, adoptando una posición crítica.
a. Respeta y participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros.
a. Su comportamiento y actitud, contribuye a la dinámica de grupo.
a. Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas desarrolladas en clase.
a. Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos.
a. Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad.
a. No tiene inasistencias, y aun teniéndolas, presenta excusas oportunamente, sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado.
a. Alcanza todos los desempeños propuestos sin actividades complementarias.
a. No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto de su relación con todas las personas de la comunidad educativa.
a. Manifiesta sentido de pertenencia hacia la institución.
a. Evidencia a través del desarrollo de las actividades la apropiación de las competencias generales del área, competencias laborales y competencias ciudadanas.
1. Desempeño Alto: Mantiene una actitud positiva y un comportamiento sobresaliente dentro de los valores y la filosofía de la institución, alcanzando satisfactoriamente los logros propuestos, en su proceso de aprendizaje. Dará cuenta de:
a. Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase.
a. Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades en el aula.
a. El trabajo en el aula es constante, aportando con discreción al grupo.
a. Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.
a. Su comportamiento favorece la dinámica de grupo.
a. Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso.
a. Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros.
a. Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas.
a. Alcanza todos los desempeños propuestos, pero con algunas actividades complementarias.
a. Tiene inasistencias a clase y las justifica oportunamente.
a. Manifiesta sentido de pertenencia hacia la institución.
1. Desempeño Básico: Presenta una actitud y comportamiento aceptable con los valores y la filosofía de la institución, cumpliendo los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños necesarios en el área.
a. Participa con regularidad en los debates de clases.
a. Su trabajo en el aula no es constante.
a. Relaciona los conceptos aprendidos con experiencias de su vida, pero necesita de colaboración para hacerlo.
a. Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y tareas__SMC__ las argumenta con dificultad.
a. Le cuesta aportar ideas que aclaren los conceptos vistos.
a. Su rendimiento académico y proceso formativo es inconstante.
a. Presenta dificultades de comportamiento.
a. Alcanza los desempeños mínimos con actividades complementarias dentro del período académico.
a. Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas.
a. Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas.
a. Manifiesta sentido de pertenencia hacia la institución.
1. Desempeño Bajo: Presenta actitud insuficiente y de desinterés ante los valores, la filosofía de la Institución y ante los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños básicos necesarios en el área. Lo demuestra a través de:
a. El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta progreso en su desempeño académico.
a. Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas.
a. Registra eventualmente sus consultas y el desarrollo de las temáticas.
a. Necesita ayuda constante para profundizar conceptos.
a. Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita.
a. Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos.
a. Afecta con su comportamiento la dinámica del grupo.
a. No alcanza los desempeños mínimos y requiere actividades de refuerzo y superación, sin embargo, después de realizadas las actividades para superar las dificultades no logra alcanzar los desempeños previstos.
a. Presenta faltas de asistencia injustificadas.
a. Presenta dificultades de comportamiento.
a. No tiene sentido de pertenencia hacia la institución.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEXTO: Actividades Complementarias. Proceso cuando un estudiante obtiene desempeños bajos en una o más áreas del plan de estudios
a. RECUPERACION. Este proceso se realiza durante el transcurso del periodo académico, a medida que se presenten las dificultades en los estudiantes. Se le entrega un informe al padre de familia finalizada la sexta semana de cada periodo, donde se le comunica las áreas en las cuales los estudiantes presentan dificultades.
a. SUPERACIÓN. Este proceso se realiza durante la última semana de cada periodo académico, con cada una de las áreas donde el estudiante que obtuvo un desempeño bajo o básico presentando dificultades en el desarrollo de las competencias y habilidades, pueda superarlas y por ende alcance desempeños altos o superiores.
a. NIVELACIÓN. Este proceso se desarrolla al finalizar el año escolar de acuerdo con el horario establecido por la institución, tienen derecho los estudiantes que hayan obtenido juicio valorativo con desempeño bajo en una (1) o dos (2) áreas del plan de estudios.
PARAGRAFO 1: Todo estudiante tiene el derecho de presentar la evaluación trimestral y las actividades complementarias en forma extraordinaria, cuando demuestre inconvenientes de fuerza mayor (incapacidad médica, calamidad doméstica o representación de la institución).
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SÉPTIMO: Criterios de Promoción por grado. Al finalizar el año escolar la comisión de evaluación y promoción realizará la respectiva legalización de la Promoción de cada grado de acuerdo con las siguientes situaciones:
a. Estudiantes que no tengan desempeño bajo en ninguna de las áreas del plan de estudios.
a. Estudiantes que habiendo perdido dos (2) áreas del plan de estudio y realizado su proceso de nivelación haya superado sus dificultades y el juicio valorativo no sea inferior a 3,5 en cada una de ellas.
a. Estudiantes que al finalizar el año escolar no hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 20% de las actividades académicas.
a. Para los estudiantes de grado once haber cumplido con las 120 horas de servicio social de acuerdo a lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional y el de servicio social
ARTÍCULO TRIGÉSIMO OCTAVO: NO PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES. Un estudiante reprueba el año escolar cuando presenta una o más de las siguientes situaciones:
a. Que realizado los procesos de SUPERACIÓN en cada uno de los tres (3) periodos académicos haya obtenido en el informe final desempeño bajo en tres (3) o más áreas del plan de estudios
a. Que realizado el proceso de NIVELACIÓN haya obtenido juicios valorativos menores a tres cinco (3,5) en un área del plan de estudios.
a. Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente el 20% o más a las actividades académicas durante el año escolar.
PARÁGRAFO 1: Cuando el área perdida, está compuesta por dos asignaturas, el proceso de recuperación, superación o nivelación se realiza solamente en la asignatura perdida.
PARÁGRAFO 2: La nota de la nivelación será consignada en el libro de calificaciones finales del año correspondiente.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO: Comisión de Evaluación y Promoción. El Consejo Académico establecerá para cada una de las sedes de la Institución, la comisión de evaluación y promoción quien estará integrada por el rector, tres docentes de la sede y un padre de familia (representante del Consejo de padres) quienes tendrán las siguientes funciones:
a. Realizar seguimiento al cumplimiento del sistema de evaluación de la institución.
a. Ejercer control sobre el proceso de evaluación e implementación de la misma en la Institución Educativa
a. Ser instancia del conducto regular de reclamaciones por situaciones de evaluación
a. Declarar a un estudiante desertor, cuando cumpla con los criterios establecidos por el Consejo Académico, estipulados en el Manual de Convivencia.
a. Determinar la pérdida de año de un estudiante por inasistencia de acuerdo con lo establecido.
a. Realizar en cada periodo académico el análisis del rendimiento académico de la sede, proponiendo las recomendaciones correspondientes.
a. Proponer modificación y ajustes ante el Consejo Académico del Sistema de Evaluación.
a. Legalizar la promoción en cada uno de los grados que integran la jornada dejando constancia en actas.
a. Asumir el proceso de organización y asesoría que permitan la promoción anticipada de los estudiantes.
a. Registrar cada una de sus reuniones en actas las cuales se darán a conocer a la comunidad educativa.
a. Organizar el cronograma de reuniones ordinarias para el año lectivo de la comisión de evaluación.
a. Tener su propio reglamento.
PARAGRAFO: Las sedes de Santa Rosa y San Eugenio por ser sedes unitarias, la comisión de evaluación y promoción estarán integradas por el rector, el o la docente y un padre de familia de la sede.
ARTÍCULO CUATRAGÉSIMO: Promoción anticipada de grado. Se considera promoción anticipada cuando un estudiante muestra altos desempeños en las diferentes áreas y asignaturas del plan de estudios del grado que está cursando.
1. INSTANCIAS: La institución educativa contara con dos momentos para el proceso de promoción anticipada
a. En la primera semana del año escolar se realizarán evaluaciones de suficiencia de conocimientos para los estudiantes que el año inmediatamente anterior no fueron promovidos previa solicitud escrita en el momento de la matrícula en el mes de diciembre, de las áreas o asignaturas que no permitieron su respectiva promoción.
a. Los docentes titulares de las áreas o asignaturas postularan ante el consejo academico la promoción anticipada de grado a grado, de los estudiantes que al corte del primer periodo académico (sexta semana) demuestren integralmente un desempeño alto o superior en el desarrollo de competencias y habilidades, además reúnan condiciones apropiadas de desarrollo cognitivo, actitudinal y procedimental para ser postulado a la promoción anticipada. Por lo tanto, se establecen las condiciones y procedimientos para realizar promoción anticipada de estudiantes que haya reprobado el año inmediatamente anterior o estudiantes que muestren las capacidades, habilidades, destrezas y actitudes para ser promovido en forma anticipada.
1. CONDICIONES:
a. Que en lo desarrollado hasta al corte del primer periodo académico (sexta semana) el estudiante obtenga en tres (3) o más áreas desempeño superior.
a. Que en lo desarrollado hasta al corte del primer periodo académico (sexta semana) el estudiante obtenga en cuatro (4) o más áreas desempeño alto.
a. Que no presente en el corte (sexta semana) desempeños bajos en ninguna área del plan de estudios.
a. No presentar registros de situaciones de tipo I o incumplimiento del acuerdo en forma reiterativa o de situaciones de tipo II y III en el observador del estudiante.
a. En las evaluaciones de suficiencia obtener juicios valorativos no inferiores al nivel básico. Las evaluaciones deben ser avaladas por la Comisión de Evaluación y Promoción.
PARAGRAFO: Los estudiantes que no hayan obtenido la promoción del año lectivo anterior, además de las condiciones establecidas deben cumplir con los siguientes requisitos:
a. Solicitar y desarrollar los trabajos pertinentes en cada una de las áreas reprobadas durante las cuatro primeras semanas del primer periodo para prepararse para la evaluación escrita.
a. Entregar los trabajos asignados en la quinta semana de clase.
1. PROCEDIMIENTO: La promoción anticipada por suficiencia de conocimientos requiere:
a. Solicitar por escrito la promoción anticipada hasta la sexta (6) semana del primer periodo académico por parte de los docentes ante el Consejo Académico.
a. Que el Rector verifique que las condiciones determinadas en el numeral primero (1) del presente artículo se han cumplido para continuar con el proceso de promoción.
a. Cumplidas las condiciones en forma apropiada se realizará la presentación de la promoción ante la comisión de evaluación y promoción, el cual dejará constancia en acta de la verificación y realizará el informe al Consejo Académica quien verificara el cumplimiento de los requisitos y solicitara al Consejo Directivo la promoción anticipada de los estudiantes que cumplieron satisfactoriamente el proceso.
a. El Consejo Directivo previa ratificación del padre de familia o acudiente, del interés de acceder a la promoción anticipada, dejará constancia en acta de reunión de la promoción y verificará se realice el proceso en el libro de promoción anticipada.
a. Los juicios valorativos finales para ese grado, de cada una de las áreas que componen el plan de estudios, serán obtenidos en los desempeños parciales del primer periodo.
a. Generar un plan de mejoramiento con el fin de disminuir la reprobación de los estudiantes en cada una de las asignaturas y áreas del plan de estudios de la institución.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO PRIMERO: Informes a los estudiantes y padres de familia. En cumplimiento del Artículo once (11) en los numerales cuatro (4) y seis (6) del Decreto 1290. La estructura y periodicidad de entrega de informes de los estudiantes a los padres de familia, la Institución establece que: La evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a tres períodos, al finalizar cada uno de los periodos los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se muestra la valoración en cada una de las áreas y la descripción del desempeño del estudiante en el transcurso del periodo escolar en términos de fortalezas, debilidades y recomendaciones, además de las ausencias presentadas durante cada periodo académico.
Al finalizar el año escolar se entregará a padres de familia o acudientes un informe final que incluirá una evaluación integral del rendimiento del estudiante para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá en cuenta el cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar dificultades en períodos anteriores.
En caso de que algún periodo haya sido valorado con desempeño bajo y las dificultades no hayan sido superadas con las actividades de recuperación propuestas, la valoración definitiva asignada será de desempeño bajo.
Los tres informes y el informe final de evaluación mostrarán el rendimiento en cada área mediante la escala enunciada y adoptado por la Institución.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEGUNDO: Valoración de Periodos Académicos: El primero y segundo periodo académico tendrán una valoración ponderada del 30% cada uno y el tercer periodo académico tendrá una valoración del 40%, de esta manera se completará el 100% de la evaluación.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO TERCERO: Procedimientos de área. Para conocer permanentemente el desempeño de los estudiantes en su rendimiento académico y establecer estrategias de mejora se tendrá presente:
a. Dar a conocer a los estudiantes y padres de familia, el plan de estudios de cada una de las áreas, a través de la página de la institución.
a. Establecer las condiciones de evaluación y metodología al inicio de cada uno de los periodos académicos, los cuales serán escritos en un acta, al comienzo de cada periodo.
a. Fijar el horario de atención a padres de familia por parte de los docentes de cada una de las áreas y grados de la institución.
a. Análisis del rendimiento académico al final de cada periodo, por parte del director de grado y estudiantes para establecer las estrategias de mejoramiento.
a. Entrega periódica, por trimestre, de informes académicos de acuerdo con el cronograma establecido en la planeación institucional y dado a conocer a la comunidad educativa a través de la página web de la institución.
a. Establecer acciones pedagógicas por parte de los docentes con los estudiantes que muestren desempeños bajos en su proceso académico.
a. Citación a padres de familia en casos de bajo rendimiento para establecer acciones de mejora del estudiante en sus desempeños, registrando acuerdos en el observador del estudiante.
a. Reunión trimestral del Consejo Académico, para análisis de casos de bajo rendimiento y estrategias de superación de las dificultades presentadas en el desarrollo de las actividades de la institución.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO CUARTO: Mecanismos de atención. La institución educativa establece los siguientes mecanismos de atención para mejorar el desarrollo académico de los estudiantes:
a. Asamblea de padres para informe periódico de rendimiento académico.
a. Citación a padres de familia o acudiente y atención dentro de las horas de jornada laboral previstas en el horario.
a. Atención por presentación voluntaria y espontánea dentro de las horas previstas en el horario.
a. Citación extraordinaria para casos colectivos de grados con bajo rendimiento académico.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO QUINTO: registro. Son estrategias planteadas por la institución con el propósito de contribuir a que el estudiante supere sus dificultades en su desempeño:
a. Seguimiento Académico: Desde las diferentes áreas y/o asignaturas cada docente, llevará un registro para identificar los avances del estudiante, así como, su incumplimiento en los deberes académicos, además de las inasistencias justificadas e injustificadas. Este seguimiento debe ser conocido oportunamente y firmado por el padre de familia y/o acudiente en el acta de actividades de superación para establecer compromisos y generar estrategias de mejoramiento académico. La planilla auxiliar cumplirá las funciones de registro del seguimiento.
a. Observador del Estudiante: En este instrumento se registrarán las faltas, compromisos del estudiante y padre de familia frente a su proceso académico, de igual forma se registra los estímulos que hayan obtenido los educandos.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEXTO: Estrategias para mejorar rendimiento académico. La Institución Educativa propone las siguientes estrategias de apoyo para resolver dificultades académicas de los estudiantes
a. Talleres de Orientación: La rectoría, el director de grado y el servicio de orientación escolar realizarán periódicamente talleres a estudiantes y padres de familia para quienes presenten dificultades académicas y orientar diversas estrategias de mejoramiento.
a. Refuerzos y/o Profundizaciones: Se realizarán actividades diseñadas por los docentes con el propósito de aclarar dudas y posibilitar un aprendizaje significativo de las competencias y habilidades propuestas para cada periodo académico. Los refuerzos se realizarán durante el desarrollo de cada uno de los periodos académicos (Recuperaciones y superaciones).
a. Plan padrino: La institución establecerá espacios para la superación de los desempeños orientado por los estudiantes de servicio social de la institución y supervisado por el docente responsable del proyecto de Servicio Social.
PARÁGRAFO: El estudiante que cumpla cabalmente con el propósito del plan padrino, como líder, será eximido de la prueba trimestral.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO: Registros Escolares. Se cuenta con registros individuales de seguimiento académico y de convivencia social en el cual se reporta los avances y las dificultades de los estudiantes, así como, los reportes particulares realizados a los padres de familia durante el proceso.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO OCTAVO: Plan de Estudios. La Institución establece un plan de estudios de acuerdo con su modalidad académica, en los niveles de: Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Académica__SMC__ basado en los parámetros generales establecidos por el Ministerio de Educación Nacional. Las áreas del plan de estudios son:
a. Ciencias Naturales: Comprendida por las asignaturas de Biología para básica y por Química y Física para media académica.
a. Humanidades: Comprendida por las asignaturas de Castellano y Compresión lectora.
a. Inglés: conformada por la asignatura de Idioma extranjero Ingles
a. Matemática: Conformada por las asignaturas de Matemática y Geometría
a. Sociales: Conformada por la asignatura de Sociales.
a. Tecnología e Informática: Conformada por las asignaturas de Tecnología e Informática.
a. Educación Artística: Conformada por la asignatura de Artes.
a. Educación Ética y Valores Humanos: Conformada por la asignatura de Ética.
a. Educación física, recreación y deporte: conformada por la asignatura de Educación Física.
a. Educación Religiosa: Conformada por la asignatura de Religión.
a. Emprendimiento: Conformada por la asignatura de Emprendimiento.
a. Filosofía: Conformada por la asignatura de Filosofía, se orienta en la educación media.
a. Ciencias Económicas: Conformada por la asignatura de Economía, se orienta en la educación media.
a. Ciencias Políticas: Conformada por la asignatura de Política, se orienta en la educación media.
Parágrafo 1: En la educación preescolar, la Institución apoya al niño en su desarrollo integral, fortalece las dimensiones éticas, comunicativa, cognitiva, corporal, socio-afectiva a través de experiencias de socialización pedagógica y recreativa. El informe valorativo será exclusivamente cualitativo –descriptivo, teniendo en cuenta las dimensiones planteadas.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO NOVENO: Servicio Social Estudiantil: De acuerdo a lo establecido en la resolución 4210 de septiembre de 2010 donde define los parámetros generales para el desarrollo del servicio social por parte de los estudiantes de la institución educativa como requisito para su graduación de bachilleres académicos y la regulación del proceso por parte del consejo directivo de la institución.
1. QUÉ ES EL SERVICIO SOCIAL: Es la práctica con la comunidad, que deben realizar los Estudiantes de Educación Básica Secundaria y Media Vocacional__SMC__ como aplicación de los conocimientos adquiridos a lo largo del proceso Educativo y en procura del desarrollo personal y comunitario acorde con los principios y fines claretianos.
1. FILOSOFÍA DEL SERVICIO SOCIAL: es la actividad de carácter temporal, que debe desempeñar el estudiante durante un tiempo fijado en la legislación, como requisito indispensable para obtener el título de Bachiller__SMC__ es una oportunidad para identificarse con la sociedad por los beneficios, competencias y capacidades obtenidos a través de su formación y educación. Se constituye un vínculo entre las Instituciones educativas y el sector público y social, además, permite integrar eficazmente los planes y programas de estudio a las necesidades y prioridades de desarrollo de las comunidades y el país.
1. CARÁCTER ACADÉMICO DEL SERVICIO SOCIAL: Es una retroalimentación permanente de la participación de los estudiantes, la del profesorado y personal directivo y administrativo__SMC__ quienes con autentico sentido de pertenencia, responsabilidad y compromiso social promuevan e impulsan programas de servicio social que sean el resultado del trabajo académico serio y disciplinado__SMC__ lo que indudablemente incidirá en la consolidación de la filosofía del colegio en el cumplimiento efectivo de su función social.
1. MISIÓN DEL SERVICIO SOCIAL: El servicio social cumple con las misiones académico comunitaria: El aspecto académico permite completar la formación teórica del estudiante. La relación estudiante comunidad, en su aspecto social representa una actividad de servicio que permite acercarse y apoyar a las comunidades de mayor urgencia social y sensibilizarse ante las necesidades de otros, incorporando en el proceso una serie de valores humanos y sociales que consolidan su formación integral.
1. EJES DE TRABAJO: Para cumplir con los objetivos y las metas del proyecto de servicio social se establecen los siguientes ejes de trabajo.
a. Proyecto de medio ambiente y de prevención y atención de desastres.
Actividades:
Conocimiento y sensibilización del proyecto.
Divulgación del proyecto.
ejecución de las actividades proyecto.
Evaluación del proyecto.
a. Junta de acción comunal.
Actividades:
Participación en las actividades programadas por la JAC.
Desarrollar el liderazgo comunitario.
Fomentar el trabajo comunitario.
a. El acueducto de la vereda.
Actividades:
Seguimiento y control de la utilización del agua.
Campaña de prevención, cuidados y ahorro del agua.
Conservación de las fuentes hídricas.
a. El restaurante escolar.
Actividades:
Seguimiento y control de entrada y salida de alumnos del restaurante.
Orientaciones para una sana y adecuada alimentación.
Control de peso y talla de los estudiantes que reciben la alimentación escolar.
Hacer parte del comité de alimentación Institucional
a. Proyecto de aprovechamiento del tiempo libre y recreación.
Actividades:
Organización de campeonatos en las diferentes ramas deportivas durante los descansos de primaria y secundaria.
Acompañamientos a juegos escolares e inter colegiados.
a. Escuelas de formación.
Actividades:
Creación de escuelas deportivas a nivel institucional
Creación de escuelas culturales a nivel institucional.
Participación en actividades culturales.
Generación de actividades culturales.
a. Clubes del saber.
Actividades
Fortalecer los conocimientos y competencias desarrolladas en la formación académica.
Ser promotor de los clubes del saber a través del desarrollo de la estrategia de padrinos.
Promover el mejoramiento académico a través de la implementación de diferentes estrategias con los estudiantes.
a. Programa Hermes.
a. Actividades
Participación en las actividades de capacitación de competencias para realizar conciliaciones para las situaciones de tipo I.
Promover la estrategia del programa Hermes entre los integrantes de la comunidad educativa.
Realizar las jornadas de sensibilización para una sana convivencia y para las mesas de conciliación institucional.
1. REQUISITOS PARA PRESTAR EL SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTADO
a. Estar matricula en el grado noveno, décimo u once
a. Asistir a una capacitación previa en el colegio y en la institución donde presta el servicio.
a. Ser puntual y portar completo el uniforme.
a. Presentar solicitud de servicio firmado por los profesores responsables.
a. Presentar hoja de control y seguimiento, las cuales deben ser firmadas por los coordinadores del Servicio Social en cada una de las agencias. (Se entregaron a los docentes del colegio cuando complete las horas estipuladas).
a. Acatar normas de la entidad donde está prestando el servicio social. El no cumplimiento de éstas será motivo para cancelación de las horas servidas hasta el momento de cometer la falta y se realizará el debido proceso de acuerdo a lo establecido en el manual de convivencia.
a. Desempeñar a cabalidad las funciones que les sean originadas según el proyecto.
a. Cuando se ha elegido un proyecto no se debe cambiar. Si por circunstancias muy justificadas lo hacen, debe ser con previa autorización escrita de los docentes responsables del Servicio Social.
a. Al terminar de prestar el Servicio Social cada educando debe presentar la hoja de seguimiento y control debidamente diligenciada y el certificado de cumplimiento, dado por la agencia donde prestó el servicio, firmada por la persona responsable con sello de la institución.
ARTÍCULO QUICUAGÉSIMO: Evaluación académica institucional. La Institución Educativa establece el sistema de evaluación anual para establecer si ha alcanzado los objetivos y las metas de calidad académica, propuestas en su Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en su plan de estudios__SMC__ propone correctivos y planes de mejoramiento, ya sea a través de la autoevaluación o evaluación externa.
ARTÍCULO QUICUAGÉSIMO PRIMERO: Autoevaluación académica institucional. La evaluación institucional anual que debe llevarse a cabo en cada una de las instituciones educativas según lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 115 de 1994. Tiene por objeto mejorar la calidad de la educación que se imparte y, por lo tanto__SMC__ debe tomar en cuenta las metas de calidad académica propuestas cada año en el plan de estudios y formular recomendaciones precisas para alcanzar y superar dichas metas.
ARTÍCULO QUICUAGÉSIMO SEGUNDO: Evaluaciones académicas externas. Las entidades territoriales periódicamente podrán controlar con entidades avaladas por el Ministerio de Educación Nacional evaluaciones académicas censales de los establecimientos educativos a su cargo. Dichas evaluaciones tendrán como referencia las normas técnicas que formule el Ministerio de Educación Nacional y se llevarán a cabo de acuerdo con la reglamentación que al respecto éste expida. Sus resultados deberán ser analizados tanto por las entidades territoriales__SMC__ como por los establecimientos individuales, con el propósito de tomar las medidas de mejoramiento necesarias.
ARTÍCULO QUICUAGÉSIMO TERCERO: Modificación del Sistema de Evaluación y Promoción. El presente acuerdo podrá ser modificado, anualmente, por solicitud escrita y sustentada por cualquiera de los organismos que conforman la Comunidad Educativa de la Institución. EL procedimiento se realizará de acuerdo con el artículo octavo del Decreto 1290 del 16 de abril de 2009, en el cual se debe cumplir como mínimo:
a. Socializar la modificación del sistema de evaluación con la comunidad educativa.
a. Aprobación de las modificaciones del sistema de evaluación por parte del Consejo Directivo.
a. Incorporar las modificaciones al Proyecto Educativo Institucional, articulándolo con las necesidades de los estudiantes, el plan de estudio y el currículo.
a. Divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes a la comunidad educativa.
a. Informar oportunamente a los estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen nuevos a la Institución Educativa.
CAPITULO VII
GOBIERNO ESCOLAR
Para la conformación del Gobierno Escolar se debe seguir procedimientos establecidos en las normas vigentes, especialmente aquellos que señalan la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de agosto del mismo año.
En el Gobierno Escolar se propone reconocer que el valor del trabajo cooperativo produce frutos para todos los que participan en él, es decir, se beneficiará la Institución con el aporte de los demás estamentos de la Comunidad Educativa y se beneficiará la Comunidad Educativa de ésta manera ganará el sistema educativo colombiano porque se mejorará la calidad de los procesos.
En la medida en que los integrantes del Gobierno Escolar conozcan, se identifiquen y se comprometan con el espíritu filosófico de la Institución, se alcanzarán buenos resultados, ya que todos estarán orientando sus esfuerzos a un mismo propósito. Esto implica que el rector y sus colaboradores, además de compartir una filosofía, la estén pregonando permanentemente.
ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO VIGÉSIMO CUARTOOCTAVO: INTEGRANTES GOBIERNO ESCOLAR. Para la elección de las personas que participan en el gobierno escolar se tendrá en cuenta:
1. Que posea las actitudes y valores más apropiados para representar a sus compañeros en el gobierno escolar.
2. Mostrar los más altos niveles de pertenencia a la Institución.
3. Tener un alto grado de disponibilidad para el servicio en el mejoramiento de los procesos Institucionales
4. Mostrar capacidad de liderazgo como el convocar, convencer, proponer y creatividad en entre otros
5. No presentar situaciones que afecten las relaciones con los miembros de la comunidad.
ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO VIGÉSIMO QUINTONOVENO: Órganos del Gobierno Escolar.
1. Órganos de Dirección: entendido como aquel grupo de personas al frente de una comunidad educativa. A él pertenecen: El Consejo Directivo, El Consejo Académico y el Rector
2. Órganos de Defensoría: La Constitución Política de 1991 y la Ley 115 de 1994, han sido creadas para dar a los colombianos mayores posibilidades de participar y de intervenir en las decisiones que afectan sus intereses. En el caso de la juventud, se promueve su participación en la toma de decisiones que estén a su alcance, la idea es que los jóvenes dejen atrás la actitud de simples receptores de órdenes y reglamentos, y se den la oportunidad de exigir en la institución los derechos que les pertenecen, haciendo uso de la democracia mediante la elección de su representante al consejo Estudiantil y el personero.
3. Órganos Asesores: son aquellos que aconsejan o ilustran al Gobierno Escolar en aspectos relacionados con la educación. Como organizaciones asesoras están: Asociación de Padres de Familia y/o Consejo de Padres de familia.
4. Órganos de Conciliación: son aquellos que ayudan a realizar conciliaciones de situaciones tipificadas en la ley 1620 entre los integrantes de la comunidad educativa de la Institución encontramos el comité de convivencia escolar__SMC__ el programa HERMES es liderado por los estudiantes donde se realizan conciliaciones de situaciones de tipo 1 entre estudiantes.
ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO TRIGÉSIMO: Órgano de Dirección: Consejo directivo Encargado de tomar las decisiones relacionadas con el funcionamiento de la Institución, planear y evaluar el PEI, el currículo y el plan de estudios__SMC__ adoptar el Acuerdo para la Convivencia__SMC__ resolver conflictos entre docentes y administrativos, con los estudiantes__SMC__ definir el uso de las instalaciones para la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales__SMC__ aprobar el presupuesto de ingresos y gastos, entre otras.
1. CONFORMACIÓN:
a. El Rector del establecimiento educativo, quien lo convocará y presidirá.
b. Dos representantes de los docentes de la Institución__SMC__ elegidos por mayoría en asamblea de docente.
c. Dos representantes de los padres de familia__SMC__ elegidos por la junta directiva del Consejo de Padres.
d. Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado de educación que ofrezca la Institución.
e. Un representante de los egresados de la Institución.
f. Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo.
Parágrafo 1°. Dentro de los primeros treinta (30) días calendario, siguientes al inicio de las clases del primer periodo lectivo anual deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones con tal fin el Rector convocará con la debida anticipación los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes. El concejo directivo se reunirá de manera trimestral por lo menos dos veces convocando con cinco días de antelación.
2. Funciones del consejo directivo El Consejo Directivo como máxima autoridad de la Institución tiene las siguientes funciones:
a. Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad.
b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes y las estudiantes del establecimiento educativo, después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.
c. Adoptar el Acuerdo para la Convivencia Escolar y el reglamento de la Institución.
d. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes
e. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
f. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector.
g. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del Currículo y del Plan de Estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los reglamentos.
h. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa.
i. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante y la estudiante que, han de incorporarse al Acuerdo para la Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
j. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
k. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales ( sin que se ingiera bebidas enviagrantes) de la respectiva comunidad educativa.
l. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras Instituciones Educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
m. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
n. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto.
o. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los y las estudiantes, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y darse su propio reglamento.
ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO TRIGÉSIMO PRIMERO: Órgano asesor: Consejo académico: Al Consejo Académico le corresponde asesorar al Rector en la Administración del Currículo de la Institución de acuerdo con la política educativa nacional. Está integrado por: Rector Un Docente por cada área definida en el Plan de Estudios.
1. Funciones del consejo académico.
a. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
b. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto.
c. Organizar el Plan de Estudios y orientar su ejecución.
d. Participar en la evaluación institucional anual.
e. Conformar las comisiones para la evaluación y promoción para cada grado, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
f. Recibir y decidir los reclamos de los y las estudiantes sobre la evaluación educativa y
g. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional.
ARTÍCULO QUICUAGÉSIMO TRIGÉSIMO OCTAVOSEGUNDO: Órgano de Dirección: Rector. Encargado de dirigir la reformas y actualización del PEI con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa, responder por la calidad de la prestación del servicio, presidir los consejos directivo y académico, coordinar los demás órganos del Gobierno Escolar, además de formular y dirigir la ejecución de los planes anuales de acción y de mejoramiento de la calidad.
1. Funciones del rector o director: El rector o director de las Instituciones Educativas Públicas, que serán designados por concurso, además de las funciones señaladas en otras normas, tendrá las siguientes:
a. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
b. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.
c. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.
d. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución.
e. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
f. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación Distrital, Municipal, Departamental o quien haga sus veces.
g. Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.
h. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.
i. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.
j. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
k. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.
l. Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos
m. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su Institución.
n. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses.
o. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la presente ley.
p. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.
q. Las demás que le asigne la secretaría de educación de Cundinamarca para la correcta prestación del servicio educativo.
ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO NOVENOTRIGESIMO TERCERO: Consejo Electoral: Los docentes del proyecto de democracia organizaran en la primera semana del mes de febrero el Consejo Electoral para realizar el proceso de elección de los representantes del gobierno escolar por parte de los estudiantes.
1. Conformación: El consejo electoral estará integrado por cinco (5) miembros con representación un estudiante de quinto de básica primaria, uno de noveno, uno de décimo uno de grado once de educación media y un docente del proyecto de democracia, los estudiantes interesados se postulan ante los docentes del proyecto de democracia.
2. Funciones: El consejo tendrá las siguientes funciones:
a. Nombrar en reunión el presidente del consejo electoral
b. Motivar a sus compañeros a participar en los diferentes estamentos del gobierno escolar
c. Recibir la inscripción de los candidatos al consejo de estudiantes, personería, contraloría estudiantil y delegado al consejo directivo.
d. Verificar conjuntamente con la rectoría el cumplimiento de los requisitos por cada uno de los candidatos inscritos.
e. Expedir certificación de la inscripción de los candidatos cada uno de los estamentos de representación estudiantil
f. Recibir las propuestas de trabajo de los candidatos a la personería, contraloría y verificar la coherencia con las funciones de cada representación.
g. Organizar un debate entre los candidatos a los diferentes entes del gobierno escolar, las preguntas las realizarán previamente los estudiantes y serán seleccionadas por el consejo electoral y los docentes del proyecto de democracia.
h. Organizar lo correspondiente a la jornada electoral
i. Verificar el proceso de elecciones en los dos días siguientes a la realización de las elecciones
j. Informar mediante acta a la rectoría los nombres del personero (a), contralor(a) y delegado(a) de los estudiantes al consejo directivo.
k. Recibir las solicitudes de derogatoria de elección de cualquier estudiante representante al gobierno escolar.
l. Decidir conjuntamente con los docentes del proyecto de democracia las solicitudes de derogatoria.
m. Las demás que el proyecto educativo y las normas determinen.
ARTÍCULO SEXAGÉSIMOTRIGÉSIMO CUARTO: Órganos de defensoría: Requisitos para ser candidato a personería, contraloría, delegado al consejo directivo y consejo de estudiantes: Los estudiantes aspirantes deben cumplir con:
a. Estar legalmente matriculado, con antigüedad de dos años en la Institución.
b. Observar buen comportamiento dentro de la institución y en los actos de comunidad
c. No haber incurrido en situaciones de tipo II y III de acuerdo a la ley 1620 en el año inmediatamente anterior.
d. No haber incurrido en faltas graves o gravísimas tipificadas en el año inmediatamente anterior.
e. Que muestre interés en el cumplimiento en la mayoría de las actividades académicas.
Parágrafo 1: Los candidatos o candidatas a la personería deben ser estudiantes del grado once de la Institución.
Parágrafo 2: Los candidatos o candidatas a la contraloría estudiantil deben ser estudiantes del grado decimo u once de la Institución.
ARTÍCULO SEXAGÉSIMO TRIGÉSIMO PRIMEROQUINTO: Consejo Estudiantil. El consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los estudiantes que cursan cada grado con el fin de que elijan, mediante votación secreta y mayoría simple un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.
1. Conformación: Los y las estudiantes del nivel Preescolar y los 3 primeros grados del Ciclo de Primaria serán convocados a una Asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado. La representación quedará integrada por un vocero de cada uno de los grados de tercero a undécimo ofrecidos en la Institución.
2. Funciones del consejo estudiantil.
a. Darse su propia organización interna.
b. Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
c. Desarrollar actitudes de participación política.
d. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
e. Asesorar a los estudiantes en el manejo de conflictos y orientarlos en el cumplimiento de sus deberes.
f. Reunirse periódicamente en horarios extra-clase.
g. Propiciar la capacidad del liderazgo.
h. Facilitar la participación de los educandos en la toma de decisiones.
i. Desarrollar la capacidad crítica y analítica.
j. Formar en el respeto a la vida, los derechos humanos, la paz, los principios democráticos de convivencia, justicia, solidaridad, equidad, así como el ejercicio de la tolerancia y la libertad.
k. La Constitución Política de 1991 y la Ley 115 de 1994, han sido creadas para dar a los colombianos mayores posibilidades de participar y de intervenir en las decisiones que afectan sus intereses. En el caso de la juventud, se promueve su participación en la toma de decisiones que estén a su alcance, la idea es que los jóvenes dejen atrás la actitud de simples receptores de órdenes y reglamentos, y se den la oportunidad de exigir en la institución los derechos que les pertenecen, haciendo uso de la democracia mediante la elección de su representante al consejo Estudiantil y el personero.
ARTÍCULO SEXAGÉSIMO TRIGÉSIMO SEGUNDOSEXTO: Personero estudiantil. Corresponde a un o una estudiante que curse el grado undécimo y será el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia. El Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto dentro de los treinta (30) días calendario, siguiente al de iniciación de clases.
1. Funciones del personero.
a. Utilizar diferentes estrategias para que los estudiantes conozcan y se apropien del Manual de Convivencia de la Institución.
b. Promover el cumplimiento de los derechos de los estudiantes para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros y otras formas de deliberación
c. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que formulen cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los y las estudiantes
d. Presentar ante el Rector, solicitudes de oficio a petición de partes que considere necesaria para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
e. Asistir a capacitación sobre Derechos Humanos programados por la Institución.
f. Cuando lo considere necesario apelar ante el consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, la decisión del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
g. Poner en conocimiento al rector, de los hechos que impliquen situaciones irregulares.
Parágrafo 1: El ejercicio del cargo de Personero de los estudiantes es incompatible con el Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo
Parágrafo 2°. En caso de incumplimiento de sus funciones del Acuerdo para la Convivencia Escolar reiteradamente y cuando lidere en forma negativa acciones en contra de los principios y la filosofía de la institución, se le revocará del cargo por solicitud del treinta (30%) de los estudiantes que participaron en el proceso electoral.
Parágrafo 3°. Cuando se presente un caso de “presunción” de un hecho de sustracción de un bien o un dinero (robo) o cualquier caso que requiera la realización de una “requisa” el UNICO FACULTADO, para realizar dicha labor con la correspondiente veeduría de los docentes y demás compañeros, es el personero o personera estudiantil, consignando los hechos en un acta que detalle las circunstancias y los detalles de la presunción y posible sustracción del bien o del dinero. Puede ser apoyado en esa tarea por el representante de los estudiantes ante el consejo directivo.
ARTÍCULO SEXAGÉSIMO TRIGÉSIMO TERCEROSEPTIMO: Contraloría Estudiantil Este cargo de representación lo podrá ejercer un o una estudiante de grado décimo u once de la Institución. El Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto dentro de los treinta (30) días calendario, siguiente al de iniciación de clases.
1. Funciones del o la Contralora estudiantil
a. Contribuir a la creación de la cultura del Control Fiscal, del buen uso y manejo de los recursos públicos y bienes de la institución educativa y de los proyectos del Departamento de Cundinamarca.
b. Vincular a los estudiantes en el desarrollo de las tareas que corresponde a la Contraloría Escolar, con el fin de generar una mayor cultura y conocimiento del ejercicio del Control Fiscal que compete a las contralorías, en el quehacer de cada Institución Educativa, para velar por la gestión y los resultados de la inversión pública en los proyectos de su Entidad.
c. Velar para que los proyectos ejecutados por las diferentes Secretarías del Departamento de Cundinamarca y sus entidades descentralizadas en la institución educativa o en el entorno de ésta, satisfagan los objetivos inicialmente previstos.
d. Velar porque la disposición, administración y manejo del Fondo de Servicio Educativo, Restaurante Escolar, Tienda Escolar, Proyectos del Presupuesto Participativo, Proyectos del Departamento de Cundinamarca en su respectiva institución educativa y su entorno tengan resultados satisfactorios frente a las necesidades inicialmente establecidas.
e. Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa, sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de las instituciones educativas.
f. Velar porque los procesos de contratación que realice la institución educativa, contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los educandos y educadores.
g. Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Manual de Convivencia, el presupuesto y el plan de compras de la institución educativa.
h. Formular recomendaciones o acciones de mejoramiento al Rector y al Consejo Directivo, sobre el manejo del presupuesto y la utilización de los bienes.
i. Presentar a la Contraloría de Cundinamarca los resultados de las evaluaciones realizadas a los diferentes procesos y proyectos de la institución, para que ésta defina si es procedente o no determinar la existencia de un hecho fiscal.
j. Presentar a la comunidad educativa los resultados de su gestión previa verificación de la Contraloría de Cundinamarca.
k. Promover la rendición de cuentas en las Instituciones Educativas.
l. Estimular, velar, promover por el cuidado del medio ambiente
ARTÍCULO SEXAGÉSIMO TRIGÉSIMO CUARTOOCTAVO: Revocatoria de elección de representantes de los estudiantes al gobierno escolar:
1. Situaciones que ameritan solicitud de revocatoria de elección: Los estudiantes podrán solicitar ante el consejo electoral la revocatoria de la representación del personero o el contralor estudiantil cuando se presente una o más de las siguientes situaciones:
a. Reincidencia permanente en situaciones de tipo I o faltas leves durante un trimestre académico.
b. Incumplimiento reiterado de los compromisos realizados por las situaciones de tipo I o las faltas leves cometidas durante un trimestre académico.
c. Actitudes inapropiadas en actividades de la comunidad educativa o en su representación que falten notoriamente la imagen institucional
d. Incumplimiento notorio del plan de trabajo presentado a los estudiantes para ser elegido como representante al gobierno escolar en calidad de personero o contralor estudiantil.
e. Causar daños a la propiedad de la institución o cualquier miembro de la comunidad educativa.
2. Procedimiento de revocatoria: La revocatoria de la representación del personero o contralor estudiantil se realiza ante el Consejo electoral:
a. Se realiza solicitud escrita por no menos del 30% de los estudiantes que participaron en el proceso electoral, justificando las razones por las cuales se solicita la revocatoria de la elección.
b. La solicitud se realiza entre los meses de abril a septiembre del calendario escolar
c. El consejo electoral en reunión extraordinaria realizara el análisis de la solicitud y fundamentara la decisión de proceder o negar la revocatoria de elección de personero o contralor estudiantil.
d. En caso de existir los méritos para la revocatoria se determina la fecha para realizar la votación de revocatoria con tarjetón con la pregunta clara de la revocatoria
e. Para que se dé la revocatoria se debe obtener un porcentaje no menor al 60% de la votación de la respectiva elección.
3. Elección Si existe revocatoria de Personero o contralor estudiantil: si la revocatoria procede antes del mes de agosto el consejo electoral procede a realizar nuevamente elecciones del cargo vacante, si por el contrario la revocatoria se realiza posterior al mes de agosto el consejo electoral nombrara un estudiante en el cargo que cumpla con los requisitos establecidos en el presente manual.
ARTÍCULO SEXAGÉSIMO TRIGESIMO QUINTONOVENO: Consejo de padres de familia: Según Decreto 1286 de 2005 Artículo 5 El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de familia la Institución Educativa destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por dos (2) padres de familia por cada uno de los grados.
Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el Rector del establecimiento educativo convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el consejo de padres de familia.
La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.
El consejo de padres de familia contara con los comités de trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento Institucional, de conformidad con los planes de trabajo que acuerde con el rector, además podrán contar con la participación de un docente designado por el rector para tal fin.
Es un órgano de participación educativa que no requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie.
Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria del rector o por derecho propio según lo determine su presidente. Las sesiones del consejo de padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos.
3.2 Funciones del consejo de padres de familia: Corresponde al consejo de padres de familia
a. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.
b. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de Competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la educación Superior ICFES.
c. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
d. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.
e. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño y el cumplimiento de la ley de infancia.
f. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
g. Presentar propuestas de mejoramiento del Acuerdo para la Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.
h. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
i. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 1290 de 2009.
j. Presentar las propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.
k. Elegir el representante de los padres de familia en el consejo directivo.
Parágrafo 1°. El Rector del establecimiento educativo proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones.
Parágrafo 2°. El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.
ARTICULO CUADRAGÉSIMO. Comité Escuela de Familia: Es un equipo de trabajo conformado por rectoría, grupo de docentes (5), representante de padres de familia (2) y estudiantes (2), donde se planean y realizan encuentros familiares, de carácter obligatorio, dando estricto cumplimiento a lo establecido en la Ley 2025 de julio 23 de 2020, los Artículos 17, 18, 38, 39, Articulo 41 en sus numerales 8 y 9, Articulo 42 en su numeral 5 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia, Artículos 42 y 67 de la Constitución Política de Colombia y lo establecido en la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (1989), los artículos 18, 42 numeral 5 y a las sentencias de la Corte Constitucional que determinan la educación como un derecho – deber, con el fin de para desarrollar procesos de capacitación, formación, orientación y acompañamiento a la labor pedagógica y formativa de los padres y madres de familia y cuidadores, de los niños, niñas y adolescentespadres de familia, igualmente busca descubrir nuevas posibilidades para mejorar cualitativamente la calidad de vida, a través de un contacto grupal, diálogo franco, concertación y compromiso de cada uno de los miembros de la familia y .
El objetivo de la Escuela de Padres es rrecuperar por parte deen la familia la conciencia de los valores éticos y morales que son la esencia de la persona humana como tal y que son importantesse imponente hoy en día para la renovación de la sociedad con un uso orientado a hacer en toda su verdad, en su libertad y dignidad.
Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el Rector del establecimiento educativo convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes ante el comité de Escuela de familia.
4.1 Funciones del Comité Escuela de familia.
a. Llevar el registro físico de los compromisos firmados por los padres y madres de familia y acudientes al inicio del año escolar.
b. Actualizar cuando sea necesario o solicitado la caracterización de las familias.
c. Realizar el Plan Operativo Anual seleccionando de acuerdo a las necesidades y el contexto los temas a trabajar en cada uno de los encuentros con los padres y madres de familia y cuidadores.
d. Diseñar cada uno de los encuentros teniendo en cuenta los temas seleccionados para el año escolar con el apoyo de orientación y Escuela de Familia Municipal.
e. Participar de forma activa en la ejecución de cada uno de los encuentros diseñados de acuerdo con la planeación y asignación de tareas.
f. Llevar el control de la asistencia de los padres y madres de familia y cuidadores de cada uno de los cursos de primaria, secundaria, media, escuelas rurales y entregar una copia a los directores de curso para el correspondiente ingreso del registro en la plataforma.
g. Generar y analizar la estadística de asistencia y resultados (insumos) de cada uno de los encuentros, con el fin de determinar los cambios necesarios para el mejoramiento y cumplimiento de los objetivos para el siguiente año escolar.
h. Presentar propuestas de mejoramiento en el marco de la Constitución y la Ley.Esta soportada su asistencia de carácter obligatorio en los Artículos, 17, 18, 39, Articulo 41 en sus numerales 8 y 9, Articulo 42 en su numeral 5 de la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia y en la Ley de garantes y la cartilla de inclusión emanada por el Ministerio de Educación Nacional.
ARTICULO CUADRAGÉSIMO PRIMERO. Asociación de padres de familia: Es la vocera de los padres de Familia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO, tendrá su reglamento propio y personería Jurídica reconocida por el Gobierno Departamental y desarrollará las siguientes actividades:
a. Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua evaluación, para lo cual podrá contratar asesorías especializadas
b. Promover programas de Formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea Educativa que les corresponde.
c. Establecer lazos de comprensión y colaboración con los Docentes, dando cumplimiento al Artículo 42 numeral 5 de la ley 1098 de Infancia y Adolescencia.
d. La junta directiva de la Asociación de Padres de Familia elegirá un representante ante el Consejo Directivo.
Prohibiciones para las asociaciones de padres de familia: Les está prohibido a las Asociaciones de Padres de Familia:
a. Solicitar a los asociados o aprobar a cargo de éstos, con destino al establecimiento educativo, bonos, contribuciones, donaciones, cuotas, formularios, o cualquier forma de aporte en dinero o en especie, o imponer la obligación de participar en actividades destinadas a recaudar fondos o la adquisición de productos alimenticios de conformidad con lo establecido en la sentencia T-161 de 1994.
b. Imponer a los asociados la obligación de participar en actividades sociales, adquirir uniformes, útiles o implementos escolares en general, en negocios propios de la asociación o de miembros de ésta, o en aquellos con los que establezcan convenios.
c. Asumir las competencias y funciones propias de las autoridades y demás organismos colectivos del establecimiento educativo, o aquellas propias de los organismos y entidades de fiscalización, evaluación, inspección y vigilancia del sector educativo.
d. Organizar, promover o patrocinar eventos en los cuales se consuma licor o se practiquen juegos de azar.
Parágrafo 1°. Los miembros de la junta directiva de la asociación de padres de familia no podrán contratar con la respectiva asociación. Tampoco podrán hacerlo sus padres, cónyuges o compañeros permanentes o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
CAPITULO VIII
SERVICIOS OFRECIDOS POR LA INSTITUCION Y PAUTAS DE BUEN COMPORTAMIENTO
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEGUNDO: LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO cuenta con los siguientes servicios, los cuales buscan el bienestar estudiantil y por ello , es necesario establecer pautas para el buen uso de ellos que incluyen disciplina y convivencia
1. Tienda Escolar: Este servicio, se presta tanto a estudiantes, profesores y demás personal que labora en LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO en el horario establecido según la resolución de jornada académica de la Institución. La prestación de este servicio se hará mediante licitación previa, ajustándose a un contrato, cumpliendo con las normas de higiene, precios y venta de artículos que contribuyan a la vida saludable de los integrantes de la comunidad educativa. Se tiene en cuenta el Decreto 373 del 07 de octubre de 2022, expedido por la gobernación de Cundinamarca, por el cual se establecen los parámetros para reglamentar las tiendas escolares saludables en las Instituciones Educativas del Departamento.
2. Restaurante Escolar: A través de la Secretaria de Educación de Cundinamarca, se ofrece en la Institución el Programa de Refrigerio Reforzado a los estudiantes que presenten un bajo nivel nutricional__SMC__ para ayudarlos a tener un sano crecimiento y desarrollo físico y mental acordes con las diferentes etapas bBiológicas propias del ser humano. Este programa de alimentación escolar (PAE) es brindado a todos los estudiantes de la institución educativa en modalidad refrigerio reforzado para estudiantes de preescolar, primaria y básica secundaria, y de Refrigerio tipo almuerzo para estudiantes de media académica, que se encuentran vinculados al proceso de articulación con la media técnica del SENA.
3. Deportes: La INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO ofrece actividades deportivas y recreativas en las diferentes disciplinas, en convenio con el Instituto municipal de deportes y demás entes, buscando desarrollar las habilidades que cada uno de los estudiantes demuestre y potenciarlas con el propósito de hacser del estudiante un deportista de alto rendimiento. Estas actividades complementarias son ofrecidas por los diferentes estamentos municipales y su control y responsabilidad dependen directamente del prestador del servicio, por realizarse en jornada complementaria a la escolar.
1. Préstamo de libros: La Institución Educativa Departamental San Benito al no tener las instalaciones y el personal para el funcionamiento de la biblioteca tendrá en cada uno de los salones de los docentes los libros y textos de acuerdo a la especialidad del docente, estos estarán bajo[SB4] la responsabilidad del docente quien podrá establecer las estrategias para prestarlos a los estudiantes. Las enciclopedias y libros especializados reposaran en la secretaria de la institución y se prestaran a los estudiantes y docentes a través de la estrategia que se defina por el personal administrativo.
Quien dañe, mutile, raye libros o material que haya sido prestado por la institución deberá responder, entregándolo en buen estado o de lo contrario deberá cancelar el costo de este que en el momento este en el comercio y no existe su equivalente.
4. SALA DE COMPUTO: La sala de computo es de uso exclusivamente pedagógico__SMC__ cada persona que haga uso de esta debe respetar los elementos que existen allí y cuidarlos como si fueran de su propiedad.
Para el uso de la sala de cómputo se establecen las siguientes normas:
a. Conocer y cumplir el reglamento del usuario.
b. Al ingresar a la sala de cómputo, el usuario debe hacerse responsable del Computador y materiales del servicio.
c. Seguir estrictamente las instrucciones del docente. profesor.
d. Ubicarse ordenadamente en el puesto asignado por el docente y utilizar siempre el computador asignado.
e. Verificar que el computador, mueble y elementos de la sala están en perfectas condiciones e informar cualquier anomalía antes de comenzar.
f. Realizar las actividades asignadas por el docente y solicitar aclaraciones en caso de dudas.
g. Antes de finalizar la clase entregar al monitor o docente s los elementos utilizados durante el desarrollo de la clase.
h. En caso de daño o pérdida de cualquier elemento entregado o utilizado, avisar inmediatamente al docente.profesor.
i. Cuando el docente lo determine trabajar en el grupo asignado.
j. Abstenerse de manipular tomas, cables, instalaciones eléctricas, para evitar accidentes.
k. Los equipos de cómputo tienen una organización en la sala por lo tanto no se deben cambiar de sitio.
l. Abstenerse de sacar elementos que pertenecen a la sala de sistemas sin la previa autorización del docente responsable.
m. El Usuario es responsable ante la institución por daños que se produzcan a los equipos, muebles y enseres de la sala de sistemas.
n. El trabajo de la sala debe hacerse en ambiente de silencio, la perturbación del ambiente obstaculizará el trabajo de otras personas y se sancionará con suspensión del servicio por un tiempo limitado.
o. Tanto por razones higiénicas como de conservación de equipos está prohibido comer en la sala de sistemas.
p. Antes de hacer uso de los equipos, los usuarios deberán lavarse perfectamente las manos.
q. Está prohibido usar tiza u otro elemento que generen polvo o partículas que puedan dañar los equipos.
a. Queda estrictamente prohibido mover las impresoras de las estaciones de trabajo y los monitores.
r. Los usuarios deberán traer los implementos necesarios para el trabajo en la sala, cuidando de no rayar, ni dañar los equipos con lápiz, esfero u otros materiales, lo mismo que evitar colocar los dedos sobre la pantalla, ni mucho menos mover las conexiones de los equipos e interruptores.
s. Los usuarios deberán llegar a la hora fijada a la sala, trabajar el tiempo disponible y faltando cinco minutos para terminar, grabar en su herramienta de almacenamiento y dejar su puesto de trabajo en orden. El docente profesor pasará por cada puesto revisando el equipo y los usuarios firmarán la planilla correspondienteel Control del centro de Cómputo.
t. Prohibido el ingreso y exploración de páginas web no autorizadas. Tal situación amerita registro en el observador del estudiante.
u. El acudiente del estudiante deberá responder por daños de software y hardware que el estudiante realice al equipo.
v. No se deben instalar programas ni descargar archivos sin la autorización del docente.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO TERCERO: Formatos de Atención: La institución educativa tendrá los siguientes formatos de atención de las situaciones de convivencia
a. Observador del estudiante: donde se registran las diferentes situaciones presentadas por parte del estudiante con referencia a su proceso académico y de convivencia, además, las menciones o la participación en las izadas de bandera por los desempeños óptimos que muestre el estudiante en las diferentes actividades institucionales.
b. Acta de Conciliación: En el momento que a través del programa Hermes se solicite un estudiante para realizar una conciliación se utilizaráa el formato dispuesto por Ccámara de Ccomercio para este ejercicio.
c. Versión libre: En el momento que se presume que el estudiante incurrió en una falta se solicita realice un escrito donde se pregunta sobre la situación presentada., Dde acuerdo a lo escrito se continua con el debido proceso.
d. Versión libre en Presencia del Padre de Familia o Acudiente: En el momento que se evidencie que el estudiante puede estar implicado en ocurrencia de una situación tipo I, II o III falta grave, gravísima o de una situación de tipo II o III se procede a citar los padres de familia o acudientes del estudiante como garantes del debido proceso.
e. Compromisos Padres de Familia – Estudiantes: En el momento que se requiera realizar compromisos de los padres de familia conjuntamente con su hijo se realizará a través del respectivo formato determinado para ello.
f. Resolución de desescolarización o cancelación de matrícula: Cuando se requiera realizar un correctivo que amerite la suspensión de un estudiante de las actividades académicas normales se realiza con resolución motivada por parte de la rectoría.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO CUARTO. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN: La institución educativa establece los siguientes protocolos de atención para las situaciones especiales que requieren apoyo de otros entes de control.
ACOSO ESCOLAR, ACOSO SEXUAL VIOLENCIA INTRAFAMILIAR |
Recibir la queja u observar la situación |
Docentes |
Realizar Versión de la Situación |
Informar Rectoría |
Remite Orientación Escolar |
Realiza entrevista |
Determina si hay Presunción de la Situación |
Informe Red del Buen Trato |
Remisión Comisaría de Familia |
Remisión Comité Convivencia |
Análisis de la Situación |
Seguimiento de Remisiones |
Informe Comité Municipal de Convivencia |
Adopción de Medidas de protección
|
Remite Rectoría |
Informar Director Grado |
CONDUCTA SUICIDA |
Conoce la situación |
Docentes Rector Padre de Familia Administrativos Servicios Generales |
Remite Orientación Escolar |
Realiza entrevista Estudiante |
Determina si hay Presunción de la Situación |
Informe Red del Buen Trato |
Remisión EPS |
Reunión Comité Convivencia |
Análisis de la Situación |
Seguimiento de Remisiones |
Recomendaciones |
Adopción de Medidas de protección
|
Informe Rectoría |
Entrevista Padre de Familia |
Orientador Escolar |
ACCIDENTES |
INFORMA AL PADRES DE FAMILIA |
INFORMAR SECRETARIA |
Se prepara el respectivo traslado |
Alistar fotocopias Póliza o EPS Documento Identidad |
Revisa las Versiones de la Situación |
Se dejan las pertenencias en secretaríarecoge maleta a Secretaría Teléfono |
INFORMA EQUIPO CONVIVENCIA |
DETERMINAR LA GRAVEDAD |
Amerita Traslado Centro Médico |
Conseguir el transporte para el traslado |
Atender la situación
|
Revisar Seguro de Accidentes o Afiliación EPS |
Limpiar si es necesario |
Establecer Acompañante |
DOCENTES - RECTOR ADMINISTRATIVOS SERVICIO GNAL |
Amerita Traslado Centro Médico |
INFORMA AL PADRES DE FAMILIA |
Tipifica la Situación |
Si Accidente realiza el Informe |
Si es Agresión se Activa Protocolo |
Establecer Acciones del Grado sin acompañamientoSólo |
PRESUNCIÓN CONSUMO SPA |
Conoce la situación |
Docentes |
Indaga sobre Situación |
Remite Orientación Escolar |
Realiza entrevista Estudiante |
Determina si hay Presunción de la Situación |
Informe Red del Buen Trato |
Remisión EPS |
Reunión Comité Convivencia |
Análisis de la Situación |
Seguimiento de Remisiones |
Recomendaciones |
Adopción de Medidas de protección
|
Informe Rectoría |
Entrevista Padre de Familia |
Orientador Escolar |
Revisar viabilidad de Permanencia del estudiante |
EXCUSAS O PERMISOS |
La Excusa debe Contener |
PRESENTAR EN LA AGENDA |
Fecha de Presentación |
Nombre Estudiante Grado |
Fecha Excusa |
Firma Documento Teléfono Acudiente |
Presentar a los Docentes |
Se debe Presentar en Rectoría Primera Hora |
Presentar actividades Pendientes |
Tres (3) días después de Ausencia |
Antes de la Ausencia
|
Motivo Ausencia Explicito |
Presentar Tareas del día Excusa |
Adelantar Actividades Realizadas |
Soporte de la Ausencia |
CAPITULO XI
SERVICIOS OFRECIDOS POR LA INSTITUCION
ARTÍCULO SEXAGÉSIMO OCTAVO: LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO cuenta con los siguientes servicios
Tienda Escolar: Este servicio, se presta tanto a estudiantes, profesores y demás personal que labora en LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO en el horario establecido según la resolución de jornada académica de la Institución. La prestación de este servicio se hará mediante licitación previa, ajustándose a un contrato, cumpliendo con las normas de higiene, precios y venta de artículos que contribuya a la vida saludable de los integrantes de la comunidad educativa.
Restaurante Escolar: A través de la Secretaria de Desarrollo Social, se ofrece en la Institución el Programa de Refrigerio Reforzado a los estudiantes que presenten un bajo nivel nutricional__SMC__ para ayudarlos a tener un sano crecimiento y desarrollo físico y mental acordes con las diferentes etapas Biológicas propias del ser humano.
Deportes: La INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO ofrece actividades deportivas y recreativas en las diferentes disciplinas, en convenio con el Instituto municipal de deportes, buscando desarrollar las habilidades que cada uno de los estudiantes demuestre y potenciarlas con el propósito de ser del estudiante un deportista de alto rendimiento.
Préstamo de libros: La Institución Educativa Departamental San Benito al no tener las instalaciones y el personal para el funcionamiento de la biblioteca tendrá en cada uno de los salones de los docentes los libros y textos de acuerdo a la especialidad del docente, estos estarán bajo la responsabilidad del docente quien podrá establecer las estrategias para prestarlos a los estudiantes. Las enciclopedias y libros especializados reposaran en la secretaria de la institución y se prestaran a los estudiantes y docentes a través de la estrategia que se defina por el personal administrativo.
Quien dañe, mutile, raye libros o material que haya sido prestado por la institución deberá responder, entregándolo en buen estado o de lo contrario deberá cancelar el costo de este que en el momento este en el comercio y no existe su equivalente.
SALA DE COMPUTO: La sala de computo es de uso exclusivamente pedagógico cada persona que haga uso de esta debe respetar los elementos que existen allí y cuidarlos como si fueran de su propiedad.
Para el uso de la sala de cómputo se establecen las siguientes normas:
Conocer y cumplir el reglamento del usuario.
Al ingresar a la sala de cómputo, el usuario debe hacerse responsable del Computador y materiales del servicio.
Seguir estrictamente las instrucciones del profesor.
Ubicarse ordenadamente en el puesto asignado por el docente y utilizar siempre el computador asignado.
Verificar que el computador mueble y elementos de la sala están en perfectas condiciones e informar cualquier anomalía antes de comenzar.
Realizar las actividades asignadas por el docente y solicitar aclaraciones en caso de dudas.
Antes de finalizar la clase entregar al monitor o docentes los elementos utilizados durante el desarrollo de la clase.
En caso de daño o pérdida de cualquier elemento entregado o utilizado, avisar inmediatamente al profesor.
Cuando el docente lo determine trabajar en el grupo asignado.
Abstenerse de manipular tomas, cables, instalaciones eléctricas, para evitar accidentes.
Los equipos de cómputo tienen una organización en la sala por lo tanto no se deben cambiar de sitio.
Abstenerse de sacar elemento que pertenecen a la sala de sistemas sin la previa autorización del docente responsable.
El Usuario es responsable ante la institución por daños que se produzcan a los equipos, muebles y enseres de la sala de sistemas.
El trabajo de la sala debe hacerse en ambiente de silencio, la perturbación del ambiente obstaculizará el trabajo de otras personas y se sancionará con suspensión del servicio por un tiempo limitado.
Tanto por razones higiénicas como de conservación de equipos está prohibido comer en la sala de sistemas.
Antes de hacer uso de los equipos, los usuarios deberán lavarse perfectamente las manos.
Está prohibido usar tiza u otro elemento que genere polvo o partículas que puedan dañar los equipos.
Queda estrictamente prohibido mover las impresoras de las estaciones de trabajo y los monitores.
Los usuarios deberán traer los implementos necesarios para el trabajo en la sala, cuidando de no rayar, ni dañar los equipos con lápiz, esfero u otros materiales, lo mismo que evitar colocar los dedos sobre la pantalla, ni mucho menos mover las conexiones de los equipos e interruptores.
Los usuarios deberán llegar a la hora fijada a la sala, trabajar el tiempo disponible y faltando cinco minutos para terminar, grabar en su herramienta de almacenamiento y dejar su puesto de trabajo en orden. El profesor pasará por cada puesto revisando el equipo y los usuarios firmarán el Control del centro de Cómputo.
ARTÍCULO SEXAGÉSIMO NOVENO: Formatos de Atención: La institución educativa tendrá los siguientes formatos de atención de las situaciones de convivencia
Observador del estudiante: donde se registran las diferentes situaciones presentadas por parte del estudiante con referencia a su proceso académico y de convivencia, además, las menciones o la participación en las izadas de bandera por los desempeños óptimos que muestre el estudiante en las diferentes actividades institucionales.
Acta de Conciliación: En el momento que a través del programa Hermes se solicite un estudiante para realizar una conciliación se utilizara el formato dispuesto por cámara de comercio para este ejercicio.
Versión libre: En el momento que se presume que el estudiante incurrió en una falta se solicita realice un escrito donde se pregunta sobre la situación presentada, de acuerdo a lo escrito se continua con el debido proceso.
Versión libre en Presencia del Padre de Familia o Acudiente: En el momento que se evidencie que el estudiante puede estar implicado en ocurrencia de una falta grave, gravísima o de una situación de tipo II o III se procede a citar los padres de familia o acudientes del estudiante como garantes del debido proceso.
Compromisos Padres de Familia – Estudiantes: En el momento que se requiera realizar compromisos de los padres de familia conjuntamente con su hijo se realizará a través del respectivo formato determinado para ello.
Resolución de desescolarización o cancelación de matrícula: Cuando se requiera realizar un correctivo que amerite la suspensión de un estudiante de las actividades académicas normales se realiza con resolución motivada por parte de la rectoría.
ARTÍCULO SEPTUAGÉSIMO: PROTOCOLOS DE ATENCIÓN: La institución educativa establece los siguientes protocolos de atención para las situaciones que se presentan en el desarrollo del calendario académico.
ACOSO SEXUAL VIOLENCIA INTRAFAMILIAR |
Recibir la queja u observar la situación |
Docentes |
Realizar Versión de la Situación |
Informar Rectoría |
Remite Orientación Escolar |
Realiza entrevista |
Determina si hay Presunción de la Situación |
Informe Red del Buen Trato |
Remisión Comisaría de Familia |
Remisión Comité Convivencia |
Análisis de la Situación |
Seguimiento de Remisiones |
Informe Comité Municipal de Convivencia |
Adopción de Medidas de protección
|
Remite Rectoría |
Informar Director Grado |
CONDUCTA SUICIDA |
Conoce la situación |
Docentes Rector Padre de Familia Administrativos Servicios Generales |
Remite Orientación Escolar |
Realiza entrevista Estudiante |
Determina si hay Presunción de la Situación |
Informe Red del Buen Trato |
Remisión EPS |
Reunión Comité Convivencia |
Análisis de la Situación |
Seguimiento de Remisiones |
Recomendaciones |
Adopción de Medidas de protección
|
Informe Rectoría |
Entrevista Padre de Familia |
Orientador Escolar |
ACCIDENTES |
INFORMA AL PADRES DE FAMILIA |
INFORMAR SECRETARIA |
Se prepara el respectivo traslado |
Alistar fotocopias Póliza o EPS Documento Identidad |
Revisa las Versiones de la Situación |
Se recoge maleta a Secretaría Teléfono |
INFORMA EQUIPO CONVIVENCIA |
DETERMINAR LA GRAVEDAD |
Amerita Traslado Centro Médico |
Conseguir el transporte para el traslado |
Atender la situación
|
Revisar Seguro de Accidentes o Afiliación EPS |
Limpiar si es necesario |
Establecer Acompañante |
DOCENTES - RECTOR ADMINISTRATIVOS SERVICIO GNAL |
Amerita Traslado Centro Médico |
INFORMA AL PADRES DE FAMILIA |
Tipifica la Situación |
Si Accidente realiza el Informe |
Si es Agresión se Activa Protocolo |
Establecer Acciones del Grado Sólo |
PRESUNCIÓN CONSUMO SPA |
Conoce la situación |
Docentes |
Indaga sobre Situación |
Remite Orientación Escolar |
Realiza entrevista Estudiante |
Determina si hay Presunción de la Situación |
Informe Red del Buen Trato |
Remisión EPS |
Reunión Comité Convivencia |
Análisis de la Situación |
Seguimiento de Remisiones |
Recomendaciones |
Adopción de Medidas de protección
|
Informe Rectoría |
Entrevista Padre de Familia |
Orientador Escolar |
Revisar viabilidad de Permanencia del estudiante |
CAPITULO VIII
EDUCACIÓN INCLUSIVA
La política de inclusión de la Institución Educativa Departamental San Benito, se enmarca en los lineamientos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional (MEN) a través del decreto 366 del 2009 por el cual se “reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales__SMC__ en el decreto 1421 de 2017 “por el cual se reglamenta, en el marco de la educación inclusiva, la atención educativa a la población con discapacidad” y en los artículos 44, 47, 67 y 68 de la Constitución Política de Colombia los cuales hacen mención sobre la prevalencia de los derechos de los niños sobre los derechos de los demás__SMC__ como “el Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran”__SMC__ menciona que la educación es un derecho y un servicio público que tiene una función social y que corresponde al Estado garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones apropiadas para su acceso y permanencia__SMC__ y en el artículo 68 señala que “La educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado”.
La política de inclusión institucional se rige por los principios de desarrollo humano, oportunidad y equilibrio, solidaridad, respeto y responsabilidad. Da cuenta de la atención a estudiantes con necesidades educativas especiales, a través de las etapas de identificación, solicitud de diagnóstico a los padres de familia, adaptación escolar, adaptación curricular, y finalmente dar como resultado la elaboración conjunta de los Planes Individuales de Ajustes Razonables (PIAR). En dicho documento (PIAR) y según las necesidades de cada estudiante de inclusión, se determinará si se requieren hacer ajustes de contenido, es decir, en relación con lo que necesita aprender, que no siempre aplica al 100% este ajuste en todos los casos, cómo va a aprenderlo, es decir, cómo se deben hacer ajustes metodológicos, con qué recursos y en qué tiempo, así mismo, se determinarán los ajustes necesarios para su adecuada y pertinente evaluación.
La política de educación inclusiva se desarrolla en la gestión de la comunidad, procesos que se lideran desde la orientación institucional y/o municipal, y se requiere el acompañamiento permanente de los padres de familia y/o acudientes del estudiante en condición de discapacidad.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO QUINTO. Deberes de los padres de familia. En ejercicio de su corresponsabilidad con el proceso de educación inclusiva, las familias deben[1]:
1. Adelantar anualmente el proceso de matrícula del estudiante en un establecimiento educativo.
2. Aportar y actualizar la información requerida por la institución educativa que debe alojarse en la historia escolar del estudiante.
3. Cumplir y firmar los compromisos señalados en el PIAR y en las actas de acuerdo, para fortalecer los procesos escolares del estudiante.
4. Establecer un diálogo constructivo con los demás actores intervinientes en el proceso de inclusión.
5. Solicitar la historia escolar, para su posterior entrega en la nueva institución educativa, en caso de traslado o retiro del estudiante.
6. Participar en los espacios que el establecimiento educativo propicie para su formación y fortalecimiento, y en aquellas que programe periódicamente para conocer los avances de los aprendizajes.
7. Participar en la consolidación de alianzas y redes de apoyo entre familias para el fortalecimiento de los servicios a los que pueden acceder los estudiantes, en aras de potenciar su desarrollo integral.
8. Realizar veeduría permanente al cumplimiento de lo establecido en la presente sección y alertar y denunciar ante las autoridades competentes en caso de incumplimiento.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEXTO. Responsabilidades de la institución educativa. con el propósito de cumplir las obligaciones establecidas en la política de inclusión y en articulación con la respectiva entidad territorial certificada en educación:
1. Reportar en el SIMAT a los estudiantes con discapacidad en el momento de la matrícula, el retiro o el traslado.
2. Incorporar el enfoque de educación inclusiva y de diseño universal de los aprendizajes en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), los procesos de autoevaluación institucional y en el Plan de Mejoramiento Institucional (PMI).
3. Crear y mantener actualizada la historia escolar del estudiante con discapacidad, con apoyo de orientación y padres de familia.
4. Proveer las condiciones para que los docentes, el orientador o los directivos docentes, según la organización escolar, elaboren los PIAR correspondientes a cada estudiante.
5. Los docentes diseñarán los PIAR y generarán informes sobre el desarrollo de Competencias Desarrolladas por cada estudiante al desarrollar el PIAR.
6. Hacer seguimiento al desarrollo y los aprendizajes de los estudiantes con discapacidad de acuerdo con lo establecido en su sistema a través de un comité de inclusión conformado por los docentes y orientador de la institución y/o municipal.
7. Establecer conversación permanente, dinámica y constructiva con las familias o acudientes del estudiante con discapacidad, para fortalecer el proceso de educación inclusiva, mediadas por orientador de la institución y/o municipal.
8. Adelantar procesos de formación docente internos con enfoque de educación inclusiva.
9. Adelantar con las familias o acudientes, en el marco de la escuela de familias, jornadas de concientización sobre el derecho a la educación de las personas con discapacidad, la educación inclusiva y la creación de condiciones pedagógicas y sociales favorables para los aprendizajes y participación de las personas con discapacidad.
10. Reportar al ICFES los estudiantes con discapacidad que presenten los exámenes de Estado para que se les garanticen los apoyos y ajustes razonables acordes a sus necesidades.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO. Evaluación y promoción de los aprendizajes. Los estudiantes con discapacidad recibirán los mismos informes de seguimiento y retroalimentación que la institución educativa establece en su sistema institucional de evaluación de todos los estudiantes.
Para aquellos estudiantes en cuyo PIAR se hayan identificado ajustes particulares en el proceso de evaluación de los aprendizajes, al finalizar cada año académico se anexará un informe anual de proceso pedagógico de los estudiantes por parte de sus docentes, que será consolidado por la orientación de la institución y/o municipal, para registro del historial académico del estudiante.
Los estudiantes con discapacidad serán promovidos según el Sistema institucional de evaluación y/o su desarrollo de competencias adquiridos durante el año escolar que se reflejen en el boletín o informes de proceso pedagógico.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO OCTAVO. RUTA DE ATENCIÓN
ANEXO COMPLEMENTARIO AL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
1. ARTÍCULO SEXAGÉSIMO SEXTO: Derechos de los Padres de Familia
1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes, criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.
1. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.
1. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos.
1. Asistir a todas las reuniones que el colegio programe, así como a recibir el boletín de notas de cada periodo en la fecha establecida por el colegio.
1. Recibir los informes periódicos de evaluación académica y convivencia.
1. ARTÍCULO SEXAGÉSIMO SÉPTIMO: Deberes de los Padres de familia
1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de si y de su entorno físico, social y ambiental.
1. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia y el fomento de estilos de vida saludables.
1. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante la institución para la convivencia y sexualidad.
1. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación previstas en el proyecto educativo institucional.
1. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.
1. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el presente Manual de Convivencia y responder cuando su hijo(a) incumpla alguna de las normas de allí definidas.
1. Conocer y seguir la ruta de atención integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia de la Institución.
1. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere la ley 1620, para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredidos.
1. Participar a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar.
1. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.
1. Analizar los informes periódicos de evaluación académica y convivencia.
1. Asistir puntualmente a reuniones, citaciones, talleres de padres y/o actividades culturales o deportivas en la fecha que el colegio lo notifique.SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION ESCOLAR SIEE
ARTÍCULO PRIMERO: Ámbito de la Aplicación. Las normas establecidas en el presente acuerdo se aplican a la Institución Educativa Departamental San Benito del municipio de Sibaté, cada una de las sedes que integran la Institución de acuerdo con la Resolución 03743 del 17 de diciembre del 2003, en los niveles de básica y media vocacional__SMC__ siendo exceptuados el nivel de preescolar y Sistema Tutorial de Aprendizaje (SAT).
ARTÍCULO SEGUNDO: Políticas de la Evaluación. El proceso de evaluación de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO, teniendo presente lo previsto en la Ley General de la Educación, sus decretos reglamentarios, el Código de Infancia y Adolescencia y el Decreto 1290 del 2009, establece los siguientes propósitos:
a. Identificar y tener en cuenta las diferencias individuales, intereses y estilos de aprendizaje de los estudiantes.
b. Proveer la información necesaria para orientar los procesos educativos que lleven al desarrollo integral del estudiante.
c. Dar la información que lleva a la implementación de estrategias pedagógicas tendientes a ayudar a los estudiantes con dificultades o con desempeño superior en sus procesos de aprendizaje.
d. Establecer la promoción de sus estudiantes.
e. Proveer la información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.
f.
ARTÍCULO TERCERO: Evaluación. La Institución Educativa define la evaluación como un proceso integral, continuo, sistemático y formativo que busca garantizar el aprendizaje significativo de los educandos a través de la implementación de estrategias que ayuden al estudiante a mejorar y a afianzar su proceso académico de acuerdo con su propio ritmo de aprendizaje, los parámetros legales y el proyecto educativo institucional.
ARTÍCULO CUARTO: Características de la Evaluación. Dentro de la Institución Educativa se tendrá en cuenta las siguientes características:
a. Continua: Es decir, que se realice de manera permanente con un seguimiento que permita verificar el avance y las dificultades que se puedan presentar en el proceso formativo de cada estudiante.
b. Integral: Tiene presente todos las habilidades, competencias y dimensiones del desarrollo del ser como estudiante.
c. Sistemática: Se parte de una evaluación diagnóstica la cual se registra periódicamente y es el punto de partida de apreciar y valorar el desarrollo de la estructura cognitiva del estudiante.
d. Significativa: Se organiza con base en principios pedagógicos y guarda relación con los fines y objetivos de la educación, los contenidos y el modelo pedagógico adoptado por la Institución.
e. Flexible: Reconoce los ritmos de aprendizaje de cada estudiante en sus diferentes aspectos, sus intereses, dificultades, capacidades y en general su proceso.
f. Cualitativa: Evidencia la descripción de los procesos y los niveles de aprendizaje desarrollados por el estudiante dentro de su proceso de enseñanza-aprendizaje.
g. Interpretativa: Se permitirá que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan reflexiones sobre los alcances y las fallas__SMC__ para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal.
h. Participativa: Se involucra en la evaluación al estudiante, docente, padre de familia y otras instancias que aporten a realizar unos buenos métodos en los que sean los estudiantes quienes desarrollen las clases, los trabajos, foros, mesa redonda, trabajo en grupo, debate, seminario, exposiciones, prácticas de campo y talleres, con el fin de que alcancen entre otras las competencias de analizar, interpretar y proponer, con la orientación y acompañamiento del profesor.
i. Formativa: Nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presenten indicios de reprobación en alguna área, analizando las causas y buscando que lo aprendido en clase, incida en el comportamiento y actitudes de los estudiantes en el salón, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve.
j. Cuantitativa: Valora los procesos de enseñanza-aprendizaje haciendo uso de instrumentos que permitan comprobar el desempeño alcanzado en cada área y/o asignatura.
k. Por competencias: En la cual los estudiantes adquieren la destreza de saber aplicar los conocimientos adquiridos en su contexto personal y social para favorecer su entorno.
ARTÍCULO QUINTO: Estrategias de valoración integral de los estudiantes. El sistema de evaluación INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL SAN BENITO es coherente con lo establecido en el Decreto 1290 por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. Dentro de sus lineamientos generales en términos de evaluación, a través de la comunicación permanente con el Consejo Académico se ha fijado a nivel institucional los siguientes parámetros a tener en cuenta:
a. La evaluación se entiende como aquello que nos permite identificar y verificar los niveles de aprendizaje de los conocimientos, las habilidades, competencias y los desempeños de un estudiante que avanza en un proceso de formación absolutamente claro tanto para el estudiante como, por razones obvias, para el maestro (de aquí la importancia de la etapa de formulación en todos los casos). Así la evaluación se convierte en sí misma en una valoración de la acción enseñanza y aprendizaje, lo cual lleva implícito tanto procesos internos como externos, tales como__SMC__ la responsabilidad, la autonomía, la motivación por aprender, los aciertos, las dificultades, el trabajo en equipo, entre otros.
b. La evaluación es continua y formativa a la vez. Cuando se dice que la evaluación es continua se refiere a que es permanente, de esta manera, lo que se evalúa debe ser resultado de una acción educativa durante un determinado tiempo, lo cual lleva en sí un proceso. El resultado no puede ser únicamente de un corte en un momento, debe ser continuo y formativo sin excluirse mutuamente.
c. La evaluación como estrategia formativa es aquella que se realiza con el propósito de valorar TODO el proceso, es decir, favorece o mejora constantemente aquello que está fallando: el proceso de aprendizaje de los estudiantes, la estrategia o metodología del docente, el material pedagógico que se utiliza al interior de las clases, la misma relación interpersonal, como es obvio los cambios o mejor la intervención en la mejora de un proceso tiene sentido hacerla mientras éste transcurre. Este tipo de evaluación pretende ayudar a responder la pregunta ¿cómo están aprendiendo y progresando los estudiantes? De acuerdo con la obtención de los desempeños que nos hemos propuesto. Sólo así se podrán introducir correcciones, añadir acciones alternativas y reforzar ciertos aspectos.
ARTÍCULO SEXTO: Propósito de la evaluación. La Institución Educativa de acuerdo con su Proyecto Educativo Institucional (P.E.I) establece los siguientes propósitos para el proceso de evaluación:
a. Mejorar los resultados de la calidad educativa, según metas institucionales, los indicadores establecidos en el plan estratégico y el fortalecimiento del proyecto educativo institucional.
b. Continuar con el proceso de formación en competencias y valores.
c. Buscar y crear estrategias que contribuyan al mejoramiento de los procesos educativos.
d. Reconocer el avance en los procesos de formación y desarrollo de competencias en cada estudiante.
e. Fortalecer en cada estudiante el desarrollo de sus capacidades, habilidades y competencias en diferentes contextos.
f. Identificar características personales, intereses, destrezas y ritmos de aprendizaje de los educandos.
g. Proporcionar al docente información para reorientar o consolidar sus prácticas pedagógicas.
h. Valorar el Proceso formativo y académico de cada estudiante para reconocer sus potencialidades, talentos y dificultades.
i. Propiciar espacios que aporten a la superación de las dificultades de los estudiantes.
j. Transversalidad en cada área con resultados verificables los propósitos de los proyectos: educación sexual, democracia, tiempo libre y , medio ambiente. y las competencias ciudadanas.
ARTÍCULO SEPTIMO: Tipo de Evaluación. La Institución Educativa adopta un sistema de evaluación descriptivo y cuantitativo. Donde se establecerán fortalezas, debilidades y recomendaciones para cada estudiante de acuerdo con el desempeño alcanzado en cada una de las áreas del plan de estudios, de igual forma se realizará un juicio valorativo en escala de uno (1,0) hasta cinco (5,0), tendiendo presente durante el proceso la:
a. Autoevaluación: Ejercicio de auto reflexión de las acciones y prácticas desarrolladas por los estudiantes de manera responsable y consciente.
b. Coevaluación: Se valoran los sujetos entre sí, intercambiando su papel de evaluadores y evaluados.
c. Heteroevaluación: Acción pedagógica en la cual el docente por su saber valora los desempeños y logros alcanzados por los estudiantes.
ARTÍCULO OCTAVO: Calendario Escolar. El año escolar está comprendido en cuarenta semanas las cuales se organizan en tres periodos académicos: primero y segundo de 13 semanas y el tercero de 14 semanas.
ARTÍCULO NOVENO: Escala de valoración. Teniendo en cuenta la autonomía otorgada a las instituciones en la Ley general de educación, planteada en el artículo 15 del Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994 que dice: “Cada establecimiento educativo goza de autonomía para formular, adoptar y poner, en práctica su proyecto educativo institucional” y con el propósito de mantener la Excelencia educativa, la institución establece una escala valorativa que define con precisión los rangos para cada uno de los ítems establecidos en el Decreto 1290 así:
a. Desempeño Superior (DS): El estudiante superó ampliamente los estándares, conocimientos, competencias, y logros propuestos. Obtuvo un desempeño entre el 90% y el 100%.
b. Desempeño Alto (DA): El estudiante superó los estándares, conocimientos, competencias y logros propuestos. Obtuvo un desempeño entre el 76%y el 898%.
c. Desempeño Básico (DBS): El estudiante alcanzó los conocimientos, estándares, competencias y logros propuestos con algunas dificultades. Obtuvo un desempeño entre el 62% y el 754%.
d. Desempeño Bajo (DBJ): El estudiante no alcanzó los conocimientos, estándares, competencias y logros propuestos. Obtuvo un desempeño entre el 20% y el 610%.
DESEMPEÑO BAJO: |
Evaluación obtenida entre |
1,0 y 3,0 |
DESEMPEÑO BASICO: |
Evaluación obtenida entre |
3,1 y 3,7 |
DESEMPEÑO ALTO: |
Evaluación obtenida entre |
3,8 y 4,4 |
DESEMPEÑO SUPERIOR: |
Evaluación obtenida entre |
4,5 y 5,0
|
ARTÍCULO DÉCIMO: Procesos de evaluación. La evaluación de la institución al ser integral dará cuenta:
a. PROCESO COGNITIVO: Dara cuenta de los contenidos adquiridos por los estudiantes en cada una de las áreas del plan de estudios, tendrá un valor del cincuenta por ciento (50%) de la evaluación, de este valor el veinte por ciento (20%) corresponde a la prueba escrita tipo SABER realizada al terminar cada periodo académico, de acuerdo al parágrafo primero del presente artículo.
b. PROCESO PROCEDIMENTAL Dara cuenta de la aplicación que realiza el estudiante de los conceptos desarrollados en cada una de las áreas del plan de estudios. Tendrá un valor del treinta por ciento (30%) de la evaluación de cada trimestre.
c. PROCESO ACTITUDINAL: Dara cuenta del desarrollo de competencias ciudadanas desarrolladas de manera transversal en cada una de las áreas y asignaturas del plan de estudios, en este proceso se incluirá el desarrollo del SER con un equivalente del 20% y la evaluación formativa que contempla realizará la Autoevaluación, Coevaluación y Heteroevaluación como estrategia para fortalecer la autoestima y la autonomía de los estudiantes. Tendrá un valor del veinte diez por ciento (20%) 10% de la evaluación.
PARAGRAFO 1: Las asignaturas que realizan prueba escrita tipo SABER son: Matemáticas, Castellano, Sociales, inglés, Biología con 25 preguntas cada una. Química, Física, Tecnología e Informática, Educación Ética y Valores Humanos Proyecto de vida, Emprendimiento y Filosofía con 15 preguntas cada prueba, para. Las demás asignaturas del plan estudios el valor del proceso cognitivo es del 50% como lo indica el literal A del artículo décimo. Para los grados de décimo y undécimo en la asignatura de biología la prueba será de 15 preguntas debido a su intensidad horaria.
PARAGRAFO 2: En primaria para los grados cuarto y quinto la prueba escrita de Matemáticas, Castellano, Sociales, Ciencia naturales se realizará de 20 preguntas de selección múltiple (cuatro opciones) con única respuesta, para los grados segundo y tercero la prueba escrita se realizará de 15 preguntas, y primero 10 preguntas. Para preescolar se trabajarán actividades que se evaluarán de acuerdo al desarrollo de las dimensiones.
PARAGRAFO 3: La prueba escrita de Educación Ética y Valores Humanosproyecto de vida en los grados de cuarto y quinto deberán contener 105 preguntas de selección múltiple (cuatro opciones) con única respuesta, para los grados primero, segundo y tercero deberá contener 10 preguntas con las mismas condiciones.
PARAGRAFO 4: La prueba escrita de la asignatura de inglés para todos los grados de primaria deberá contener 10 preguntas de selección múltiple con única respuesta
PARAGRAGO 5: La auto evaluación y la coevaluación tendrán una formato o rúbrica de evaluación conocida por los estudiantes al iniciar cada uno de los periodos académicos, al igual que la información amplia y suficiente de la conceptualización de cada una de ellas.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Criterios de evaluación para los desempeños. Los siguientes son criterios de evaluación definidos para cada uno de los desempeños y que se tendrán en cuenta en las valoraciones finales de cada una de las áreas:
1. Desempeño Superior: Asume un comportamiento excelente y acorde con los valores y la filosofía propuesto en el Proyecto Educativo Institucional, alcanzando óptimamente los desempeños propuestos y ejecutando de manera apropiada los procesos que le permitan enriquecer su aprendizaje. Dará cuenta de:
a. Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución.
b. Su trabajo en el aula es constante y enriquece el aprendizaje en el grupo.
c. Aplica adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas, adoptando una posición crítica.
d. Respeta y participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros.
e. Su comportamiento y actitud, contribuye a la dinámica de grupo.
f. Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas desarrolladas en clase.
g. Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos.
h. Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad.
i. No tiene inasistencias, y aun teniéndolas, presenta excusas oportunamente, sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado.
j. Alcanza todos los desempeños propuestos sin actividades complementarias.
k. No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto de su relación con todas las personas de la comunidad educativa.
l. Manifiesta sentido de pertenencia hacia la institución.
m. Evidencia a través del desarrollo de las actividades la apropiación de las competencias generales del área, competencias laborales y competencias ciudadanas.
n. Registra de manera sistemática, los conceptos y procedimientos orientados en clase
2. Desempeño Alto: Mantiene una actitud positiva y un comportamiento sobresaliente dentro de los valores y la filosofía de la institución, alcanzando satisfactoriamente los logros propuestos, en su proceso de aprendizaje. Dará cuenta de:
a. Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase.
b. Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades en el aula.
c. El trabajo en el aula es constante, aportando con discreción al grupo.
d. Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.
e. Su comportamiento favorece la dinámica de grupo.
f. Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso.
g. Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros.
h. Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas.
i. Alcanza todos los desempeños propuestos, pero con algunas actividades complementarias.
j. Tiene inasistencias a clase y las justifica oportunamente.
k. Manifiesta sentido de pertenencia hacia la institución.
l. Registra información relevante de los conceptos y procedimientos orientados en clase
3. Desempeño Básico: Presenta una actitud y comportamiento aceptable con los valores y la filosofía de la institución, cumpliendo los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños necesarios en el área.
a. Participa con regularidad en los debates de clases.
b. Su trabajo en el aula no es constante.
c. Relaciona los conceptos aprendidos con experiencias de su vida, pero necesita de colaboración para hacerlo.
d. Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y tareas__SMC__ las argumenta con dificultad.
e. Le cuesta aportar ideas que aclaren los conceptos vistos.
f. Su rendimiento académico y proceso formativo es inconstante.
g. Presenta dificultades de comportamiento.
h. Alcanza los desempeños mínimos con actividades complementarias dentro del período académico.
i. Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas.
j. Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas.
k. Manifiesta sentido de pertenencia hacia la institución.
l. Registra información esporádicamente o incompleta de los conceptos y procedimientos orientados en clase
4. Desempeño Bajo: Presenta actitud insuficiente y de desinterés ante los valores, la filosofía de la Institución y ante los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños básicos necesarios en el área. Lo demuestra a través de:
a. El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta progreso en su desempeño académico.
b. Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas.
c. Registra eventualmente sus consultas y el desarrollo de las temáticas.
d. Necesita ayuda constante para profundizar conceptos.
e. Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita.
f. Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos.
g. Afecta con su comportamiento la dinámica del grupo.
h. No alcanza los desempeños mínimos y requiere actividades de refuerzo y superación, sin embargo, después de realizadas las actividades para superar las dificultades no logra alcanzar los desempeños previstos.
i. Presenta faltas de asistencia injustificadas.
j. Presenta dificultades de comportamiento.
k. No tiene sentido de pertenencia hacia la institución.
l. No registra la información necesaria de los conceptos y procedimientos orientados en clase
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Actividades Complementarias. Procesos a realizar cuando un estudiante obtiene desempeños bajos en una o más áreas del plan de estudios
a. RECUPERACION. Este proceso se realiza durante el transcurso del periodo académico, a medida que se presenten las dificultades en los estudiantes. Se le entrega un informe al padre de familia finalizada la sexta semana de cada periodo, donde se le comunica las áreas en las cuales los estudiantes presentan dificultades.
b. SUPERACIÓN. Este proceso se realiza durante la última semana de cada periodo académico, con previo conocimiento de los padres de familia en con cada una de las áreas donde el estudiante que obtuvo un desempeño bajo o básico, presentando dificultades en el desarrollo de las competencias y habilidades, pueda superarlas y por ende alcance mejores desempeños altos o superiores.
c. NIVELACIÓN. Este proceso se desarrolla al finalizar el año escolar de acuerdo con el horario establecido por la institución, tienen derecho los estudiantes que hayan obtenido juicio valorativo con desempeño bajo en una (1) o dos (2) áreas del plan de estudios de mayor intensidad horaria o en tres (3) áreas del plan de estudios siempre y cuando una (1) de ellas sea de baja intensidad horaria.
PARAGRAFO 1: Todo estudiante tiene el derecho de presentar la evaluación trimestral y las actividades complementarias en forma extraordinaria, cuando demuestre inconvenientes de fuerza mayor (incapacidad médica, calamidad doméstica o representación de la institución).
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Criterios de Promoción por grado. Al finalizar el año escolar la comisión de evaluación y promoción realizará la respectiva legalización de la Promoción de cada grado de acuerdo con las siguientes situaciones:
a. Estudiantes que no tengan desempeño bajo en ninguna de las áreas del plan de estudios.
b. Estudiantes que habiendo perdido dos (2) áreas del plan de estudio y realizado su proceso de nivelación haya superado sus dificultades y el juicio valorativo no sea inferior a 3,15 en cada una de ellas.
c. Estudiantes que al finalizar el año escolar no hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 20% de las actividades académicas.
d. Para los estudiantes de grado once haber cumplido con las 120 horas de servicio social de acuerdo a lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional y el de servicio social
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: NO PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES. Un estudiante reprueba el año escolar cuando presenta una o más de las siguientes situaciones:
a. Que realizado los procesos de SUPERACIÓN en cada uno de los tres (3) periodos académicos haya obtenido en el informe final desempeño bajo en tres (3) o más áreas del plan de estudios
b. Que realizado el proceso de NIVELACIÓN haya obtenido juicios valorativos menores a tres cinco (3,15) en un área del plan de estudios.
c. Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente el 20% o más a las actividades académicas durante el año escolar.
PARÁGRAFO 1: Cuando el área perdida, está compuesta por dos asignaturas, el proceso de recuperación, superación o nivelación se realiza solamente en la asignatura perdida.
PARÁGRAFO 2: La nota de la nivelación será consignada en el libro de calificaciones finales del año correspondiente.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Comisión de Evaluación y Promoción. El Consejo Académico establecerá para cada una de las sedes de la Institución, la comisión de evaluación y promoción quien estará integrada por el rector, tres docentes de la sede y un padre de familia (representante del Consejo de padres) y los docentes de cada nivel quienes tendrán las siguientes funciones:
a. Realizar seguimiento al cumplimiento del sistema de evaluación de la institución.
b. Ejercer control sobre el proceso de evaluación e implementación de la misma en la Institución Educativa
c. Ser instancia del conducto regular de reclamaciones por situaciones de evaluación
d. Declarar a un estudiante desertor, cuando cumpla con los criterios establecidos por el Consejo Académico, estipulados en el Manual de Convivencia.
e. Determinar la pérdida de año de un estudiante por inasistencia de acuerdo con lo establecido.
f. Realizar en cada periodo académico el análisis del rendimiento académico de la sede, proponiendo las recomendaciones correspondientes.
g. Proponer modificación y ajustes ante el Consejo Académico del Sistema de Evaluación.
h. Legalizar la promoción en cada uno de los grados que integran la jornada dejando constancia en actas.
i. Asumir el proceso de organización y asesoría que permitan la promoción anticipada de los estudiantes.
j. Registrar cada una de sus reuniones en actas las cuales se darán a conocer a la comunidad educativa.
k. Organizar el cronograma de reuniones ordinarias para el año lectivo de la comisión de evaluación.
l. Tener su propio reglamento.
PARAGRAFO: Las sedes de Santa Rosa y San Eugenio por ser sedes unitarias, la comisión de evaluación y promoción estarán integradas por el rector ,y el o la docente de la sede
y un padre de familia de la sede.ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. Promoción extemporánea anticipada de grado. Se considera promoción anticipada cuando un estudiante muestra altos desempeños en las diferentes áreas y asignaturas del plan de estudios del grado que está cursando.
1. INSTANCIAS: La institución educativa contara con dos momentos para el proceso de promoción extemporánea anticipada
a. Promoción por prueba de suficiencia: En la primera semana del año escolar se realizarán evaluaciones de suficiencia de conocimientos para los estudiantes que el año inmediatamente anterior no fueron promovidos con previa solicitud escrita en el momento de la matrícula en el mes de diciembre, de las áreas o asignaturas reprobadas que no permitieron su respectiva promoción.
b. Los docentes titulares de las áreas o asignaturas postularan ante el consejo academicoacadémico la promoción anticipada de grado a grado, de los estudiantes que al corte del primer periodo académico (sexta semana) demuestren integralmente un desempeño alto o superior en el desarrollo de competencias y habilidades, además reúnan condiciones apropiadas de desarrollo cognitivo, actitudinal y procedimental para ser postulados a la promoción anticipada. Por lo tanto, se establecen las condiciones y procedimientos para realizar dicha promoción anticipada de de estudiantes que haya reprobado el año inmediatamente anterior o estudiantes que muestren las capacidades, habilidades, destrezas y actitudes para ser promovido en forma anticipada.
2. CONDICIONES :
2.1 Promoción por prueba de suficiencia
a. Haber cursado el año escolar inmediatamente anterior en la Institución Educativa Departamental San Benito.
b. Estar matriculado en la institución para la vigencia del siguiente año.
c. Entregar la solicitud firmada por el estudiante y su acudiente ante las directivas en el momento de la matrícula.
d. Presentarse a la institución en las fechas determinadas para firmar compromiso e iniciar el proceso dialogando con cada uno de los docentes de las asignaturas reprobadas el año escolar.
e. A partir de la firma del compromiso el estudiante debe iniciar un proceso de trabajo autónomo que le permita mejorar sus desempeños y superar sus dificultades. Este proceso finalizará en la segunda semana escolar con la entrega de las evidencias a cada uno de los docentes.
f. La tercera semana de febrero presentar evaluación de promoción en cada una de las asignaturas con desempeño bajo en el año anterior siempre y cuando cumpla con todas las condiciones anteriores. Para las asignaturas de baja intensidad horaria la prueba constará de 15 preguntas y para las asignaturas de mayor intensidad horaria la prueba será de 25 preguntas. Cada docente determinará el tipo de preguntas a realizar de acuerdo con las características de la asignatura.
g. La prueba se supera con una valoración de 3.1 o mayor.
2.2 Promoción anticipada
a. Que en lo desarrollado hasta al corte del primer periodo académico (sexta semana) el estudiante obtenga en tres (3) o más áreas desempeño superior.
b. Que en lo desarrollado hasta al corte del primer periodo académico (sexta semana) el estudiante obtenga en cuatro (4) o más áreas desempeño alto.
c. Que no presente en el corte (sexta semana) desempeños bajos en ninguna área del plan de estudios.
d. No presentar registros de situaciones de tipo I o incumplimiento del acuerdo en forma reiterativa o de situaciones de tipo II y III en el observador del estudiante.
e. Remitir la propuesta de promoción a Rectoría para que en reunión con el acudiente del estudiante se autorice la postulación de acuerdo a los criterios necesarios. Este proceso incluye charla del estudiante y la familia con el orientador escolar.
a. En las evaluaciones de suficiencia obtener juicios valorativos no inferiores al nivel básico. Las evaluaciones deben ser avaladas por la Comisión de Evaluación y Promoción.
PARAGRAFO: Los estudiantes que no hayan obtenido la promoción del año lectivo anterior, además de las condiciones establecidas deben cumplir con los siguientes requisitos:
a. Solicitar y desarrollar los trabajos pertinentes en cada una de las áreas reprobadas durante las cuatro primeras semanas del primer periodo para prepararse para la evaluación escrita.
a. Entregar los trabajos asignados en la quinta semana de clase.
3. PROCEDIMIENTO: La promoción extemporánea anticipada por suficiencia de conocimientos requiere:
a. Solicitar por escrito la promoción anticipada hasta la sexta (6) semana del primer periodo académico por parte de los docentes ante el Consejo Académico.
a. Que el Rector verifique que las condiciones determinadas en el numeral anterior primero (1) del presente artículo se han cumplido para continuar con el proceso de promoción.
b. Cumplidas las condiciones en forma apropiada se realizará la presentación de la promoción ante la comisión de evaluación y promoción, el cual dejará constancia en acta de la verificación y realizará el informe al Consejo Académicoa quien verificaráa el cumplimiento de los requisitos y solicitaráa al Consejo Directivo la promoción anticipada de los estudiantes que cumplieron satisfactoriamente el proceso.
El Consejo Directivo previa ratificación del padre de familia o acudiente, del interés de acceder a la promoción anticipada, dejará constancia en acta de reunión de la promoción y verificará se realice el proceso en el libro de promoción anticipada.
Los juicios valorativos finales para ese grado, de cada una de las áreas que componen el plan de estudios, serán obtenidos en los desempeños parciales del primer per
a. Generar un plan de mejoramiento con el fin de disminuir la reprobación de los estudiantes en cada una de las asignaturas y áreas del plan de estudios de la institución.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Informes a los estudiantes y padres de familia. En cumplimiento del Artículo once (11) en los numerales cuatro (4) y seis (6) del Decreto 1290. La estructura y periodicidad de entrega de informes de los estudiantes a los padres de familia, la Institución establece que: La evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a tres períodos, al finalizar cada uno de los periodos los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se muestra la valoración en cada una de las áreas y la descripción del desempeño del estudiante en el transcurso del periodo escolar en términos de fortalezas, y debilidades y recomendaciones, además de las ausencias presentadas durante cada periodo académico.
Al finalizar el año escolar se entregará a padres de familia o acudientes un informe final que incluirá una evaluación integral del rendimiento del estudiante para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá en cuenta el cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar dificultades en períodos anteriores.
En caso de que algún periodo haya sido valorado con desempeño bajo y las dificultades no hayan sido superadas con las actividades de recuperación propuestas, la valoración definitiva asignada será de desempeño bajo.
Los tres informes y el informe final de evaluación mostrarán el rendimiento en cada área mediante la escala enunciada y adoptado por la Institución.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAMO: Valoración de Periodos Académicos: El primero y segundo periodo académico tendrán una valoración ponderada del 30% cada uno y el tercer periodo académico tendrá una valoración del 40%, de esta manera se completará el 100% de la evaluación.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO: Procedimientos de área. Para conocer permanentemente el desempeño de los estudiantes en su rendimiento académico y establecer estrategias de mejora se tendrá presente:
a. Dar a conocer a los estudiantes y padres de familia, el plan de estudios de cada una de las áreas, a través de la página de la institución.
b. Establecer las condiciones de evaluación y metodología al inicio de cada uno de los periodos académicos, los cuales serán escritos en los acuerdos de aula un acta, al comienzo de cada periodo.
c. Fijar el horario de atención a padres de familia por parte de los docentes de cada una de las áreas y grados de la institución.
d. Análisis del rendimiento académico al final de cada periodo, por parte del director de grado y estudiantes para establecer las estrategias de mejoramiento.
e. Entrega periódica, por trimestre, de informes académicos de acuerdo con el cronograma establecido en la planeación institucional y dado a conocer a la comunidad educativa a través de la página webplataforma de la institución.
f. Establecer acciones pedagógicas por parte de los docentes con los estudiantes que muestren desempeños bajos en su proceso académico.
g. Citación a padres de familia en casos de bajo rendimiento para establecer acciones de mejora del estudiante en sus desempeños, registrando acuerdos en el observador del estudiante.
h. Reunión trimestral del Consejo Académico, para análisis de casos de bajo rendimiento y estrategias de superación de las dificultades presentadas en el desarrollo de las actividades de la institución.
ARTÍCULO VIGÉSIMO: Mecanismos de atención. La institución educativa establece los siguientes mecanismos de atención para mejorar el desarrollo académico de los estudiantes:
a. Asamblea de padres para informe periódico de rendimiento académico.
b. Citación a padres de familia o acudiente y atención dentro de las horas de jornada laboral previstas en el horario.
c. Atención por presentación voluntaria y espontánea dentro de las horas previstas en el horario.
d. Citación extraordinaria para casos colectivos de grados con bajo rendimiento académico.
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO: Registro. Son estrategias planteadas por la institución con el propósito de contribuir a que el estudiante supere sus dificultades en su desempeño:
a. Seguimiento Académico: Desde las diferentes áreas y/o asignaturas cada docente, llevará un registro para identificar los avances del estudiante, así como, su incumplimiento en los deberes académicos, además de las inasistencias justificadas e injustificadas. Este seguimiento debe ser conocido oportunamente y firmado por el padre de familia y/o acudiente en el formato el acta de actividades de superación para establecer compromisos y generar estrategias de mejoramiento académico. La planilla auxiliar cumplirá las funciones de registro del seguimiento.
b. Observador del Estudiante: En este instrumento se registrarán las faltas, compromisos del estudiante y padre de familia frente a su proceso académico, de igual forma se registra los estímulos que hayan obtenido los educandos.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO: Estrategias para mejorar rendimiento académico. La Institución Educativa propone las siguientes estrategias de apoyo para resolver dificultades académicas de los estudiantes
a. Talleres de Orientación: La rectoría, el director de grado y el servicio de orientación escolar realizarán periódicamente talleres a estudiantes y padres de familia para quienes presenten dificultades académicas y orientar diversas estrategias de mejoramiento.
b. Refuerzos y/o Profundizaciones: Se realizarán actividades diseñadas por los docentes con el propósito de aclarar dudas y posibilitar un aprendizaje significativo de las competencias y habilidades propuestas para cada periodo académico. Los refuerzos se realizarán durante el desarrollo de cada uno de los periodos académicos (Recuperaciones y superaciones).
c. Plan padrino: La institución establecerá espacios para la superación de los desempeños orientado por los estudiantes de servicio social o un par de la institución y supervisado por un el docente y verificado por el responsable del proyecto de Servicio Social durante la jornada escolar.
PARÁGRAFO: El estudiante que cumpla cabalmente con el propósito del plan padrino, como líder, será eximido de la prueba trimestral.
ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO: Registros Escolares. Se cuenta con registros individuales de seguimiento académico y de convivencia social en el cual se reporta los avances y las dificultades de los estudiantes, así como, los reportes particulares realizados a los padres de familia durante el proceso.
ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO: Plan de Estudios. La Institución establece un plan de estudios de acuerdo con su modalidad académica, en los niveles de: Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Académica__SMC__ basado en los parámetros generales establecidos por el Ministerio de Educación Nacional. Las áreas del plan de estudios son:
a. Ciencias Naturales: Comprendida por las asignaturas de Ciencias NaturalesBiología para básica y por Biología para media académica.
b. Química: Conformada por la asignatura Química para media académica.
c. y Física: Conformada por la asignatura de Física para media académica.
d. Humanidades: Comprendida por la s asignatura de Castellano y Compresión lectora.
e. Idioma extranjero:nglés: conformada por la asignatura de Idioma extranjero Inglées.
f. Matemáticas: Conformada por las asignaturas de Matemáticas y Geometría.
g. Ciencias Sociales: Conformada por la asignatura de Sociales.
h. Tecnología e Informática: Conformada por las asignaturas de Tecnología e Informática.
i. Educación Artística: Conformada por la asignatura de Artes.
j. Proyecto de vidaEducación Ética y Valores Humanos: Conformada por la asignatura proyecto de vida que incluirá aspectos de la ética y la educación religiosa.de Ética.
k. Educación física, recreación y deporte: conformada por la asignatura de Educación Física.
a. Educación Religiosa: Conformada por la asignatura de Religión.
l. Emprendimiento: Conformada por la asignatura de Emprendimiento.
m. Filosofía: Conformada por la asignatura de Filosofía, se orienta en la educación media.
n. Ciencias Económicas y Políticas: Conformada por la asignatura de Ecopolíticanomía, ,se orienta en la educación media.
a. Ciencias Políticas: Conformada por la asignatura de Política, se orienta en la educación media.
Parágrafo 1: En la educación preescolar, la Institución apoya al niño en su desarrollo integral, fortalece las dimensiones éticas, comunicativa, cognitiva, corporal, socio-afectiva a través de experiencias de socialización pedagógica y recreativa. El informe valorativo será exclusivamente cualitativo –descriptivo, teniendo en cuenta las dimensiones planteadas.
ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO: Evaluación académica institucional. La Institución Educativa establece el sistema de evaluación anual para establecer si ha alcanzado los objetivos y las metas de calidad académica, propuestas en su Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en su plan de estudios__SMC__ propone correctivos y planes de mejoramiento, ya sea a través de la autoevaluación o evaluación externa.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO: Autoevaluación académica institucional. La evaluación institucional anual que debe llevarse a cabo en cada una de las instituciones educativas según lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 115 de 1994. Tiene por objeto mejorar la calidad de la educación que se imparte y, por lo tanto__SMC__ debe tomar en cuenta las metas de calidad académica propuestas cada año en el Plan de mejoramiento Institucional cada año en el plan de estudios y formular recomendaciones precisas para alcanzar y superar dichas metas.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO: Evaluaciones académicas externas. Las entidades territoriales periódicamente podrán controlardesarrollar con entidades avaladas por el Ministerio de Educación Nacional evaluaciones académicas censales de los establecimientos educativos a su cargo. Dichas evaluaciones tendrán como referencia las normas técnicas que formule el Ministerio de Educación Nacional y se llevarán a cabo de acuerdo con la reglamentación que al respecto éste expida. Sus resultados deberán ser analizados tanto por las entidades territoriales__SMC__ como por los establecimientos individuales, con el propósito de tomar las medidas de mejoramiento necesarias.
ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO: Modificación del Sistema de Evaluación y Promoción. El presente acuerdo podrá ser analizado y actualizado modificado, anualmente, por solicitud escrita y sustentada por cualquiera de los organismos que conforman la Comunidad Educativa de la Institución. El procedimiento se realizará de acuerdo con el artículo octavo del Decreto 1290 del 16 de abril de 2009, en el cual se debe cumplir como mínimo:
a. Socializar la modificación del sistema de evaluación con la comunidad educativa.
b. Aprobación de las modificaciones del sistema de evaluación por parte del Consejo Directivo.
c. Incorporar las modificaciones al Proyecto Educativo Institucional, articulándolo con las necesidades de los estudiantes, el plan de estudio y el currículo.
d. Divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes a la comunidad educativa.
e. Informar oportunamente a los estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen nuevos a la Institución Educativa.
ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO: Servicio Social Estudiantil: De acuerdo a lo establecido en la resolución 4210 de septiembre de 2010 donde define los parámetros generales para el desarrollo del servicio social por parte de los estudiantes de la institución educativa como requisito para su graduación de bachilleres académicos y la regulación del proceso por parte del consejo directivo de la institución.
1. QUÉ ES EL SERVICIO SOCIAL: Es la práctica con la comunidad, que deben realizar los Estudiantes de Educación Básica Secundaria (grado noveno) y Media Vocacional (grados décimo y undécimo)__SMC__ como aplicación de los conocimientos adquiridos a lo largo del proceso Educativo y en procura del desarrollo personal y comunitario acorde con los principios y fines de la instituciónclaretianos.
2. FILOSOFÍA DEL SERVICIO SOCIAL: es la actividad de carácter temporal, que debe desempeñar el estudiante durante un tiempo fijado en la legislación, como requisito indispensable para obtener el título de Bachiller__SMC__ es una oportunidad para identificarse con la sociedad por los beneficios, competencias y capacidades obtenidos a través de su formación y educación. Se constituye un vínculo entre las Instituciones educativas y el sector público y social, además, permite integrar eficazmente los planes y programas de estudio a las necesidades y prioridades de desarrollo de las comunidades y el país.
3. CARÁCTER ACADÉMICO DEL SERVICIO SOCIAL: Es una retroalimentación permanente de la participación de los estudiantes, la del profesorado y personal directivo y administrativo__SMC__ quienes con autéentico sentido de pertenencia, responsabilidad y compromiso social promuevan e impulsan programas de servicio social que sean el resultado del trabajo académico serio y disciplinado__SMC__ lo que indudablemente incidirá en la consolidación de la filosofía del colegio en el cumplimiento efectivo de su función social.
4. MISIÓN DEL SERVICIO SOCIAL: El servicio social cumple con las misiones académico comunitaria: El aspecto académico permite completar la formación teórica del estudiante. La relación estudiante comunidad, en su aspecto social representa una actividad de servicio que permite acercarse y apoyar a las comunidades de mayor urgencia social y sensibilizarse ante las necesidades de otros, incorporando en el proceso una serie de valores humanos y sociales que consolidan su formación integral.
5. EJES DE TRABAJO: Para cumplir con los objetivos y las metas del proyecto de servicio social se establecen los siguientes ejes de trabajo
a) Servicio social en los proyectos trasversales: Apoyo a los proyectos trasversales definidos y desarrollados en la institución educativa
b) Servicio social en apoyo en las actividades institucionales: Apoyo al desarrollo de actividades que contribuyen a la formación integral de los estudiantes y/o contribuyen al mejoramiento de ambientes escolares
c) Servicio social en apoyo pedagógico – primaria: apoyo a los procesos pedagógicos de los estudiantes y al mejoramiento de los ambientes escolares, en las diferentes sedes.
d) Servicio social en apoyo administrativos: apoyo a procesos de archivo, atención a estudiantes en restaurante y comunicación de acciones institucionales.
e) Servicio Social en actividades que se desarrollen en convenios con entidades como: bomberos, policía nacional, defensa civil, casa de la cultura, alcaldía, SENA, IMDERS, entre otros..
ARTÍCULO TRIGÉSIMO. Proyecto de medio ambiente y de prevención y atención de desastres.Actividades:Conocimiento y sensibilización del proyecto.
Divulgación del proyecto.
ejecución de las actividades proyecto.
Evaluación del proyecto.
Junta de acción comunal.
Actividades:
Participación en las actividades programadas por la JAC.
Desarrollar el liderazgo comunitario.
Fomentar el trabajo comunitario.
El acueducto de la vereda.
Actividades:
Seguimiento y control de la utilización del agua.
Campaña de prevención, cuidados y ahorro del agua.
Conservación de las fuentes hídricas.
El restaurante escolar.
Actividades:
Seguimiento y control de entrada y salida de alumnos del restaurante.
Orientaciones para una sana y adecuada alimentación.
Control de peso y talla de los estudiantes que reciben la alimentación escolar.
Hacer parte del comité de alimentación Institucional
Proyecto de aprovechamiento del tiempo libre y recreación.
Actividades:
Organización de campeonatos en las diferentes ramas deportivas durante los descansos de primaria y secundaria.
Acompañamientos a juegos escolares e inter colegiados.
Escuelas de formación.
Actividades:
Creación de escuelas deportivas a nivel institucional
Creación de escuelas culturales a nivel institucional.
Participación en actividades culturales.
Generación de actividades culturales.
Clubes del saber: estudiantes diversamente hábiles
Actividades
Fortalecer los conocimientos y competencias desarrolladas en la formación académica.
Ser promotor de los clubes del saber a través del desarrollo de la estrategia de padrinos.
Promover el mejoramiento académico a través de la implementación de diferentes estrategias con los estudiantes.
Programa Hermes.
Actividades
Participación en las actividades de capacitación de competencias para realizar conciliaciones para las situaciones de tipo I.
Promover la estrategia del programa Hermes entre los integrantes de la comunidad educativa.
Realizar las jornadas de sensibilización para una sana convivencia y para las mesas de conciliación institucional.
REQUISITOS DEL ESTUDIANTADO PARA PRESTAR EL SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTADO
a. Estar matriculado en el grado noveno, décimo o undécimo.u once
b. Asistir a una capacitación previa en el colegio y en la institución donde presta el servicio.
c. Ser puntual y portar completo el uniforme.
d. Presentar solicitud de servicio firmado por los docentesprofesores responsables.
e. Presentar hoja de control y seguimiento, las cuales deben ser firmadas por el supervisor de la actividad y entregadas a la coordinación del servicio social.los coordinadores del Servicio Social en cada una de las agencias. (Se entregaron a los docentes del colegio cuando complete las horas estipuladas).
f. Acatar normas de la entidad donde está prestando el servicio social. El no cumplimiento de éstas será motivo para cancelación de las horas servidas hasta el momento de cometer la falta y se realizará el debido proceso de acuerdo a lo establecido en el manual de convivencia.
g. Desempeñar a cabalidad las funciones que les sean asorigignadas según el proyecto.
h. Cuando se ha elegido un proyecto no se debe cambiar. Si por circunstancias muy justificadas lo hacen, debe ser con previa autorización escrita de los docentes responsables del Servicio Social.
i. Al terminar de prestar el Servicio Social cada educando debe presentar la hoja de seguimiento y control debidamente diligenciada. y el certificado de cumplimiento, dado por la agencia donde prestó el servicio, firmada por la persona responsable con sello de la institución.
2. ADMISIONES DE ESTUDIANTES
ARTICULO TRIGÉSIMO PRIMERO: ADMISIONES Y MATRICULAS DE LOS ESTUDIANTES. Motivado en los lineamientos que ofrece la Constitución Política frente a la función del estado, la sociedad y la familia para vincular a los niños en edad escolar a los centros escolares, en los niveles escolares de educación formal acorde con las edades de los menores, a través del acto formal de vinculación del educando al servicio educativo, denominado: MATRÍCULA, y las disposiciones para la atención de la población vulnerable, los programas de educación preescolar, básica y media, así como los programas especiales para la población extra edad y adulta (SAT),(BACHILLERATO PARA ADULTOS) los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional , de la Secretaría de Educación de Cundinamarca, las responsabilidades de la Institución, de los funcionarios de las diferentes entidades encargadas para garantizar el proceso de vinculación de los educandos, en términos concretos se definen las acciones que debe realizar el padre de familia y las fases para el proceso de matrícula, así:
1. Actividades de los padres, madres de familia o acudientes y estudiantes adultos
a. Obtener información sobre el proceso de matrícula.
b. Suministrar información veraz en los formularios de traslado o ingreso.
c. Realizar una única solicitud por cada niño(a), joven o adulto estudiante. El sistema de información de matrícula solo admite un registro.
d. Radicar los formularios de ingreso o traslado en los sitios y fechas definidos y divulgados por la Secretaría de Educación Departamental.
e. Presentar el documento de identificación del niño, niña, joven o adulto solicitante, en el momento del ingreso.
f. Adelantar los trámites para la matrícula en las fechas establecidas en la Institución Educativa de acuerdo a la resolución.
a. Los padres, madres o acudientes podrán disponer de los formularios para solicitar cupos de estudiantes nuevos y traslados a través de la página Web de la Secretaría de Educación www.cundinamarca.edu.co o en los establecimiento educativos oficiales y para acceder a cupos de niños y niñas provenientes del ICBF o de entidades regionales de bienestar social en los centros de atención de dichas entidades.
g. Firmar en la matrícula, aceptando los parámetros institucionales y el cumplimiento del manual de convivencia el contrato de prestación del servicio al inicio de cada año escolar están aceptando todas las normas del colegio. acordes con el Proyecto educativo SAN BENITO.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEGUNDO. En las fases de traslado de estudiantes antiguos e ingreso de estudiantes nuevos
1. En la fase de asignación de cupos.
a. Presentar la documentación requerida por la Institución Educativa en las fechas establecidas y fijadas en la cartelera de la Institución Educativa.
b. Obtener información sobre los resultados de la asignación de cupos, en la secretaria de la Institución.
c. Informar y formular sobre posibles anomalías en el proceso de matrícula a los entes de control o las autoridades correspondientes.
2. En la fase de matrícula.
a. Realizar con anticipación el trámite de los requisitos necesarios para la matrícula de los estudiantes nuevos y las estudiantes nuevas.
b. Presentar la documentación requerida por la Institución educativa en las fechas previstas para el proceso de legalización de matrícula.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO. Criterios generales para el desarrollo del proceso de matrícula Asignar los cupos oficiales en el siguiente orden de prioridad:
a. Estudiantes que ya están vinculados al establecimiento educativo (antiguos), para asegurar su continuidad en el sistema. Toda vez no tenga impedimentos de convivencia o reprobación para continuar en la Institución Educativa.
b. Estudiantes provenientes del ICBF o de la institución territorial que haga sus veces que, cumpliendo el requisito de la edad, vayan a ingresar al grado de transición, grado obligatorio de preescolar.
c. Estudiantes vinculados al sistema educativo oficial, que hayan solicitado traslado, por cambio de residencia al sector de influencia de la Institución Educativa, debidamente certificado por la junta de acción comunal.
d. Niños y jóvenes que soliciten cupo, con prioridad para hermanos (as) de estudiantes ya vinculados.
e. Niños y jóvenes clasificados en los niveles uno (1), dos (2) y tres (3) del SISBEN, de la población afectada por el desplazamiento y a toda la población vulnerable por razones sociales, físicas y culturales.
f. Asignar los cupos disponibles para estudiantes nuevos que se inscribieron durante el proceso.
g. La edad mínima para ingresar al grado de transición, grado obligatorio de preescolar, sea de cinco (5) años cumplidos a la fecha de matrícula o durante el primer semestre el año escolar.
h. Se podrá realizar examen de nivelación para clasificación en los casos en que, razonablemente, el estudiante no esté en condiciones de presentar sus antecedentes académicos. En cualquier caso, la inscripción y examen de clasificación serán gratuitos para los estudiantes.
i. La asignación de cupo, matrícula o su renovación no esté condicionada al pago de derechos de afiliación o incorporación a la asociación de padres de familia o cualquier otro tipo de organización, fondo o cuenta.
Parágrafo 1°. Estudiante nuevo será aquel quien solicita un cupo por primera vez en el sistema educativo oficial, en todo el territorio nacional o que haya permanecido por fuera del mismo durante dos años o más.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO CUARTO. EDADES DE MATRICULA PARA CADA GRADO: De acuerdo con lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional y teniendo presente que la institución cuenta con un solo grupo grado los rangos máximos de edades para cada grado y los ciclos de educación de adultos son:
PREESCOLAR: 6 AÑOS
PRIMERO: 8 AÑOS
SEGUNDO: 9 AÑOS
TERCERO: 10 AÑOS
CUARTO: 11 AÑOS
QUINTO: 12 AÑOS
SEXTO: 13 AÑOS
SEPTIMO: 14 AÑOS
OCTAVO 14 – 15 AÑOS
NOVENO: 15 – 16 AÑOS
DECIMO: 16 – 17 AÑOS
ONCE: 17- 18 AÑOS
CICLO III 16 AÑOS
CICLO IV 17 AÑOS
CICLO V 18 AÑOS
Parágrafo 1°: Del rango de edades se exceptúa aquellos estudiantes que se evidencien situaciones especiales debidamente verificadas por partes de los padres de familia, o que no muestre situaciones de convivencia que afecten el ambiente del grado que están cursando, previa autorización del comité convivencia y el consejo directivo.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO QUINTO.PRE-MATRÍCULA (RESERVA DE CUPO PARA ESTUDIANTES ANTIGUOS EN LA INSTITUCIÓN Y PARA ESTUDIANTES QUE SOLICITAN TRASLADO).
Estudiantes antiguos: Para garantizar a los estudiantes antiguos el cupo en el mismo establecimiento o en todo caso la continuidad en el sistema educativo. Para tal efecto, el rector, a través de los docentes adelantará el siguiente procedimiento:
a. Realizar la pre-matricula en el mes de octubre, que garantiza la continuidad o no del estudiante o la estudiante en la Institución Educativa para el año lectivo siguiente.
a. Los docentes adelantarán un proceso de seguimiento a los estudiantes que no hayan confirmado su continuidad, para así conocer la situación educativa.
a. El docente director de grupo, recibirá la información allegada por los padres, madres, acudientes o estudiantes adultos y entregará a la secretaria de la Institución, la relación de estudiantes que confirmaron continuidad o los que no, los que a la fecha desertaron y las causas de abandono.
b. La rectoría adelantará la pre matrícula en las fechas previstas en la resolución vigente y reservarán en el sistema de información de matrícula.
Traslados: Se define como traslado, la reasignación de cupo de un estudiante antiguo a otro establecimiento educativo, a solicitud expresa del adulto, del padre, madre de familia o acudiente, con el propósito de garantizar la continuidad en el ciclo educativo.
Trámite para los traslados de estudiante antiguos:
a. El padre, madre o acudiente en el formulario de pre-matricula lo diligencia y lo entrega al establecimiento educativo donde se origina el traslado, en las fechas previstas en la resolución. solicitará mediante oficio, el requerimiento de traslado, justificando las razones del mismo, con el fin de que se le entregue toda la documentación pertinente (carpeta del estudiante).
a. El desprendible del formulario se presentará en el establecimiento asignado finalmente.
b. De no ser efectivo el traslado, el estudiante o la estudiante, continuará en la Institución hasta cuando sea posible realizar el traslado.
La Institución recibirá, de acuerdo a su disponibilidad, a los estudiantes que por diferentes razones deseen trasladarse de un plantel educativo oficial a otro.
Parágrafo 1°. Los estudiantes antiguos y las estudiantes antiguas que no soliciten su traslado en las fechas previstas en la resolución vigente, lo podrán hacer en el término establecido para la asignación de cupos de estudiantes nuevos y las estudiantes nuevas, atendiendo los criterios de asignación de cupos.
Asignación de cupos a los niños y niñas provenientes del ICBF o de entidades regionales de bienestar social. Se les garantizará el ingreso en la Institución Educativa los niños y niñas provenientes del ICBF o de entidades regionales de bienestar social, que cumplan el requisito de edad para ingresar al grado de transición (grado obligatorio de preescolar), para tal efecto se adelantará el siguiente procedimiento:
a. La institución Educativa realizara comunicación con los jardines del ICBF para verificar el listado de niños y niñas quienes cumplen la edad para el ingreso a preescolar.
b. Se realiza una reunión de padres de familia de los niños en las edades para ingreso a preescolar para darle a conocer los procedimientos, requisitos y cronogramas para la matrícula de los niños y niñas.
c. La rectoría oficializará la matrícula de los menores de conformidad con el cronograma vigente.
Inscripción y prematrícula de estudiantes nuevos: A los niños, niñas y jóvenes que soliciten el cupo por primera vez, se le garantizará el ingreso al servicio educativo, atendiendo los criterios establecidos en el presente Manual de Convivencia, siempre y cuando el padre, madre o acudiente del estudiante o la estudiante realice el siguiente procedimiento, de conformidad con el cronograma establecido:
a. El rector de la Institución Educativa fijara en cartelera la disponibilidad de cupos para estudiantes nuevos y los requisitos para acceder al cupo
b. En cartelera y en la página WEB iedsanbenito.edu.co de la Institución, se fijará el calendario para el proceso de matrícula de estudiantes nuevos para la Institución Educativa
c. El padre, madre, acudiente o aspirante adulto, podrá acercarse a la Institución para informarse de los cupos disponibles y los requisitos para acceder a los mismos.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEXTO. La Institución Educativa revisar las solicitudes de cupos que realice el director de núcleo, sin embargo, estará sujeto a la disponibilidad del cupo.
Matricula de estudiantes nuevos: Para la matrícula de los estudiantes nuevos el padre de familia debe:
a. Cumplir con las fechas establecidas para los diferentes procedimientos del proceso de matrícula.
b. Presentar los siguientes documentos en carpeta para archivar de color azul y carpeta de cartón con ganchos plásticos.
c. Fotocopia del documento de identidad del estudiante (registro civil, NUIP, tarjeta de identidad, cédula).
d. Copia de afiliación al sistema de seguridad social integral de salud.
e. Certificado SISBEN.
f. 34 fotos de 3x4 centímetros en fondo azul
g. Certificados de estudios de años aprobados. Para secundaria debe presentar certificados a partir de grado 5º de educación básica primaria
h. En caso de ser traslado durante el año académico los boletines de los periodos cursados.
i. Formulario debidamente diligenciado.
j. En caso de enfermedad o situación que amerite cuidado especial se debe presentar el certificado médico especificando las condiciones de los cuidados especiales.
k. En caso del estudiante que tenga diagnóstico de situaciones especiales se deben presentar en el momento de la matricula con el fin de realizar los ajustes respectivos al currículoy el PIAR.
l. Fotocopia del observador de la Institución Educativa de procedencia el estudiante o certificado de conducta.
m. Haber sido retirado del SIMAT en el colegio de procedencia.
n. Leer el presente Manual y firma el acta de aceptación y compromiso de cumplimiento de los acuerdos y normas establecidos en el presente manual de convivencia.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SÉPTIMO. Firmar el documento de convenio de prestación del servicio educativo con la Institución educativa.
Causales para la pérdida del carácter de estudiante (artículo 96 de la ley 115 del 94): Se pierde el carácter de estudiante de la Institución educativa por:
a. Cancelación voluntaria de la matrícula.
b. Inasistencia habitual injustificada, de acuerdo a lo establecido en el Sistema de Evaluación Institucional
c. Exclusión de la instituciónCambio de ambiente escolar generado por Consejo Directivo, una vez agotado todos los conductos regulares establecido en el presente Manual de Convivencia.
d. Presentar documentos falsos en el momento de la matrícula.
e. Cometer faltas consideradas como gravísimas que atenten con el buen desarrollo de la formación escolar.
f. Estudiante que pierda el año por segunda vez en forma consecutiva. Se evidencia que el ambiente de la Institución no favorece su desempeño académico y su desarrollo integral, por lo tanto, es necesario un cambio de Institución buscando fortalecer sus habilidades y competencias.
g. Inasistencia de los padres de familias/acudiente a reuniones de padres, citaciones, demostrando apatía al acompañamiento de su hijo frente al proceso académico y formativo.
h. Demostraciones agresivas de los padres de familia frente a cualquier miembro de la institución educativa, que haya se requieridoa conciliación frente al comité de convivencia escolar.
Parágrafo 1°. Los estudiantes que incurran en una de las anteriores faltas podrán ser retirados de la institución, teniendo en cuenta que el derecho a la educación lo infringe el estudiante que no cumpla y no deje estudiar, porque, está vulnerando el derecho a los demás. No se puede perturbar a la comunidad estudiantil dentro ni fuera de la Institución. Lo anterior está regido a las sentencias de la corte constitucional: T569 07/12/94 – T436 12/10/94.
Parágrafo 2: Los padres de familia brindarán a la institución datos privados que tienen que ver con la salud del estudiante, los cuales no podrán ser divulgados por ningún funcionario de la misma.
Parágrafo 3: Los datos que suministre el padre de familia en el proceso de matrícula del estudiante son sensibles por lo tanto se deben tratar con cuidado para evitar que se dé la discriminación del menor
ARTÍCULO TRIGÉSIMO OCTAVO. Requisitos para ser acudiente: El padre o madre de familia es el primero que debe ser acudiente de un estudiante en la Institución, por cuanto la patria potestad no es delegable, cumpliendo con los siguientes requisitos:
a. Ser mayor de edad.
b. En caso de no ser los padres por motivos de fuerza mayor debe tener vínculo familiar comprobable con el menor y justificar por escrito la patria potestad del menor.
c. Tener los mínimos recursos económicos para apoyar los procesos educativos del niño.
d. Mantener un trato cordial y respetuoso con todos los miembros de la comunidad educativa.
e. Demostrar sentido de pertenencia, colaboración, participación en las actividades programadas por y para la institución.
a. Atender a los llamados que haga la Institución, citaciones y reuniones. De no poder asistir en la fecha indicada, debe presentar justificación respectiva, para reasignar el espacio de atenciónn.
Parágrafo 1°. Todo estudiante antiguo o nuevo deberá presentarse para realizar el acto de matrícula o renovación de la misma con el padre de familia o representante legal en las fechas establecidas de lo contrario perderá su cupo.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO. Costos Educativos: De acuerdo a lo establecido por el ministerio de educación nacional la prestación del servicio educativo por entidades oficiales no tiene costo de matrícula y pensión mensual por lo tanto el padre de familia debe disponer de los recursos que considere necesarios y apropiados para contribuir al mejoramiento de la calidad educativa, en especial si se requiere el servicio de transporte escolar, además para las salidas pedagógicas que la institución programe como proceso de fortalecimiento para el aprendizaje de los estudiante, lo cual implica cubrir el costo del seguro de accidentes que es de carácter obligatorio para una salida pedagógica.
Los estudiantes de educación por ciclos (EDUCACION PARA ADULTOS), realizarán el pago de matrícula de cada ciclo, una vez al año, y los costos serán los estipulados por el CONSEJO DIRECTIVO, de la institución, teniendo en cuenta la Resolución de costos académicos expedida por la Secretaría de Educación de Cundinamarca.
De igual manera, se realizará el proceso para el pago de certificados y constancias solicitadas por estudiantes que no se encuentren matriculados en la actual vigencia en la Institución educativa, según las normas reglamentarias y la aprobación previa del CONSEJO DIRECTIVO.
ARTICULO CUADRAGÉSIMO. Seguro escolar de accidentes. Es un seguro de carácter voluntario, orientado a amparar contra el riesgo de muerte o daño corporal (gastos médicos), a los alumnos asegurados de una institución educativa durante la vigencia de la póliza.
Para la Institución Educativa SAN BENITO, es fundamental que los estudiantes cuenten con este servicio para las respectivas salidas pedagógicas y para su permanencia en formación complementaria deportiva, al igual que para participar de competencias como SUPERATE CON EL DEPORTE.
Este seguro será cotizado y ofrecido a los padres de familia mediante circular, una vez el consejo Directivo haya revisado las diferentes propuestas de aseguradoras y determinen la favorabilidad en costo y cubrimiento de los estudiantes asegurados. El valor respectivo, solo será pagado una vez al año y su recaudo se realizará conforme a lo acordado con la aseguradora elegida.
ARTICULO CUADRAGÉSIMO PRIMERO. Servicio de fotocopiado. Este será prestado a estudiantes y comunidad escolar, que lo solicite para complementar su proceso escolar o requerimientos administrativos. El costo de cada copia, será utilizado para la compra de insumos, de manera que el servicio sea autosostenible. Para la vigencia 23023, el costo de cada copia será de cien pesos m/cte ($100).
[1] Con base en el Decreto 1421 de 2017. Artículo 2.3.3.5.2.3.12.
[SB1]Contar con un banco digital de formatos (Gestión documental).
[SB2]Encabezado
[SB3]Realizar un banco de correctivos y sanciones.
[SB4]Se hará un nuevo acuerdo con los docentes cuando hayan existencias y se pueda ofrecer este servicio.
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